La Justicia acusa a Begoña Gómez de ir contra la Constitución por poner «una espada de Damocles» sobre Peinado
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid también tumba la querella de Begoña Gómez contra el juez Peinado
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha inadmitido a trámite la querella que presentó Begoña Gómez contra el juez que la investiga, Juan Carlos Peinado, por supuesta revelación de secretos y prevaricación. El auto es demoledor contra Gómez, a la que acusa de basar la querella en «suposiciones», «meras sospechas» y «conjeturas». «Sólo las resoluciones irrazonables, insostenibles, determinadas sólo por la voluntad de quien las adopta o, en fin, arbitrarias, deben ser consideradas prevaricadoras, y las que analizamos, entiende el tribunal que no lo fueron», sostienen los magistrados.
El tribunal destaca, asimismo, que «en toda materia jurídica, en la que existe una pluralidad de interpretaciones plausibles de la norma, resulta indispensable una elemental prudencia antes de acudir al mecanismo de la querella por presunta prevaricación contra el juez o magistrado, al menos la prudencia necesaria para dejar que el sistema procesal funcione mediante el uso de los recursos legalmente establecidos».
«Una temeridad»
En este sentido, cita al Supremo avisando que «si se generalizase esa forma de reaccionar quedaría dinamitado el clima de serenidad y sosiego que debe rodear a un tribunal al decidir. Si a la hora de dictar una sentencia y de manifestar sus criterios en la deliberación un magistrado siente sobre sí la espada de Damocles de una querella, estaremos sentando las bases de unos jueces subliminalmente condicionados, muy distintos a los que quiere la Constitución y exige nuestra sociedad».
Concluye, parafraseando el mismo auto: «La amenaza de una querella no es escenario propicio para ese enjuiciamiento en libertad y con sujeción exclusiva a la ley que exige la función jurisdiccional, pieza esencial de un Estado de Derecho». «Es una temeridad con efectos perversos, generar y alimentar la sospecha de que se está prevaricando cada vez que se produce una resolución discrepante con la tesis de una parte».
En este caso, recuerda además el TSJM que la Audiencia Provincial de Madrid ya dio respuesta al recurso planteado en su momento por la defensa de Gómez, «delimitando el objeto del procedimiento» aunque avalando la investigación de Peinado. Ello, entienden, no puede considerarse en cualquier caso como un «flagrante apartamiento de la norma», como exige el tipo de prevaricación de juez o magistrado. «Las decisiones no pueden considerarse injustas ni arbitrarias», añade el tribunal.
Los magistrados entienden que no existe un «torticero alejamiento de la norma», como alegaba Gómez en su ataque a Peinado, por lo que no ve motivos para decir que se ha cometido un delito de prevaricación. De esta forma, rechaza el argumento de la defensa de que el instructor dictó sus resoluciones «con el exclusivo propósito de perjudicar a la señora Gómez ante la opinión pública».
«Esta idea, que subyace en realidad en toda la querella, es en realidad una suposición, una opinión de la querellante, que no nos permite considerar arbitrarias y prevaricadoras, por tanto, un conjunto de actuaciones que no se apartan objetiva y sustancialmente de la norma», sostienen los magistrados.
En relación a las presuntas filtraciones y «hechos que pidieran integrar un delito de revelación de secretos», el tribunal afirma que se trata de «hechos que no se atribuyen al magistrado querellado o al menos respecto a los que la querellante no formula más que meras sospechas o conjeturas, por lo que no pueden servir para admitir la querella tal como se pretende».
Igualmente, advierten de que el hecho de que Begoña Gómez califique de «estrambóticas» o «rocambolescas» las resoluciones de Peinado, «no ha de suponer necesariamente su ilegalidad».
La de Begoña Gómez es la tercera querella presentada contra Peinado que el Tribunal Superior de Justicia desestima en el último mes: la primera fue la del periodista Máximo Pradera; y la segunda, la de Pedro Sánchez.
Revelación de secretos
En su querella, la defensa de Gómez se quejaba de que el juez habría trasladado a las acusaciones populares ciertas actuaciones declaradas secretas, propiciando así que fuesen publicadas en los medios de comunicación.
Sostenía la esposa del presidente socialista que este hecho le había perjudicado gravemente, puesto que se habrían divulgado informaciones y actuaciones declaradas secretas mientras ella desconocía todos los extremos de la investigación, causándole indefensión.
En este sentido, recuerda también el tribunal que «no deja de advertir la doctrina científica que la existencia misma del proceso es pública», pues «de otro modo volveríamos, cabe añadir, a épocas pretéritas en el que modelo de investigación era inquisitorial (sic)».
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