La mayoría de Pumpido en el Constitucional ordena al Supremo amnistiar la malversación y abre la puerta al regreso de Puigdemont
El Constitucional anula las resoluciones del Supremo y el juez Llarena tendrá que amnistiar al ex presidente catalán
El Pleno del Tribunal Constitucional ha aprobado este martes, 6 de octubre, por siete votos a cinco, la sentencia que estima el recurso de amparo de la ex consejera autonómica de ERC Dolors Bassa. Con ella, el tribunal de garantías ha avalado aplicarle la amnistía por el delito de malversación vinculado al procés y ha enmendado el criterio del Tribunal Supremo, que se había negado a perdonar ese delito. Esto abre la puerta al regreso a España del ex presidente Carles Puigdemont.
La sentencia parte de la ponencia redactada por el presidente del Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, del sector izquierdista afín al Gobierno de Pedro Sánchez. El texto declara nulas las resoluciones del Supremo y reclama que «se declare amnistiado el delito de malversación» con el «carácter preferente y urgente» que establece la propia ley.
El fallo llega en un momento políticamente delicado. El Pleno se ha celebrado un día después del adelanto electoral, motivado por el no de Junts a los decretos de vivienda del Gobierno.
Según el borrador de la ponencia, el Supremo realizó una «interpretación extensiva, contraria al espíritu y finalidad» de la Ley de Amnistía.
El texto va más allá y sostiene que las resoluciones que no perdonaron la malversación «han incurrido en una interpretación impredecible de los preceptos aplicables».
Conde-Pumpido añade que, «al apartarse de la finalidad de la ley de amnistía», el Alto Tribunal no ha mantenido «el nexo de coherencia necesario entre la decisión adoptada, la norma que le sirve de fundamento y los fines que justifican la institución de la amnistía».
La malversación
El presidente de la Corte de Garantías considera que el Supremo excedió sus límites al «expulsar» del ámbito de la ley «supuestos de malversación que están comprendidos en su tenor literal y que son idóneos para realizar su fin último de pacificación del conflicto social e institucional generado por el proceso secesionista en Cataluña».
De ahí concluye que se ha vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva de Bassa. Subraya, además, que en los hechos por los que fue condenada concurren los presupuestos que determinarían su encaje dentro de la amnistía.
El Pleno tenía también sobre la mesa el recurso del ex consejero Jordi Turull, secretario general de Junts. Su ponencia corresponde al magistrado José María Macías, encuadrado en el bloque contrario a la Ley de Amnistía.
En su primera versión, Macías proponía desestimar el recurso, «al no apreciarse» que las resoluciones del Supremo «incurriesen en arbitrariedad, irrazonabilidad manifiesta ni error patente». Sin embargo, el pasado 22 de septiembre asumió que su texto no contaba con el respaldo de la mayoría de Pumpido.
El origen de la controversia se remonta al proceso que desembocó en el referéndum del 1 de octubre de 2017, declarado ilegal por el propio Constitucional.
El Supremo excluyó la malversación de la amnistía al apreciar dos motivos de excepción. El primero, un enriquecimiento personal de carácter patrimonial. El segundo, la afectación a los intereses financieros de la Unión Europea.
Este segundo argumento perdió fuerza el pasado julio, cuando el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) avaló la amnistía. La corte de Luxemburgo estableció que «no puede apreciarse que los intereses financieros» comunitarios «se vean afectados por el mero hecho de la disminución de la renta nacional básica».
No obstante, el TJUE no se pronunció sobre el otro supuesto apreciado por el Supremo: el beneficio personal de los dirigentes independentistas.
La Fiscalía y la Abogacía del Estado también se han mostrado partidarias de perdonar la malversación.
Amnistía a Puigdemont
La sentencia tiene consecuencias que trascienden el caso de Bassa. El Supremo tiene previsto agilizar su decisión sobre aplicar la amnistía al ex presidente catalán y líder de Junts, Carles Puigdemont, tras nueve años huido de la justicia.
Fuentes del alto tribunal consultadas han precisado que la amnistía se aplicará al ex presidente de la Generalitat si la doctrina del Constitucional puede extenderse a todos los recurrentes.
En ese caso, el magistrado instructor del procés, Pablo Llarena, aplicaría la medida de gracia a Puigdemont, Toni Comín y Lluís Puig. Los tres fueron procesados y siguen sin juzgar por haber huido en 2017.
La Sala de lo Penal, por su parte, tendrá que pronunciarse sobre los condenados: Oriol Junqueras, Jordi Turull, Dolors Bassa y Raül Romeva.
Nueve años después de aquel 1 de octubre, el calendario judicial y el político han vuelto a cruzarse en la misma semana. Un día, unas elecciones adelantadas; al siguiente, una sentencia que puede reescribir el mapa del independentismo.
El regreso de Puigdemont, durante casi una década una incógnita sin fecha, ya no queda al albur de las mayorías parlamentarias. Ahora depende de algo mucho más concreto: de que unas pocas líneas de doctrina constitucional sean lo bastante amplias como para que quepan en ellas todos los nombres del procés.