Todas las personas que se van a poder jubilar 5 años antes: confirmado por la Seguridad Social
Los trabajadores que se podrán jubilar hasta 5 años antes gracias a una decisión de la Seguridad Social
Los años de cotización son un bien preciado en España y jubilarse a los 65 años con el 100% de la pensión íntegra es el objetivo de todo trabajador en nuestro país. La Seguridad Social ha tomado una decisión con los becarios o los estudiantes que participaron en programas de investigación: se podrán jubilar hasta cinco años antes. Consulta en este artículo todo lo que dice el Boletín Oficial del Estado sobre los años que pueden añadir a su vida laboral los estudiantes que en su día realizaron prácticas no remuneradas.
Las personas que realizaron prácticas con fecha anterior al 1 de noviembre de 2011 y los que lo hicieron de forma no remunerada antes de 2025, podrán reclamar a la Seguridad Social hasta cinco años extra de cotización, según recoge el Real Decreto 8/2015 de la Ley General de la Seguridad Social que está publicado en el Boletín Oficial del Estado. De esta norma también se pueden beneficiar los estudiantes que realizaron un trabajo de investigación antes de noviembre de 2011 y los estudiantes universitarios que estuvieron en un programa de doctorado antes del 4 de febrero de 2006.
Los estudiantes han ido ganando en derechos conforme han ido pasado los años y, desde el 1 de enero de 2024, el Real Decreto Ley 5/2023 obligó a todas las empresas a dar de alta en la Seguridad Social a los becarios, independientemente de si las prácticas son remuneradas o no. De esta forma, todos los estudiantes que realizaron prácticas no remuneradas antes de esta fecha pueden reclamar la cotización y también están en derecho de hacerlo los becarios de antes del 1 de noviembre de 2011, fecha en la que comenzaron a cotizar los que tenían prácticas remuneradas.
Los trabajadores que se podrán jubilar 5 años antes
Los becarios que cumplan con los requisitos podrán solicitar hasta un máximo de 1.825 días de cotización, lo equivalente a cinco años. A esto se podrán acoger los que realizaron prácticas realizadas por alumnos universitarios para obtener un título oficial, los que realizaron prácticas de formación profesional o los alumnos de enseñanzas artísticas superiores, profesionales o enseñanzas deportivas del sistema educativo.
También podrán recuperar los cinco años de cotización los que en su día participaron en programas de formación de naturaleza investigadora, tanto en España como en el extranjero. A ello también podrán acogerse los estudiantes que realizaron trabajos de doctorado con fecha anterior al 4 de febrero de 2006.
Así que todos los becarios que realizaron prácticas antes del 1 de noviembre de 2011 podrán añadir cinco años de cotización a su vida laboral y los que trabajaron de forma no remunerada antes del 1 de enero de 2024 podrán reclamar hasta 1.825 días de cotización extra.
Condiciones y cómo reclamar la cotización extra
Las personas que cumplan con los requisitos para poderse jubilar hasta cinco años antes tendrán de plazo hasta el 31 de diciembre de 2028, fecha límite para poder reclamar los años de más cotizados en su día. Por lo que respecta a la base de cotización, se tendrá en cuenta la base de referencia de los años en los que se realizó el trabajo y, para calcular la cuota a ingresar, se tomará la base mínima de cotización del grupo 7 del Régimen General vigente cuando se realizaron las prácticas. Así que la cifra quedaría entre 40 y 140 euros por cada mes cotizado. Este importe se reducirá mediante la aplicación del coeficiente del 0,77.
Este ingreso se podrá pagar de una sola vez y la Seguridad Social también da facilidades para las personas que lo quieran fraccionar. Podrá fraccionarse en el doble del periodo que se pretende recuperar, hasta un máximo de siete años, lo equivalente a 84 mensualidades.
Las personas que cumplan con los requisitos y añadan cinco años extra de cotización a su vida laboral tendrán que visitar la web de la Seguridad Social e ir al apartado «Alta, baja o variación de datos del convenio especial» de la sección «Trámites y Gestiones». Aquí encontrarás toda la documentación necesaria que tendrás que completar. El plazo de resolución y notificación es de un máximo de seis meses.
De esta forma, los becarios que no pudieron cotizar en su día a la Seguridad Social por el desarrollo de sus funciones, a partir de ahora podrán acogerse a una decisión justa para los que vivieron los años arduos de prácticas no remuneradas y horas infinitas.
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