España
Ley de Nietos

La Junta Electoral exigirá a los nacionalizados de la Ley de Nietos que justifiquen el municipio en el que votarán

La JEC advirtió en julio que la determinación del municipio electoral debe estar "suficientemente motivada"

La Junta Electoral Central (JEC) ha acordado este jueves asumir las propuestas de la Oficina del Censo Electoral para que los electores censados en el extranjero, incluidos los nacionalizados por la Ley de Memoria Democrática o Ley de Nietos, tengan que justificar el municipio en el que se adscriben y, por tanto, la circunscripción en la que votan.

El organismo arbitral, en julio, ya advirtió que la determinación del municipio electoral en el que se inscriban cada uno de los beneficiarios de la norma tiene que estar «suficientemente motivada» en caso de que no se corresponda con su último domicilio en España.

Desde 2011 rige una orden del Ministerio de Hacienda por la que se dictan normas técnicas para la actualización mensual del Censo Electoral y que establece que los electores en el exterior que hayan residido con anterioridad en España se inscribirán en el municipio de su última residencia en el país y, si deciden hacerlo en otro, deben «presentar una declaración explicativa de su elección aportando los documentos que la justifiquen».

La orden, con su consiguiente obligación, no rige, sin embargo, para aquellos que no hayan vivido nunca en España, como es el caso de los beneficiados por la Ley de Memoria Democrática. Por tanto, hasta ahora las personas pueden inscribirse a efectos electorales en la localidad de «mayor arraigo, propio o de alguno de sus ascendientes», y no se les exige justificarlo de ninguna manera.

Aunque con modificaciones, la Junta Electoral Central ha hecho suyas las propuestas después de que la Oficina del Censo Electoral, a instancias de la JEC, presentara una serie de recomendaciones para reforzar los requisitos exigibles a la hora de definir la circunscripción en la que se apunta el elector.

Ayuntamientos como el de Tres Cantos, en Madrid, han pedido a la Junta Electoral Central y al INE una auditoría de los expedientes del censo exterior asignados al municipio desde 2022. El motivo es que ha crecido en más de 200 personas tras la Ley de Nietos, pese a que la localidad se fundó en 1991, décadas después del exilio, lo que hace difícil que existan tantos descendientes de exiliados vinculados a ella.

La JEC y el Supremo

La Junta Electoral Central aceptó este lunes asumir la orden dictada por el Tribunal Supremo en la suspensión cautelar de la Ley de Memoria Democrática, también conocida como Ley de Nietos. Asimismo, la Junta encargó informes a la Oficina del Censo Electoral y a los registros consulares para, entre otras medidas, verificar qué nacionalizados descienden realmente del exilio.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal decidió la semana pasada atender las peticiones de las formaciones Vox e Iustitia Europa y suspendió cautelarmente –hasta que dicte sentencia– el voto para las personas ya inscritas en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) que consiguieron la nacionalidad a través de la citada norma, así como las nuevas altas en el mismo, salvo que acrediten que descienden de exiliados españoles.