Los nacidos del 60 al 70 ya pueden pedir su pensión de jubilación
Todos los requisitos para poder solicitar la pensión de jubilación
Llegar a la jubilación es la meta de toda persona que ha estado toda la vida trabajando y hay opciones que incluso permiten a los ciudadanos poder jubilarse de la edad marcada para poder acceder a la prestación de por vida. A esto se le denomina jubilación anticipada y la pueden solicitar las personas que no hayan llegado a los 65 años y que reúnan una serie de requisitos. A continuación relatamos todo lo que debes saber para poder acceder a la pensión de jubilación.
El plan del Gobierno sitúa en 65 años la edad mínima para tener acceso a la jubilación ordinaria en este 2024. Con esta edad, sólo podrán tener acceso a la pensión de jubilación las personas que tengan 38 años o más cotizados. Los que no cumplan estos requisitos, tendrán que esperar hasta los 66 y 6 meses para poder tener acceso a las prestaciones.
La edad y condiciones se irán incrementando hasta 2027, fecha en la que las personas que tengan 65 años tendrán que tener 38 años y seis meses cotizados para poder jubilarse. Los que no cumplan con estas condiciones tendrán que esperar hasta los 67 años para tener acceso a la pensión de jubilación ordinaria. Esto forma parte del último plan del Gobierno para las pensiones pero todo hace indicar que conforme pasen los años irán subiendo los años y las condiciones.
¿El motivo? La deuda de España es muy alta y para cuadrar las cuentas de la Seguridad Social tendrá que apretarse el cinturón con las pensiones. Lo único que se sabe es que las condiciones para jubilarse según el plan establecido por el Gobierno es el siguiente:
- 2024 – 65 años si tienes 38 años o más cotizados – 66 años y 6 meses.
- 2025 – 65 años si tienes 38 años y 3 meses cotizados – 66 años y 8 meses.
- 2026 – 65 años si tienes 38 años y 3 meses cotizados – 66 años y 10 meses.
- 2027 – 65 años si tienes 38 años y 6 meses cotizados – 67 años.
La pensión de jubilación anticipada
Una de las opciones que tienen los ciudadanos que quieran jubilarse antes de los 65 años es optar por la jubilación anticipada. Esta es una pensión de jubilación que permite a las personas jubilarse antes de la fecha establecida por la Seguridad Social y que a cambio de ello renunciarán a un porcentaje de la base reguladora, o lo que es lo mismo, no podrán cobrar el 100% de lo que le pertenece, algo que sí que podrán recibir las personas que agoten los plazos de años para poder jubilarse.
Por lo que respecta a las fechas, para tener acceso a la jubilación anticipada la persona en cuestión tendrá que tener 63 años de edad y acreditar 38 años de cotización. En el caso de que no cumpla con estas condiciones podrá tener acceso a esta pensión de jubilación a partir de los 64 años y 6 meses.
Requisitos para la pensión anticipada
Para poder tener acceso a la jubilación anticipada, además de la edad, el ciudadano tendrá que cumplir con una serie de requisitos que esgrime la Seguridad Social a través de su página web.
- Tener cumplida una edad que sea inferior en dos años, como máximo, a la edad exigida que resulte de aplicación en cada caso.
- Encontrarse en alta o situación asimilada al alta.
- Acreditar un periodo mínimo de cotización de 35 años sin que se tenga en cuenta la parte proporcional por pagas extraordinarias ni el abono de años y días de cotización por cotizaciones anteriores a 01-01-1967.
- Al menos 2 años deberán estar comprendidos dentro de los 15 inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho.
Por lo que respecta a la cuantía, la Seguridad Social deja claro que será la que «resulte de aplicar a la base reguladora el porcentaje general que corresponda en función de los meses cotizados, será objeto de reducción mediante la aplicación, por cada mes o fracción de mes que, en el momento del hecho causante, le falte al trabajador para cumplir la edad legal de jubilación».
Hay otras ocasiones en las que los trabajadores pueden tener acceso a una jubilación anticipada siempre que estén dentro de estos grupos:
- Jubilación anticipada a partir de los 60 años por tener la condición de mutualista.
- Jubilación de trabajadores afectados por una discapacidad igual o superior al 45% o al 65%.
- Jubilación anticipada a partir de los 61 años sin tener la condición de mutualista.
- Jubilación parcial.
- Jubilación del personal del Estatuto Minero, personal de vuelo de trabajos aéreos, ferroviarios, artistas, profesionales taurinos, bomberos y miembros del cuerpo de la Ertzaintza.
- Jubilación flexible.
Temas:
- Edad de jubilación
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