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DGT

El multazo que te puede caer por ignorar la nueva señal de la DGT

  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

Con el principal objetivo de aumentar la seguridad vial en las carreteras españolas, cada cierto tiempo la Dirección General de Tráfico (DGT) actualiza el Código de Circulación. Este 2023, ha presentado una serie de nuevas señales a las que, como conductor, debes estar muy atento.

Una de ellas es la señal R-120, que guarda relación con las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE). Con base en la Ley de Cambio Climático, este año todos los municipios de más de 50.000 habitantes tienen la obligación de establecer sus propias ZBE. Pues bien, para advertir de la prohibición o restricción de acceso a vehículos en función del distintivo ambiental que tengan.

Líneas de borde quebradas

Además, la DGT está implantado las conocidas como líneas de borde quebradas. Estas señales en la calzada se empezaron a probar en 2021. Tal y como indica el organismo, «obligan al conductor a reducir notablemente la velocidad de circulación con respecto al tramo precedente».

Son señales que se ubican justo antes de zonas vulnerables para peatones, como residencias de ancianos, colegios o pasos de cebra. Es fundamental reducir la velocidad a 30 kilómetros por hora y prestar especial atención a la vía.

De lo contrario, se considerará una infracción grave y, como tal, conlleva una multa de 200 euros.

Pegatina obligatoria en el vehículo

Por otro lado, cabe señalar que la ITV es un trámite obligatorio para todos los vehículos. Se trata de una inspección en la que los técnicos comprueban que estos cumplen con los requisitos necesarios para circular de forma segura y respetando el medio ambiente.

Uno de los elementos más importantes es la pegatina que las estaciones de la ITV otorgan al pasar la revisión. Conocida como V-19, colocarla en la luna delantera es obligatorio.

La normativa incluida en el Real Decreto 2822/1998 del 23 de diciembre establece que la multa por no llevar la pegatina asciende a 100 euros, incluso si el vehículo ha superado la revisión favorablemente.

El artículo 12.2 del Real Decreto 920/2017 del 23 de octubre determina que «los agentes de la autoridad encargados del tráfico en el ejercicio de las funciones que
tienen encomendadas, así como el resto de administraciones con competencia en materia de inspección técnica, verificarán la vigencia de la inspección técnica periódica de los vehículos a través de los datos obrantes en el Registro de Vehículos de la Jefatura Central de Tráfico, o alternativamente del informe de inspección o de la tarjeta ITV o certificado de características del vehículo».