Andalucía
Audiencia de Sevilla

Los socialistas acusados del ERE de Surcolor comparecen desde la cárcel en la última sesión del juicio

Antonio Fernández y Agustín Barberá declaran desde prisión por ayudas irregulares de 2,3 millones

Entre los empleados beneficiarios del ERE, dos intrusos vinculados al PSOE

Una testigo del caso Surcolor ve una «inocente casualidad» que el PSOE de los ERE pagara a intrusos

La Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla ha afrontado este lunes la fase de la última palabra de los acusados en el caso Surcolor, el juicio correspondiente a las ayudas autonómicas de 2,3 millones de euros concedidas en 2006 por la Junta socialista de Andalucía a las empresas Surcolor y Surcolor Óptica. Durante esta última fase del juicio, el ex consejero de Empleo Antonio Fernández y el ex viceconsejero del ramo Agustín Barberá han comparecido por videoconferencia desde prisión, donde cumplen condena por la sentencia del caso ERE.

Las indemnizaciones por despido de 26 empleados incluían a dos personas totalmente ajenas a la plantilla de Surcolor. Los intrusos, recordemos, son José Antonio Márquez, concuñado de Antonio Rivas, quien fuera alcalde de Camas (Sevilla) por el PSOE y por entonces delegado provincial de Empleo en Sevilla, y Juan Manuel López Espadas, militante socialista y marido de una concejal del PSOE en el Ayuntamiento de Camas. Fueron beneficiarios de rentas de 133.500 y 60.800 euros, respectivamente.

Desde la cárcel, Antonio Fernández y Agustín Barberá han suscrito las conclusiones de sus respectivas defensas y han agradecido que se les ofreciera la posibilidad de comparecer por vía telemática.

De su lado, el ex director general de Trabajo Daniel Alberto Rivera ha negado que incurriera en cualquier situación de «tráfico de influencias» o que durante su gestión conociese cualquier «irregularidad». El ex directivo de Vitalia Antonio Albarracín ha negado también cualquier implicación y ha lamentado que haya sido en este juicio cuando ha sido «preguntado por primera vez» por las rentas objeto de la causa.

Otros acusados, como el también ex director general de Trabajo Juan Márquez, el ex delegado provincial de la Consejería de Empleo en Sevilla Antonio Rivas o el otrora responsable de la Federación de Industrias Textil-Piel, Químicas y Afines (Fiteqa) de CCOO de Sevilla José Hurtado han declinado ejercer su derecho a la última palabra o simplemente han manifestado que corroboran las conclusiones expuestas por sus respectivas defensas.

Reforma de la malversación

En la fase de conclusiones definitivas, la Fiscalía Anticorrupción exponía que corresponde la aplicación de la atenuante de dilaciones indebidas por los retrasos en la tramitación de la causa. También señalaba que «no es aplicable» la reforma del delito de malversación promovida por el Gobierno de Sánchez, ya que tal extremo podría derivar en penas «superiores». Cabe recalcar que merced al principio establecido en el artículo 9 de la Constitución Española y el artículo 2 del Código Penal, debe ser de aplicación la legislación mas favorable al investigado.

El fiscal reiteraba su decisión respecto a la «retirada de la acusación» contra Antonio Fernández, Agustín Barberá y Juan Márquez, una vez emitida la sentencia del Tribunal Supremo resolutoria de los recursos de casación planteados contra la sentencia inicial de la Audiencia de Sevilla, que condena a los mismos y a otros ex altos cargos de la Junta de Andalucía-entre ellos los ex presidentes socialistas Manuel Chaves y José Antonio Griñán- por el caso ERE.

En ese sentido, el fiscal manifestaba cuando anunció su decisión en las primeras sesiones del juicio que la sentencia del Supremo que ratifica la condena por malversación impuesta a estos tres ex altos cargos de la Junta por el «procedimiento específico» de financiación de los ERE, esto es, el mecanismo administrativo mediante el cual era aplicado el dinero público, ya «incluye todas las disposiciones de fondos públicos realizadas por los acusados» durante el ejercicio de sus responsabilidades como cargos públicos. Al punto, recordaba que todos estos fondos fueron consignados con cargo a la partida presupuestaria 31L de los fondos autonómicos.

En sus conclusiones definitivas, el fiscal indicaba de nuevo que la mencionada sentencia del Supremo abarca, respecto a los afectados por la misma, «no sólo el diseño» del citado «procedimiento específico», sino además «las disposiciones de fondos en las diferentes concesiones de ayuda», como es el caso de las correspondientes a Surcolor.

Al respecto, cabe recordar que Fernández y Barberá cumplen actualmente pena de cárcel por la condena por malversación que les impuso la Audiencia de Sevilla por el denominado como «procedimiento específico» del caso ERE: siete años, once meses y un día de prisión en el primer caso y siete años y un día en el segundo (una vez que el Supremo desestimó en 2022 sus recursos de casación contra dicha resolución condenatoria).

En el caso de Juan Márquez, su pena de cárcel está suspendida provisionalmente después de que el Supremo estimase parcialmente su recurso de casación y redujese su condena de siete a tres años de prisión al apreciar la atenuante analógica de reparación del daño.

Pagos «ilegales» con dinero público

Además, el fiscal señalaba el papel del ex sindicalista de UGT Juan Lanzas a la hora de «mover las fichas y personas necesarias» para la consecución de fondos públicos para el ERE de Surcolor, concedidos «sin procedimiento, resolución ni fiscalización», en «beneficio» de los empresarios responsables de la entidad. Estas ayudas, según precisaba, no estaban amparadas por «marco» legal alguno ni fue justificado su carácter excepcional, sufragando la Junta el coste de las indemnizaciones por despido improcedente que correspondía pagar a Surcolor con relación a 26 ex trabajadores, entre ellos dos «intrusos». Se trató, según su síntesis, de pagos «ilegales» con fondos públicos autorizados por el ex director de Trabajo Daniel Rivera.

Por su labor, según el fiscal, Lanzas recibió más de 118.000 euros por parte de los empresarios, mediante «facturas falsas» de su supuesto «testaferro», el también acusado Francisco Algarín Lamela, cargadas a Surcolor y sociedades vinculadas a tales entidades por servicios que no habría realizado. Todo ello, además de las retribuciones que cobraba como trabajador autónomo para la entidad Estudios Jurídicos Villasís, que trató con los empresarios de Surcolor para el ERE.

En sus conclusiones, la Fiscalía reclama para Daniel Alberto Rivera tres años de prisión y cuatro años y medio de inhabilitación absoluta por un delito continuado de falsedad en documento oficial en concurso con un delito continuado de prevaricación, ambos en concurso a su vez con un delito continuado de malversación.

En el caso de Antonio Rivas, solicita tres años y medio de cárcel y ocho años de inhabilitación absoluta por un delito continuado de malversación y cuatro años y medio de inhabilitación especial por un delito continuado de prevaricación.

En cuanto al ex sindicalista de UGT Juan Lanzas, supuesto «conseguidor» de subvenciones autonómicas en la trama de los ERE, reclama tres años y medio de prisión y ocho de inhabilitación absoluta por un delito continuado de malversación, dos años de cárcel y cuatro años y medio de inhabilitación especial por un delito continuado de prevaricación y multa de 1.800 euros por un delito de falsedad documental.

Para Juan Francisco Algarín Lamela, supuesto «testaferro» de Lanzas, reclama tres años y un mes de cárcel y ocho años de inhabilitación absoluta por un delito continuado de malversación, un año y nueve meses de prisión y cuatro años y medio de inhabilitación especial por un delito continuado de prevaricación y una multa de 1.080 euros por falsedad documental.