Primera condena firme en España por sacrificio de animales en rituales de santería
Dos personas son sentenciadas a penas de prisión por muertes y lesiones de animales en este tipo de prácticas
Los condenados no entrarán en la cárcel debido a que las penas no alcanzan los 24 meses de duración
El caso se destapó gracias a una investigación de Anima Naturalis
La justicia española dictó ayer su primera condena en firme por delitos de maltrato animal relacionados con la práctica de sacrificios en rituales de santería. En concreto, el Juzgado de lo Penal número 10 de Barcelona ha sentenciado a un año, cuatro meses y 20 días de prisión a dos personas que se dedicaban al transporte de animales con esta finalidad.
Los hechos fueron descubiertos por la ONG Anima Naturalis, que en el año 2020 inició una investigación tras detectar la entrada recurrente de animales vivos en dos viviendas del barrio de Canyadó, en Badalona, así como la posterior aparición de cuerpos de animales degollados y decapitados en contenedores cercanos a dichos inmuebles.
Estos indicios, que apuntaban a la realización sistemática de sacrificios rituales, fueron puestos en conocimiento de la Guardia Urbana de Badalona, que el 23 de octubre de 2020 interceptó a dos personas que transportaban un gallo, nueve gallinas y tres codornices en cajas de cartón sin ventilación y en condiciones incompatibles con el bienestar animal.
Sacrificios semanales
Dichos animales fueron decomisados y trasladados al refugio Santuario Gaia, donde se les dio tratamiento con antibióticos. Sin embargo, cinco de las aves fallecieron posteriormente a consecuencia del grave deterioro de su estado de salud.
Según la investigación, cada semana decenas de animales eran sacrificados. Principalmente se recurría a gallinas, gallos, codornices, palomas y cabritos para estas prácticas.
Desangrados hasta morir
Miembros de la citada ONG animalista encontraron además bolsas de basura con cuerpos de animales decapitados y degollados, muchos de ellos todavía calientes. Posteriormente, durante la fase de instrucción, los acusados reconocieron haber realizado sacrificios sin aturdimiento previo, dejando a los animales desangrarse hasta morir.
Desde Anima Naturalis, organización que también ha ejercido la acusación popular en la causa, recuerdan que la ley prohíbe el maltrato animal y el abandono de cadáveres en la vía pública, además de exigir ciertas condiciones en cualquier sacrificio, como la práctica de un aturdimiento previo.

Delitos de maltrato animal
Tras más de cinco años de procedimiento judicial, la causa ha concluido con una sentencia firme tras admitir los hechos dos de los cuatro encausados. El hombre y la mujer condenados han aceptado en el juicio una pena de 15 meses y 5 días de prisión por los cinco delitos de maltrato animal con resultado de muerte, así como 1 mes y 15 días de prisión por los tres delitos de maltrato animal con resultado de lesiones.
La resolución incorpora además una medida particularmente relevante que impone una pena de inhabilitación durante seis años y medio para cualquier profesión, oficio o comercio relacionado con animales, así como para su tenencia y convivencia.
Los otros dos imputados han quedado absueltos tras retirar Anima Naturalis los cargos contra ellos debido a las dificultades para probar su implicación en los hechos.
Penas insuficientes
La ONG animalista considera que esta resolución constituye un precedente de enorme importancia para la protección animal en España, al establecer con claridad que la práctica de la santería no puede situarse por encima de las leyes que protegen a los animales frente al sufrimiento evitable.
«Este caso demuestra que la investigación, la denuncia y la acción judicial pueden dar resultados. Pero también evidencia los límites de la legislación actual: aunque celebramos esta condena histórica, las penas previstas para los delitos de maltrato animal siguen siendo insuficientes frente a la gravedad del daño causado a los animales», valora Cristina Ibáñez, abogada de Anima Naturalis.

No entrarán en prisión
Debido a que las penas de cárcel no llegan a los dos años de duración, no está previsto que los culpables entren en prisión. Para Ibáñez, «que no se vaya a entrar en prisión es poco disuasorio, como mínimo. Pensamos que las penas deberían ser claramente más duras, porque realmente aquí nos encontramos con penas de prisión que no se van a cumplir y con penas de multa absolutamente ridículas».
De hecho, el mes y medio de cárcel decretado por los tres delitos de maltrato animal menos graves —los que causaron lesiones, pero no la muerte de los animales— va a ser sustituido por una multa de tres meses a razón de siete euros diarios, lo que significa una suma total de tan sólo 630 euros.
«Estamos hablando de una situación que se ha alargado durante años, si es que no lo siguen haciendo todavía, y además no sabemos desde cuándo lo estaban haciendo. No olvidemos que estamos hablando de decenas y decenas de vidas animales involucradas, por lo cual es evidente que es un castigo insuficiente», insiste la letrada.
Cursos de empatía
Ibáñez considera que la sentencia incentiva además el debate sobre cómo prevenir la reincidencia en los delitos de maltrato animal. «Un aspecto positivo del fallo es que, durante seis años y medio, los condenados no van a poder tener animales ni trabajar con ellos. Pero si luego, pasado todo ese tiempo, continúan siendo el mismo tipo de personas, seguirán representando un peligro para los animales, salvo que hagamos algo para remediarlo».
A partir de esta reflexión, la letrada plantea una posible medida complementaria a las sanciones penales: «Quizás sería conveniente realizar cursos sobre empatía con los animales y sobre derecho animal. Algo similar a lo que pasa cuando te retiran el carné por puntos. Creo que sería una buena medida», concluye.