El consulado de Buenos Aires ha revisado ya 10.500 expedientes de ‘nietos’ y no encuentra «pruebas de exilio»
El Tribunal Supremo ha exigido a Albares y Bolaños que entreguen la lista de 163.020 afectados por la suspensión del voto
El Gobierno admite ante el Supremo que sólo 91 de 31.390 ‘nietos’ han acreditado el exilio
Sofía Puente cambió los formularios de los consulados para poder nacionalizar a falsos nietos del exilio
La orden inédita del Gobierno para dar el derecho a voto a los falsos nietos del exilio: «Basta que el abuelo sea español»

El consulado de España en Buenos Aires ha revisado los expedientes afectados por la suspensión del Tribunal Supremo a los nacionalizados por la conocida como Ley de Nietos. Entre las 10.500 concesiones de nacionalidad examinadas no se han encontrado «pruebas del exilio» de los antepasados. En la inmensa mayoría de los casos, no se había presentado documentación que justificase esta condición. Los escasos beneficiarios que sí lo hicieron aportaron pruebas que no podrían considerarse concluyentes.
El consulado de Buenos Aires es el que gestiona más solicitudes de nacionalidad española -645.000 peticiones-. De ellas, se ha recibido la documentación de 230.000 potenciales beneficiarios y 30.000 han sido resueltas. No obstante, no todos están afectados por la suspensión del voto decretada por el Supremo de cara a las elecciones del 29 de noviembre. El consulado hace públicos los datos de nacionalizaciones desde que se inició el proceso, tras la aprobación de la Ley de Memoria Democrática.
Los cónsules se limitaron a cumplir con la instrucción de Sofía Puente, entonces directora general de Seguridad Jurídica y Fe Pública, que alteró sustancialmente la Ley de Memoria Democrática que había sido votada por las Cortes. La ley reconocía el derecho a la nacionalidad a los descendientes de aquellos españoles que hubieran «sufrido exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación e identidad sexual». La hermana del ministro Óscar Puente firmó una instrucción que presumía la condición de exiliado a cualquiera que hubiese abandonado España entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955. Sólo tenían que justificar la salida del país del antepasado.
Como reveló OKDIARIO, la flexible interpretación de Puente provocó que incluso descendientes de emigrantes económicos del siglo XIX pudiesen acogerse al acceso a la nacionalidad. Según los datos del Gobierno, 2,4 millones de personas han solicitado la nacionalidad española. 600.000 expedientes ya se han resuelto favorablemente.
Los consulados trabajan ahora contra reloj para identificar a los nacionalizados por la Ley de Nietos -163.020 según la Dirección General de Asuntos Consulares-, que tienen el voto suspendido según el auto del Tribunal Supremo. La labor es ardua, sin medios personales ni recursos para atender a esta exigencia, además del trabajo ordinario de atención a los españoles en el exterior. El Gobierno llegó a admitir que será «imposible» hacerlo antes de los comicios, lo que aventura un aluvión de impugnaciones de los resultados del voto CERA.
El Supremo ha requerido este viernes a los ministros de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, y de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, José Manuel Albares, para que remitan a la Junta Electoral y a la Oficina del Censo Electoral la relación de los afectados, con la advertencia de que, si no lo hacen, podrán incurrir en responsabilidad penal y ser multados.
El Alto Tribunal considera «incomprensible» que la relación de inscritos en el CERA «no haya sido facilitada aún» y advierte que «resulta fundamental para la correcta conformación del censo electoral, pues sólo de ese modo responde a los principios de transparencia y objetividad del proceso electoral». El Supremo, cabe recordar, ya dictó hace mes y medio el primero de los autos que suspendía el derecho a voto de los nacionalizados por la instrucción de Puente.
Sólo 91 certificados
Según los datos facilitados al Supremo, se han revisado 31.390 expedientes, de los cuales los responsables de los Registros Consulares sólo han emitido 91 certificados de personas que sí han acreditado el exilio de sus ascendientes. Estos sí podrán votar en las elecciones del 29 de noviembre.
El Supremo se reconoce sorprendido por la tardanza del Gobierno puesto que «la Administración conoce perfectamente, porque ha tramitado y resuelto estos expedientes, la identidad de todas estas personas» por lo que «no se acierta a adivinar cuáles puedan ser las razones por las que no se haya facilitado a esta Sala la relación nominal de los electores, máxime cuando hay un proceso electoral convocado y, por aplicación de las medidas cautelares de suspensión impuestas, estas personas pueden verse imposibilitadas finalmente del ejercicio de su derecho al voto por la propia inacción de la Administración».
Exteriores ha respondido que «todos los consulados de España están realizando todos los esfuerzos necesarios desde el primer auto del Tribunal Supremo para cumplir con estos» y que se «redoblarán esfuerzos» si es necesario.