Carnet de conducir DGT

Adiós a tu carnet de conducir: la lista de medicamentos que la DGT tiene en su lista negra

Los medicamentos

La conducción responsable va mucho más allá de respetar los semáforos, los límites de velocidad o evitar el uso del móvil al volante. Hay un factor que muchos pasan por alto y que puede tener consecuencias igual de graves que el alcohol o las drogas: los medicamentos. Aunque tomarlos forma parte del día a día de miles de personas, especialmente quienes siguen tratamientos prolongados o sufren enfermedades crónicas, no todos los conductores son conscientes de cómo pueden afectar estos fármacos a la capacidad de conducir un vehículo de forma segura.

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha puesto el foco en este asunto, alertando sobre los riesgos y endureciendo los requisitos para renovar el carnet de conducir a quienes están bajo ciertos tratamientos. La nueva normativa exige un mayor control médico y documentación específica en muchos casos. Y no es para menos: la combinación de medicamentos que alteran la percepción, los reflejos o el estado de alerta con la conducción puede ser tan peligrosa como circular ebrio.

Medicamentos que pueden impedir la renovación del carnet según la DGT

El objetivo principal de esta nueva normativa es claro: reforzar la seguridad vial asegurándose de que quienes conducen lo hagan en plenas condiciones. La DGT ha actualizado sus protocolos y ya no basta con pasar las clásicas pruebas psicotécnicas o visuales para renovar el carnet. Ahora, si estás tomando determinados medicamentos, deberás presentar un informe médico que acredite que tu tratamiento no interfiere en tu capacidad para conducir.

Esto no significa que debas dejar tu tratamiento o que todos los fármacos te impidan circular. Lo importante es ser transparente y consciente: si estás bajo los efectos de medicamentos que pueden provocar somnolencia, visión borrosa, reflejos lentos o alteraciones del estado de ánimo, es fundamental comunicarlo a los profesionales que gestionan la renovación del permiso.

No todos los tratamientos interfieren con la conducción, pero sí hay una serie de grupos farmacológicos que, por cómo actúan en el sistema nervioso o por sus efectos secundarios, están bajo vigilancia por parte de la DGT. Estos son los más importantes:

  • Ansiolíticos y antidepresivos: estos medicamentos afectan directamente al sistema nervioso central. Pueden provocar somnolencia, lentitud de reflejos, falta de concentración o incluso alteraciones emocionales. Fármacos como el lorazepam, el alprazolam o la sertralina están en la lista de observación.
  • Opioides y analgésicos potentes: el tramadol, la morfina o medicamentos similares pueden provocar mareos, confusión y un tiempo de reacción más lento. Aunque son útiles para tratar el dolor intenso, no siempre son compatibles con la conducción.
  • Antihistamínicos: utilizados habitualmente para tratar alergias, pueden parecer inocuos, pero algunos, como la cetirizina o la loratadina, provocan somnolencia o disminuyen la capacidad de concentración.
  • Anticonvulsivos: empleados por personas con epilepsia u otras condiciones neurológicas, como el ácido valproico o la fenitoína, pueden causar fatiga, descoordinación y reflejos alterados.
  • Fármacos oftalmológicos (colirios): algunos medicamentos oculares, como la tropicamida o la ciclosporina, pueden afectar temporalmente la visión, provocando borrosidad o sensibilidad a la luz, lo que compromete la conducción.
  • Reguladores de la glucosa (diabetes): la insulina y otros antidiabéticos orales pueden causar hipoglucemias, es decir, bajadas bruscas de azúcar en sangre, lo cual puede desencadenar mareos, confusión o incluso pérdida de conocimiento.
  • Tratamientos para la apnea del sueño: quienes utilizan dispositivos de presión positiva continua (CPAP) o toman fármacos para mejorar la calidad del sueño deben estar controlados, ya que una apnea mal gestionada puede dejar al paciente con somnolencia diurna constante.

La nueva normativa deja claro que la responsabilidad de comunicar cualquier tratamiento recae directamente en el conductor. Si omite que está tomando un medicamento que afecta a su capacidad de conducir y se ve involucrado en un accidente, podría enfrentarse a sanciones económicas, retirada del permiso e incluso a penas de prisión en caso de causar daños a terceros.

Además, en caso de siniestro, si se demuestra que el conductor estaba bajo los efectos de un medicamento contraindicado y no lo había declarado, es muy probable que el seguro no cubra los daños. Esto deja al conductor expuesto a reclamaciones económicas que pueden ser muy elevadas.

Un dato alarmante que ha llevado a la DGT a endurecer estas medidas es que apenas un 17% de los pacientes afirma haber sido informado por su farmacéutico o médico sobre los efectos de su tratamiento en la conducción. Esto significa que una gran parte de la población podría estar poniéndose en riesgo sin saberlo, simplemente por falta de información clara o por no leer con detenimiento el prospecto.

La actualización de los controles para renovar el carnet de conducir marca un antes y un después en la relación entre salud y seguridad vial. La DGT ha querido dejar claro que no basta con ver bien o reaccionar rápido durante el examen médico: si un medicamento puede afectar a la capacidad de conducción, debe ser declarado, evaluado y respaldado con un informe profesional.

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