La jueza del caso Dúplex pide datos bancarios y la vida laboral de Ignacio González y su mujer
La jueza que investiga el dúplex que el expresidente de la Comunidad de Madrid Ignacio González y su mujer, Lourdes Cavero, tenían arrendado en Estepona (Málaga) y que, posteriormente, pasó a ser suyo, ha acordado pedir un certificado de vida laboral del matrimonio e información a entidades bancarias sobre pagos relacionados con gastos del piso.
Así lo han asegurado fuentes judiciales, quienes han apuntado que estas diligencias se producen a raíz del informe remitido por la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF), en el que se señalaban «suficientes irregularidades y lagunas de información en todo el proceso que envuelve las sucesivas compraventas y arrendamientos» del piso.
Así, la instructora ha acordado pedir un certificado de fe de vida laboral del matrimonio desde 2008. Además, se han remitido oficios a varias entidades bancarias para que faciliten la información correspondiente sobre determinadas cuentas corrientes que estarían vinculadas a los pagos de gastos relacionados con el ático, como por ejemplo las cuotas de la comunidad del mismo.
Además, la jueza ha acordado una nueva comisión rogatoria a Estados Unidos para solicitar datos de la empresa Coast Investors, a quien el matrimonio compró el ático, especialmente desde diciembre de 2012, fecha en la que lo adquirieron. Esta comisión rogatoria, que se remitirá en cuanto esté traducida, se suma a otras dos ya tramitadas, una también a dicho país y otra a Panamá.
En esta causa se investigan los presuntos delitos contra la Hacienda Pública, blanqueo de capitales y cohecho. Las pesquisas van dirigidas a determinar cómo, cuándo y por qué llegó el inmueble a González y su mujer, que primero, en 2008, lo alquilaron; y posteriormente, en diciembre de 2012, lo adquirieron por 770.000 euros.
En su informe, los investigadores de la UDEF encargados de este caso realizaron una cronología de los hechos y en dicho documento analizaron tanto la constitución de la sociedad Coast Investors como las operaciones de compra por parte de dicha empresa en 2008 y de alquiler y posterior venta del inmueble a Ignacio González y su mujer.
En dicho documento se concluye que, aunque en este momento de la investigación «no se puede determinar el origen de los fondos mediante los cuales se adquirió la propiedad en el año 2008, y por tanto su ilicitud», sí se aprecian «suficientes irregularidades y falta de información» en toda la operación.
El informe señalaba que la documentación aportada a la Agencia Tributaria por Coast Investor, en la que se aprecia «una cierta opacidad», «siembra dudas sobre el pago de las cuotas debidas por los arrendamientos» por parte del matrimonio «ya que aparentemente no se habrían abonado todas las facturas expedidas» por dicha sociedad.
En este sentido, se incide en que «no queda acreditado que los pagos en concepto de arrendamiento se abonaran en tiempo y forma, percibiéndose cierta aleatoriedad en el momento de los mismos o en el concepto asociado a éstos».
«El motivo de esta apariencia descuidada pudiera ser que no obra en la causa toda la documentación existente, aunque también cabe la posibilidad de que no exista realmente correspondencia entre facturas y transferencias tratándose de una simulación, en la que se efectuarían ciertos pagos al objeto de dar apariencia de verosimilitud», precisa el documento.
Por esto, los investigadores proponían la práctica de nuevas diligencias, ahora acordadas por la jueza, con el fin de conocer el destino de los fondos abonados por el matrimonio a una cuenta de Coast Investors y conocer los ingresos de esa sociedad «sin aparente actividad» y para trazar «los flujos dinerarios en relación con los pagos en concepto de arrendamiento» del inmueble de 2008 a 2012 y a los pagos de la cuota de comunidad.
En el caso de la comisión rogatoria solicitada a Estados Unidos, los investigadores advertían de la urgencia de su cumplimentación debido a que «por la política de conservación de datos de los Estados Unidos de Norteamérica a finales del presente año la información requerida pudiera no conservarse».
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