Economía multa a Deloitte con 1 millón por infracción en auditar al Santander
El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), adscrito al Ministerio de Economía y Hacienda, ha impuesto una sanción de 1 millón de euros a Deloitte por una «infracción grave» en las auditorías realizadas sobre las cuentas anuales del grupo Banco Santander del ejercicio 2011.
El órgano declara a la sociedad de auditoría de cuentas y a una de sus socias auditoras firmante del informe responsable de la comisión de una infracción grave por el incumplimiento de lo establecido en la Ley de Auditoría de Cuentas en relación al principio general de independencia y deber de adopción de medidas de salvaguarda, cuando éstas sean insuficientes o no se hayan establecido, según publica hoy el Boletín Oficial del Estado (BOE).
La sanción se refiere a las auditorías realizadas sobre las cuentas anuales consolidadas del Banco Santander y sociedades dependientes y las individuales de esta entidad bancaria correspondientes al ejercicio 2011, que concluyeron con sendos informes emitidos con fecha de 27 de febrero de 2012.
El ICAC ha impuesto por cada una de las infracciones cometidas una sanción por importe del 0,75 por ciento de los honorarios facturados por la actividad de auditoría de cuentas en el último ejercicio cerrado con anterioridad a la imposición de la sanción.
En el caso de la socia Carmen Barrasa Ruiz, la sanción por cada una de las infracciones cometidas es de 6.000 euros.
El Instituto ha sancionado, asimismo, a PriceWaterhouseCoopers Auditores (PwC) y a su socio auditor Alan D’Silva Picardo por una infracción grave, al haber incurrido en un incumplimiento de las normas de auditoría susceptible de tener un efecto significativo sobre el resultado de su trabajo y, por consiguiente, en su informe, en relación con la auditoría de las cuentas anuales de 2011 de IBM (International Business Machines) y de IBM, Global Services España.
La sanción impuesta a PwC suma 193.608 euros (96.804 por cada sociedad) y de 6.100 euros (3.050 euros por cada sociedad) al socio auditor.
Dichas sanciones impuestas a Deloitte y a PwC, llevan aparejadas, tanto para las sociedades de auditoría como para los auditores, la prohibición de realizar la auditoría de las cuentas anuales de las mencionadas entidades correspondientes a los tres primeros ejercicios que se inicien con posterioridad a la fecha en que la sanción adquiera firmeza en vía administrativa.
La resolución que impone las sanciones indicadas únicamente son firmes en vía administrativa, sin perjuicio de las potestades de revisión jurisdiccional que corresponden a la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.