Ni Cataluña ni Galicia: el lugar de España en el que tu Ingreso Mínimo Vital será el más alto
Asturias y Cantabria son los lugares de España en el que el Ingreso Mínimo Vital es más alto
El Ingreso Mínimo Vital es una prestación no contributiva aprobado el pasado año 2020 por el Gobierno para garantizar unos ingresos mínimos a las personas o familias que están en una situación de pobreza extrema. La cantidad destinada a los beneficiarios ha aumentado con el paso de los años y se espera que para 2025 siga subiendo (lo hará un 9%). Dependiendo de la comunidad autónoma se recibe en España una prestación u otra, ya que tiene que ver la unidad de convivencia y las cargas familiares, entre otros factores.
«El Ingreso Mínimo Vital es una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas». Así define la Seguridad Social lo que es el Ingreso Mínimo Vital, una prestación no contributiva que desde su entrada en vigor hace cuatro años ha llegado a 933.496 hogares, beneficiando a un total de 2.774.812 personas.
Según los datos publicados desde el Gobierno referentes al mes de noviembre, en España el Ingreso Mínimo Vital ha llegado a 665.508 hogares en los que viven un total de 2.021.729 personas. Las personas que reciben esta pensión no contributiva, que son las destinadas a las personas que no llegan a una cotización mínima, tendrán una pequeña subida en el IMV por la subida aprobada del 9% para el próximo año 2025.
El Ingreso Mínimo Vital en 2025
Antes de la próxima subida del 9% que está confirmada a falta de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, la Tesorería General de la Seguridad Social confirmó que en el pasado mes de noviembre la cuantía media del Ingreso Mínimo Vital fue de 470,1 al mes por hogar y se invirtió un total de 363,4 millones de euros. Estas cantidades aumentarán de cara al próximo año con la subida que prepara el Gobierno.
Por lo que respecta a las cuantías, la renta garantizada en una unidad no monoparental en 2024 fue de 604,21 euros en las unidades de convivencia de un adulto. En el caso de convivencia de un adulto y un menor, esta subiría a 785,48 euros y en el caso de dos menores a cargo asciende hasta 966,74. Estas cantidades subirán conforme a la subida programada para estas pensiones no contributivas.
En caso de que la unidad sea monoparental, las cantidades van en aumento. El Ingreso Mínimo Vital subirá hasta 918,40 euros en el caso de que la unidad de convivencia esté compuesta por un adulto y un menor y se incrementará hasta 1.099,67 euros en caso de un adulto con dos menores.
Las zonas de España en la que se cobra una mayor cuantía media del Ingreso Mínimo Vital son Asturias y Cantabria, donde la media está en 877,28 euros y 877,03 euros, respectivamente. Esta clasificación tiene que ver con la cantidad de prestaciones de este tipo que se reparten por comunidad y las condiciones que reúne cada solicitante. Según informa el medio especializado Hype, las comunidades autónomas en las que menos se cobra de media esta prestación son Murcia con 784,58 euros y Extremadura 752,77 euros. En País Vasco, por ejemplo, la media está en 864,16 euros.
Requisitos para el Ingreso Mínimo Vital
Los requisitos para poder recibir el Ingreso Mínimo Vital son bien claros: hay que tener al menos 23 años o 18 años en el caso de tener menores a cargo. En ningún caso se podrá ser beneficiario de una pensión contributiva por jubilación o incapacidad permanente ni otra pensión no contributiva por invalidez o jubilación. Las personas que quieran cobra el Ingreso Mínimo Vital también tendrán que cumplir con los siguientes requisitos:
- Cumplir un año de residencia legal en España.
- Haber vivido independientemente al menos 1 año en el caso de familias y 3 años en el caso de personas solas.
- En el caso de unidades de convivencia, haberse formado al menos 1 año antes de la solicitud.
- Haber solicitado previamente las prestaciones a las que se pudiera tener derecho.
- Podrán ser beneficiarias las personas que temporalmente sean usuarias de una prestación de servicio residencial, de carácter social, sanitario o socio-sanitario.
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