Así se decide el destino de los regalos que reciben don Felipe y doña Letizia
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Este martes, la Reina Letizia sorprendía en la cena de gala ofrecida por Sus Majestades en honor del Emir de Catar y una de sus esposas con motivo de su viaje de Estado a España con un espectacular look firmado por el modista argentino Gabriel Lage, uno de los diseñadores predilectos de Juliana Awada que lució uno de sus vestidos en una visita a España. Un modelo brocado, con transparencias en color champán que sentaba como un guante a doña Letizia que, en esta ocasión prescindió de tiara y lució un recogido sencillo, pero muy favorecedor.
A pesar de la ausencia de diadema, si hay un detalle que llamó la atención en el estilismo de la Reina fueron los pendientes que lució. Un par de pendientes de diamantes en forma de cascada que, según ha trascendido, fueron un regalo del Emir. De hecho, en algún momento de la velada se pudo ver a doña Letizia señalando la joya ante la Jequesa.
No es ni mucho menos la primera vez que la Reina recibe un regalo de estas características de mano de alguna visita, pero estos obsequios no son de propiedad de la consorte. Tal como indica la normativa publicada por la Casa de S.M. el Rey a principios del año 2015, los regalos que la familia real recibe están regulados por un protocolo muy estricto. Una idea que va en consonancia con el compromiso de transparencia del que habló el monarca en su discurso de proclamación en junio de 2018.
“Su Majestad el Rey ha considerado conveniente regular el régimen de regalos a favor de los miembros de la Familia Real”, comienza diciendo el texto, que aparece publicado en el Portal de transparencia de la web de la Casa de S.M. el Rey.
“No aceptarán para sí regalos que superen los usos habituales, sociales o de cortesía, ni favores o servicios en condiciones ventajosas que puedan condicionar el desarrollo de sus funciones. En el caso de obsequios de una mayor relevancia institucional se procederá a su incorporación al patrimonio de la Administración Pública correspondiente. Aun cuando a los miembros de la Familia Real no les resulte de aplicación el mencionado precepto, se considera procedente adaptarse a la regulación que, con carácter general, han aprobado en esta materia las Cortes Generales”, reza el texto.
Un documento en el que se especifican las siguientes normas:
-Los miembros de la Familia Real no aceptarán para sí regalos que superen los usos habituales, sociales o de cortesía, ni aceptarán favores o servicios en condiciones ventajosas que puedan condicionar el desarrollo de sus funciones.
-En el caso de obsequios que, de acuerdo con estas normas, tengan carácter institucional, se procederá a su incorporación al Patrimonio Nacional.
-Los miembros de la Familia Real no podrán aceptar regalos que, por su alto valor económico, finalidad o interés comercial o publicitario, o por la propia naturaleza del obsequio, puedan comprometer la dignidad de las funciones institucionales que tengan o les sean atribuidas.
En el texto se hace una clara distinción entre los regalos de carácter institucional y los regalos de carácter personal. En el caso de los institucionales, se enmarcan en esta categoría los que se ofrecen a los miembros de la familia real “en un acto oficial, por razón de su condición, por las autoridades anfitrionas y organizadores de actos y visitas oficiales en territorio nacional, por administraciones públicas o entidades e instituciones integradas en el sector público estatal, autonómico o local o por las autoridades de un Estado extranjero en viajes oficiales de carácter internacional”. Este tipo de regalos de carácter institucional, han de incorporarse al Patrimonio Nacional, “de conformidad con lo dispuesto en la Ley 23/1982, de 16 de junio”.
En lo que respecta a regalos de carácter personal, “se podrán aceptar cuando no superen los usos sociales o de cortesía. Cuando excedan dichos usos, seguirán el mismo tratamiento que los regalos de carácter institucional, o bien serán cedidos a una entidad sin ánimo de lucro que persiga fines de interés general o a una administración, organismo o entidad pública que se dedique a la conservación, mantenimiento o actividades similares referidas a bienes de la misma naturaleza que el objeto de regalo”, reza el documento.
Sobre los detalles de los regalos, se establece que “la Unidad de Protocolo de la Secretaría General de la Casa de S.M. el Rey dará la oportuna información a las autoridades y a los organizadores de los distintos actos oficiales sobre el régimen de regalos de los miembros de la Familia Real. Todo ello sin perjuicio de la información que al respecto se publicará en la página web de la Casa de Su Majestad para público y general conocimiento”. A esto hay que añadir que se hará pública información de manera periódica sobre los regalos recibidos: “Con periodicidad anual se publicará en la página web de la Casa de Su Majestad el Rey la relación de regalos institucionales que hayan sido recibidos por la Familia Real durante el año anterior. Se hará constar una breve descripción del regalo, así como la persona o entidad que lo haya entregado”. En estos momentos, la última lista disponible corresponde al año 2020.
La Casa de S.M. el Rey es la responsable de llevar el control sobre los regalos: “La anotación de la información básica en un registro que permita la identificación y control de cada regalo recibido por S.M. el Rey o los miembros de la Familia Real será responsabilidad de las correspondientes Unidades de la Secretaría General (Gabinete de Planificación y Coordinación, Secretaría de S.M. la Reina y Protocolo). Anualmente todos los objetos recibidos en ese período deberán ser revisados por una Comisión formada por los titulares de las citadas Unidades bajo la presidencia del Secretario General, que valorará cada regalo con referencia a, entre otras cosas, su importancia histórica, artística, estética o económica, para proponer, de acuerdo con los criterios antes expuestos y su calificación como institucional o personal, bien su incorporación a Patrimonio Nacional o bien su donación a una entidad sin ánimo de lucro que persiga fines de interés general”.
Los pendientes de diamantes de la Reina Letizia, por tanto, pasan a ser propiedad de Patrimonio Nacional, aunque ella puede utilizarlos a demanda. Además de los pendientes, el Emir también ha regalado a La Reina un fajín de una de las figuras destacadas de la historia del país, mientras que a Felipe VI le ha obsequiado con una espada del fundador de Catar y una escultura.