Maza plantea prisión para ‘los Jordis’ aunque los fiscales del caso la quieren también para Trapero
La juez vuelve a citar a Trapero y a los presidentes de ANC y Omnium por sedición el próximo lunes
La Fiscalía cree que Trapero “reincidió” en el delito de sedición desde el 20 de septiembre al 1-O
La Fiscalía pedirá medidas cautelares para Trapero tras ampliar la causa por sedición al 1-O
La Fiscalía de la Audiencia Nacional lo tiene «muy claro» y su decisión es pedir prisión para el jefe de los Mossos d’Esquadra, Josep Lluís Trapero, el presidente de la ANC, Jordi Sánchez y el presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart. El fiscal general del Estado, José Manuel Maza, es partidario de enviar a prisión eludible con una fianza a los ‘Jordis’ pero no así a Trapero, contra el cual se adoptarían otro tipo de medidas judiciales.
Trapero, Sánchez y Cuixart están citados este lunes 16 de octubre por la mañana ante la titular del Juzgado Central de Instrucción nº 3 de la Audiencia Nacional, Carmen Lamela, acusados de un presunto delito de sedición por los disturbios que tuvieron lugar durante los pasados 20 y 21 de septiembre en Cataluña y la posterior celebración del referéndum ilegal del 1 de octubre. Dicho delito conlleva penas de hasta 15 años de cárcel.
Las fuentes consultadas por OKDIARIO aseguran que la Fiscalía de la Audiencia Nacional «está decidida, va a por todas y quiere pedir prisión» para Trapero, Sánchez y Cuixart. Esta tesis contrasta notablemente con la defendida por el fiscal general del Estado, José Manuel Maza, que valora no enviar a prisión a Trapero, pero sí pedir cárcel eludible bajo fianza para los máximos responsables de la ANC y Òmnium Cultural.
La Fiscalía de la Audiencia Nacional, según comentan a OKDIARIO, tenía clarísima su posición ayer a última hora de la tarde, a pesar de «las presiones» que habrían recibido los representantes del Ministerio Público en las últimas horas por parte de altas instancias. La abundancia de pruebas incriminatorias que pesan contra Trapero, Sánchez y Cuixart en los dos atestados presentados en la causa por la Guardia Civil en las últimas semanas han sido determinantes.
Estas mismas fuentes denuncian «ruido y presiones indirectas» en las últimas horas desde las alturas a la espera de que la Generalitat de Cataluña responda al apercibimiento remitido por el Ejecutivo para esclarecer si el pasado martes 10 de octubre, el presidente catalán, Carles Puigdemont, «declaró o no la independencia» durante la sesión celebrada en el Parlamento regional.
El plazo de contestación vence a las 10 de la mañana de este lunes, cuando está previsto que comience a declarar Trapero. De la respuesta de Puigdemont depende la activación del artículo 155 de la Constitución para intervenir la Comunidad Autónoma.
Fuentes del caso aseguran que las pruebas incriminatorias que recogen los informes de la Guardia Civil contra los tres acusados «son brutales» y ponen de manifiesto «su reincidencia» en el delito de sedición que se investiga. En el caso de Trapero, por su «inacción» para ejecutar las órdenes del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, TSJC, dejando a la Policía Nacional y a la Guardia Civil «solos ante el peligro».
Mientras tanto, los investigadores identifican a los dos presidentes de las entidades soberanistas catalanas como «los promotores» de las algaradas callejeras. En un auto emitido esta semana, la magistrada Lamela señalaba que “con la nueva información obtenida se infiere que los hechos investigados no constituyen un hecho aislado, sino que se enmarcan dentro de una estrategia compleja con la que desde hace tiempo vienen colaborando los investigados Jordi Cuixart y Jordi Sánchez, en ejecución de la hoja de ruta diseñada para llegar a obtener la independencia de Cataluña y donde ambos forman parte de un comité estratégico con unas funciones concretas a ejecutar”.
Por su parte, la juez Lamela vería con buenos ojos la petición de prisión para ‘los Jordis’ y sería partidaria de imponer medidas cautelares más suaves para Trapero y la intendente de los Mossos.
También está citada este lunes como investigada la intendente de los Mossos, Teresa Laplana, y en calidad de testigos dos Guardias Civiles y una secretaria judicial que sufrieron el acoso de los radicales independentistas mientras se efectuaba la ‘Operación Anubis’ contra altos cargos de la Generalitat de Cataluña relacionados con la organización del referéndum ilegal del 1-O.
Segunda citación en la Audiencia
El responsable de los Mossos d’Esquadra, Josep Lluís Trapero; la intendente de la Policía Autonómica catalana, Teresa Laplana; el presidente de la ANC, Jordi Sánchez; y el presidente de Omnium Cultural, Jordi Cuixart; se enfrentaron a su primera declaración como investigados por sedición en la Audiencia Nacional el pasado 6 de octubre.
Ese mismo día, la Fiscalía presentaba un segundo atestado muy voluminoso de la Guardia Civil con diversa documentación y vídeos que demostrarían la presunta actuación delictiva y «reincidente» por parte de los acusados, especialmente, de Trapero, Sánchez y Cuixart.
Trapero aportó ante la juez Carmen Lamela su propia documentación exculpatoria y aseguró que los Mossos «no recibieron con suficiente antelación la información sobre la ‘Operación Anubis’» contra los organizadores del 1-O. La intendente de los Mossos por videoconferencia alegó que estaba enferma y que no podía declarar en esas condiciones.
Por su parte, el presidente de la ANC, Jordi Sánchez, efectuaba una breve comparecencia ante la juez donde manifestaba que su entidad organizó “una protesta pacífica” el pasado 20 de septiembre. Aseguró también que su entidad colaboró para que las algaradas no fueran más graves con un cordón de seguridad y que ellos mismos pidieron a los radicales que volvieran a sus casas. “En ningún momento se atacó el orden constitucional de España, ni se fomentaron actos tumultuarios”, añadía.
Por su parte, el presidente de Omnium Cultural, Jordi Cuixart, se negaba a declarar alegando que la Audiencia Nacional no era «competente para juzgarle”. A la salida, añadía que «no reconocía al tribunal».
La Fiscalía decidía entonces no pedir medidas cautelares hasta que las partes analizasen el segundo atestado policial y la magistrada de la Audiencia Nacional les citara de nuevo más adelante para decidir sobre su futuro procesal.
El delito de sedición
Según el artículo 544 del Código Penal, “son reos de sedición los que, sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las Leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales”.
Las penas contempladas para este delito pueden oscilar entre los 8 y 10 años de cárcel para aquellas personas que puedan “haber inducido, sostenido o dirigido la sedición” y de 10 a 15 años si son “autoridades públicas”.
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