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Un informe del Gobierno propone que el voto exterior se pueda ceder a cualquier persona con un poder notarial «aunque viva a 8.000 km»

El Código Civil ahora acota este derecho sólo a los "supuestos de enfermedad o incapacidad"

El informe propone que el votante exterior pueda "hacerlo por voluntad", es decir, siempre que lo desee

Un informe de un organismo del Gobierno de Pedro Sánchez propone que el voto de los españoles en el exterior se pueda delegar en cualquier persona mediante un poder notarial «aunque viva a 8.000 km de distancia». El documento analiza la «baja participación» de los españoles en el extranjero, cuyo censo ha crecido ostensiblemente con la Ley de Nietos, y propone cambios en los procedimientos para «mejorarla».

El Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior (CGCEE), organismo dependiente del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones de Elma Saiz, redactó en 2025 un documento sobre las «dificultades en el ejercicio del voto desde el exterior». Su objetivo es «analizar los problemas detectados y proponer mejoras que contribuyan a subsanar los actuales problemas y a mejorar la participación».

Una de las propuestas para aumentar la participación de los españoles en el exterior es «poder delegar el voto». La forma en la que se enuncia esta medida, en la práctica, implica que todo español en el extranjero podría ceder el voto a cualquier otra persona. Incluso podría cederlo a alguien que esté «a 8.000 km de distancia» para «facilitar el sufragio».

La propuesta se basa en el Real Decreto 557/1993, que versa sobre la actuación notarial en el procedimiento de emisión de voto por correo tanto para los residentes en España como para los que viven en el extranjero. Esta norma establece que se pueda delegar el voto a través de una «escritura pública de poder». Pero acota el derecho sólo a los «supuestos de enfermedad o incapacidad».

VOTO DELEGADO. Extracto de un documento de propuestas sobre la delegación del voto para residentes en el exterior a través de consulados y oficinas consulares (pinchar para ver en grande el documento).

Cesión de voto para todos

Sin embargo, la propuesta del CGCEE pretende que sea posible «hacerlo por voluntad omitiendo en el exterior los casos exclusivos de enfermedad o incapacidad». Es decir, que cualquier ciudadano español que viva en el extranjero pueda ceder su voto, independientemente de que tenga enfermedad o no, o sufra de una incapacidad o no.

«La propuesta en este aspecto sería poder hacer esta delegación de voto en las oficinas consulares y en los consulados honorarios», subraya el informe del organismo de Migraciones. El ejemplo que pone el Consejo es el caso de «un residente en Guyana» que podría «delegar en el consulado honorario su voto a alguien en París a 8.000 km de distancia». Algo que terminaría por «facilitar el sufragio».

El informe señala a Francia como modelo a seguir. En el país galo, «el poderdante otorga el poder a una persona de su confianza que debe tener un número de identificación» y debe portar también «el número de su apoderado que recibe el poder».

«Esto aumentaría la participación para personas que no pueden viajar o que están desplazadas», recalcan desde el Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior.

El informe se redactó mientras la Ley de Nietos permitía a los descendientes de exiliados adquirir la nacionalidad y el sufragio activo. Sin embargo, sus efectos electorales fueron suspendidos por el Supremo. El Ejecutivo y sus socios criticaron la decisión del Alto Tribunal a la vez que restaban importancia al impacto de esa norma en los comicios: argumentaban que la participación exterior estaba por debajo del 10%, por lo que los votos de los nietos de exiliados apenas cambiarían un escaño. Mientras tanto, los organismos gubernamentales redactaban ese documento para «mejorar la participación» de los españoles en el extranjero, lo que redundaría en una mayor influencia en unas futuras elecciones.