Jubilación

Adiós a la jubilación a los 66 años: a partir del 1 de enero de 2027 se cambia la edad de jubilación en España y ya es oficial

Jubilación
Janire Manzanas
  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

En 2026, la Seguridad Social establece que para acceder a la jubilación ordinaria a los 65 años es necesario acreditar al menos 38 años y 3 meses cotizados. Quienes no alcancen ese periodo deberán esperar hasta los 66 años y 10 meses para jubilarse a la edad ordinaria. A partir del 1 de enero de 2027, el requisito aumentará a 38 años y 6 meses cotizados para jubilarse a los 65 años. En caso contrario, habrá que esperar hasta cumplir los 67 años.

La reforma de las pensiones, diseñada para adaptar la Seguridad Social al envejecimiento de la población y garantizar la sostenibilidad económica del sistema a largo plazo, encara su recta final. Este cambio afectará especialmente a las personas nacidas entre 1961 y 1965, que se encuentran actualmente en las edades previas a la jubilación y deberán cumplir los requisitos establecidos por la normativa.

Edad de jubilación en 2027

Con la reforma de las pensiones que entró en vigor en 2013, tanto la edad de jubilación como el periodo mínimo de cotización necesario para jubilarse a los 65 años han ido aumentando de forma progresiva. Entre 2013 y 2018, la edad de jubilación se retrasaba un mes por cada año transcurrido. Sin embargo, desde 2018, el incremento pasó a ser de dos meses anuales, hasta alcanzar los 67 años en 2027.

En 2023, las personas nacidas en 1958 podían jubilarse a los 65 años si habían cotizado al menos 37 años y 9 meses. En caso contrario, debían esperar hasta los 66 años y 4 meses. Para quienes nacieron en 1959, el requisito aumentó a 38 años cotizados, mientras que la edad ordinaria de jubilación se situó en los 66 años y 6 meses para quienes no alcanzaban ese periodo.

En 2025, las personas nacidas en 1960 necesitaban acreditar 38 años y 3 meses de cotización para jubilarse a los 65 años. Si no cumplían este requisito, su edad ordinaria de jubilación era de 66 años y 8 meses. En 2026, para quienes cumplen 65 años este año, el periodo exigido sigue siendo de 38 años y 3 meses, mientras que quienes no lo alcancen deben esperar hasta los 66 años y 10 meses.

A partir de 2027, la edad ordinaria de jubilación será de 67 años para quienes no hayan cotizado el periodo mínimo establecido. En cambio, quienes acrediten al menos 38 años y 6 meses de cotización podrán retirarse a los 65 años. Estos requisitos se mantendrán a largo plazo que no se aprueben nuevas reformas del sistema de pensiones.

Jubilación anticipada

La reforma también tiene consecuencias sobre la jubilación anticipada, tanto voluntaria como involuntaria, ya que la edad a la que puede acceder cada trabajador se calcula tomando como referencia su edad ordinaria de jubilación. En el caso de la jubilación anticipada voluntaria, es posible jubilarse hasta dos años antes, siempre que se acrediten al menos 35 años cotizados.

Por su parte, la jubilación anticipada involuntaria permite adelantar la jubilación hasta cuatro años, equivalentes a 48 meses, con un mínimo de 33 años cotizados, siempre que el cese laboral se deba a alguna de las causas que recoge el artículo 207 de la Ley General de la Seguridad Social: el despido colectivo u objetivo, la extinción del contrato por resolución judicial o fuerza mayor, el fallecimiento, la jubilación o incapacidad del empresario, el cierre de la empresa y determinadas extinciones voluntarias justificadas por incumplimientos laborales, movilidad geográfica o por ser víctima de violencia de género o sexual.

Para calcular la edad a la que se puede solicitar la jubilación anticipada, se toma como referencia la edad ordinaria. Según la normativa vigente, ésta se determina teniendo en cuenta la carrera de cotización que habría acumulado el trabajador si hubiera seguido trabajando.

En 2026, quienes accedan a la jubilación anticipada voluntaria con una carrera de cotización larga podrán jubilarse a los 63 años, siempre que acrediten 38 años y 3 meses cotizados. En cambio, quienes no alcancen ese periodo tendrán que esperar hasta los 64 años y 10 meses. A partir de 2027, la edad mínima será de 63 años para quienes hayan cotizado al menos 38 años y 6 meses, mientras que para el resto se situará en los 65 años.

En el caso de la jubilación anticipada involuntaria, en 2026 es posible jubilarse a los 61 años con una carrera de cotización larga, es decir, con al menos 38 años y 3 meses cotizados. Quienes no cumplan ese requisito podrán hacerlo a partir de los 62 años y 10 meses. Desde 2027, la edad mínima será de 61 años para quienes acrediten 38 años y 6 meses cotizados, mientras que para las personas que no alcancen ese periodo se situará en los 63 años.

Ahora bien, cabe recordar que adelantar la jubilación tiene consecuencias económicas, ya que la pensión se reduce mediante la aplicación de un coeficiente reductor. En la jubilación anticipada voluntaria, cuando se adelanta el retiro 24 meses, la reducción puede oscilar entre el 21 %, para quienes han cotizado menos de 38 años y 6 meses, y el 13 %, para quienes acreditan 44 años y 6 meses cotizados o más. En la jubilación anticipada involuntaria, si la jubilación se adelanta 48 meses, el recorte puede situarse entre el 30% y el 24%, dependiendo del periodo cotizado y de los coeficientes aplicables.

Lo último en Economía

Últimas noticias