Kiko Matamoros derrota a Rocío Carrasco en los tribunales
La hija de Rocío Jurado demandó a Matamoros en 2019 por unas declaraciones que este hizo en televisión
La Audiencia Provincial de Madrid dio la razón al tertuliano en una sentencia publicada en 2022
Ahora, el Tribunal Supremo ha vuelto a desestimar la demanda de Rocío Carrasco contra el esposo de Marta López
Rocío Carrasco volvió a cosechar un nuevo varapalo judicial. Esta vez su pelea en los tribunales con el tertuliano Kiko Matamoros ha terminado con una victoria rotunda del colaborador televisivo, demandado en 2019 por la hija de Rocío Jurado. durante la tarde del 22 de septiembre, el tertuliano se refería a diversos episodios ocurridos en la vida de Rocío y su marido, Fidel Albiac, en el programa Viva la vida. Tal fue el enfado de la hija de Pedro Carrasco al escucharle, que decidió emprender acciones legales contra él por “vulneración de los derechos fundamentales al honor e intimidad personal y familiar”. Además, solicitó una reclamación por daño moral.
Sin embargo, a comienzos de 2022, el que fuera colaborador de Sálvame se enteraba en directo de que la Audiencia Provincial de Madrid se había pronunciado a su favor en la demanda que Rocío Carrasco había interpuesto contra él. Y no iba a ser la única victoria para Kiko en este sentido. Hace solo unos días, el Tribunal Supremo volvía a desestimar el último recurso que la esposa de Fidel Albiac había presentado poco después de perder la primera querella. Así, la justicia ha vuelto a pronunciarse fallando de nuevo a favor de Kiko Matamoros.
El comentario de Matamoros que provocó la ira de Carrasco fue a causa de su hijo: «Me dice la enfermera que ya van dos veces que cuando tenía la custodia Rocío Carrasco al niño no le llevaban al neurólogo», lo que estaba especificado en la sentencia de la sección número 9 de la Audiencia Provincial de Madrid, publicada por el diario La Razón. Aun así, la hija de Rocío Jurado demandó tanto al colaborador televisivo como a Conecta 5 Telecinco S.A y Cuarzo Producciones SL. A todos ellos les pedía en su último recurso una condena de 90.000 euros en concepto de daños morales.
Según los abogados de la exmujer de Antonio David Flores, las palabras de Kiko Matamoros suponían un «grave desprestigio» que tenía como objetivo «dibujar a la actora como una persona que no se ocupa de la salud de sus hijos para obtener un beneficio económico el medio de comunicación». Si bien en un primer momento, la Audiencia Provincial de Madrid desestimó la querella al entender que no existió «ningún contenido insultante, vejatorio ni lesivo para la dignidad de Rocío Carrasco», ha sido ahora el Tribunal Supremo, con fecha del 4 de octubre, quien ha decidido desestimar de nuevo los recursos interpuestos por esta.
Ya dentro de la primera sentencia, el juez apuntó que la hija de Rocío Jurado es «una persona con notoriedad pública» y que estas declaraciones no suponían, en realidad, “ninguna invasión del ámbito de intimidad de Rocío Carrasco, dado que no desvelan ningún dato ni ninguna información sobre su vida privada personal o familiar que pueda considerarse lesiva o que se entrometa en el ámbito reservado protegido». Además, se hacía referencia a que Kiko Matamoros sólo se había dedicado a transmitir el testimonio de una enfermera y que cualquier juicio de valor quedaba fuera de su responsabilidad.
Según el juzgado, la frase que Kiko Matamoros pronunció sobre el hijo de Carrasco no tiene «gravedad e intensidad ofensiva suficiente para llegar a constituir una intromisión ilegítima en el derecho fundamental a su honor». Además, destaca que en ella «no se incluyen términos o expresiones inequívocamente insultantes, injuriosos o vejatorios», por lo que no se le puede atribuir un significado ultrajante u ofensivo.