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Adiós a los subsidios del SEPE: las dos ayudas que desaparecen a partir del 1 de noviembre

Fajo de billetes.
Fajo de billetes.
Gemma Meca
  • Gemma Meca
  • Licenciada en Historia, máster en Periodismo y Comunicación Digital. Redactora en Ok Diario. Cuento historias, soy amante de los astros, sigo a la luna, los TT de Twitter y las tendencias en moda. Experta en noticias de consumo, lifestyle, recetas y Lotería de Navidad.

Los subsidios del SEPE tienen los días contados, hay dos ayudas que desgraciadamente van a desaparecer en las próximas horas. Es el momento de empezar a prepararnos para disfrutar de estos importantes cambios que tenemos por delante y con los que quizás nunca hubiéramos imaginado. Estas ayudas son las que nunca hubiéramos imaginado que desaparecieran tan rápidamente por lo que quizás hasta ahora no tienes en cuenta algunos detalles que han acabado siendo los que han ayudado a muchas familias.

El SEPE tienen como misión ayudar a aquellos que son más vulnerables, por lo que, puede acabar siendo lo que necesitaremos en un futuro, todos estamos expuestos a una mala racha. Ya sea de la mano de elementos como este tipo de problema que podría ir llegando a toda velocidad, como una enfermedad o un despido. La misión de la administración a través de estos organismos oficiales es intentar proporcionar una cantidad de dinero que debemos tener en cuenta, con la ayuda de los expertos que saben muy bien cómo darnos lo mejor de la mano de determinados cambios que serán fundamentales para todos. Llegan cambios en estos subsidios que debemos conocer.

Los subsidios del SEPE tienen los días contados

Las ayudas que reciben los más vulnerables van cambiando y lo hacen de tal forma que debemos tenerlo en cuenta. Con el SEPE debemos tener en cuenta que estamos ante un organismo que no dudará en darnos lo mejor de la mano de determinados elementos que quizás hasta ahora no teníamos en cuenta.

Es importante estar pendientes de este tipo de subsidios que pueden llegar a ser los que marquen un antes y un después. De mano de algunos elementos que quizás hasta ahora no habíamos tenido en cuenta. La cobertura debe multiplicarse, siempre y cuando debemos tener en cuenta determinados elementos que nos invitan a cumplir unos requisitos que son claves.

A la hora de estar pendientes de estas ayudas, debemos tener en cuenta que se reinventan o desaparecen. Llegan nuevos varemos que nos invitan a pensar un poco más en este tipo de supuestos a los que nos enfrentamos. Los expertos lanzan una seria advertencia, hay dos ayudas que desaparecen a partir de este mismo 1 de noviembre. Será mejor que nos informemos bien, ya que habrá dos ayudas a las que no podremos acceder.

Estas son las dos ayudas que desaparecerán a partir del 1 de noviembre

A partir de los 45 años aparecen los subsidios que pueden ayudar a la persona a conseguir recuperarse después de una mala racha, algo que debemos tener en cuenta y que quizás nos acabe siendo una necesidad. Tocará estar pendiente de lo que se cobre y de esta manera poder acceder a estas ayudas que se multiplicarán.

Los requisitos para cobrar estas ayudas según el SEPE variarán a partir de este 1 de noviembre:

  • Estar en desempleo.
  • Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo durante el periodo de un mes desde el agotamiento de la prestación (fecha en que finaliza la prestación concedida, que siempre será anterior a la fecha del último cobro de la prestación), sin haber rechazado oferta de colocación adecuada, ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, desde el agotamiento de la prestación contributiva. La inscripción deberá mantenerse durante todo el periodo de percepción del subsidio.
  • Suscribir el acuerdo de actividad.
  • Haber agotado la prestación por desempleo de nivel contributivo.
  • Tener cumplidos 45 años en la fecha de agotamiento de la prestación contributiva.
  • Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. (Cuantías para este año). Las rentas se computarán por su rendimiento íntegro o bruto. El rendimiento que proceda de actividades empresariales, profesionales, agrícolas, ganaderas o artísticas, se computará por la diferencia entre los ingresos y gastos necesarios para su obtención. Las ganancias patrimoniales se computarán por la diferencia entre las ganancias y las pérdidas patrimoniales.

La cuantía de esta prestación también se verá aumentada con el paso del tiempo en un intento de equipararlas con el nivel de vida actual. De tal forma que:

  • La cuantía mensual del subsidio por desempleo es igual al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). (Cuantías para este año)
  • En el supuesto de que la relación laboral que dio derecho a la prestación contributiva que has agotado hubiera sido a jornada parcial, la cuantía del subsidio se verá reducida en el mismo porcentaje.
  • A las personas trabajadoras fijas discontinuas mayores de 52 años, cuyo hecho causante haya tenido lugar antes del dos de marzo de 2022, se les ingresará la cotización por la contingencia de jubilación durante todo el periodo de percepción del subsidio. La base de cotización será el 125 por ciento del tope mínimo de cotización a la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • A las personas trabajadoras fijas discontinuas menores de 52 años que acrediten 180 días o más de cotización y el hecho causante del subsidio haya tenido lugar antes del dos de marzo de 2022, los primeros 60 días de cobro del subsidio se les ingresará la cotización para la jubilación. La base de cotización por jubilación en este caso, es el tope mínimo de cotización a la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • El pago del subsidio se realizará por mensualidades de 30 días, entre los días 10 y 15 del mes inmediato siguiente al que corresponda el devengo. Se efectuará, salvo excepciones, mediante el abono en la cuenta de la entidad financiera que indiques, siempre que seas titular de la misma.

 

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