Puedes solicitar el paro de golpe: te contamos como hacerlo
Cómo solicitar todo el paro de golpe
El procedimiento para acceder al pago único de la prestación por desempleo en España, también conocido como capitalización del paro, se rige por una serie de requisitos establecidos por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Esta opción brinda la posibilidad a las personas desempleadas de recibir en un único desembolso la suma total acumulada que les correspondería por su prestación de desempleo, con el objetivo de facilitar iniciativas emprendedoras y de empleo autónomo.
Para ser elegible para este pago único, los beneficiarios deben cumplir ciertos criterios. Primero, deben presentar un proyecto que justifique la inversión del capital a recibir y especificar el destino de los fondos. Es esencial considerar que, una vez solicitado este pago único, deberán transcurrir varios años antes de que puedan optar nuevamente a este tipo de ayuda.
El porcentaje del pago único dependerá del tipo de proyecto a desarrollar, pudiendo cubrir hasta el 100% del importe necesario para la inversión. Además de la inversión inicial, una parte del total puede destinarse a cubrir las cuotas de la seguridad social del beneficiario como autónomo.
Es importante destacar que el pago único se realiza considerando la cuantía de la prestación calculada en días completos, descontando el importe correspondiente al interés legal del dinero. Este desembolso está exento del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) siempre que los fondos se destinen a la finalidad para la cual se concedieron, durante un plazo de cinco años. Esto incluye tanto la iniciación de actividades como autónomo, como la inversión en acciones o participaciones de una sociedad o cooperativa.
No se podrá solicitar una nueva capitalización en los cuatro años siguientes. Además, si solo se solicita la subvención de cuotas de Seguridad Social como autónomo, no se podrá acceder al pago único de la prestación que reste.
Requisitos para el pago único del paro
En cuanto a los requisitos para solicitar el pago único, aquellos que estén considerando opciones como:
- Desarrollar una actividad como autónomo: Esto no incluye a aquellos que se den de alta como trabajadores autónomos económicamente dependientes, firmando un contrato con una empresa con la que hubieran mantenido una relación contractual inmediatamente anterior a la situación legal de desempleo o que pertenezca al mismo grupo empresarial de aquella.
- Destinar el importe a realizar una aportación al capital social de una entidad mercantil de nueva creación o creada en un plazo máximo de 12 meses anteriores a la aportación, siempre y cuando se vaya a poseer el control efectivo de la sociedad, se vaya a ejercer en la misma una actividad profesional y se produzca un alta en la Seguridad Social en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar.
- Adquirir acciones de una sociedad mercantil y su posterior transformación en sociedad laboral o cooperativa.
- Incorporarse de forma estable como trabajadores en cooperativas o en sociedades laborales, aunque hayan mantenido un vínculo contractual previo con dichas sociedades. A partir del 1 de septiembre de 2023, también pueden adquirir la condición de persona socia trabajadora en la sociedad laboral o cooperativa con la que mantienen una relación laboral de carácter indefinido, siempre que reúnan todos los requisitos para ser persona beneficiaria de la prestación por desempleo de nivel contributivo, salvo el de estar en situación legal de desempleo.
Para aquellos que deseen iniciar una actividad como autónomo o por cuenta propia, los requisitos incluyen:
- Ser persona beneficiaria de una prestación contributiva por desempleo por cese total y definitivo de una relación laboral y estar pendiente de recibir, a fecha de solicitud del pago único, al menos tres mensualidades de la citada prestación.
- En el caso de capitalización del paro para personas trabajadoras con contrato indefinido de sociedades laborales o cooperativas que pretendan incorporarse como socias trabajadoras o de trabajo de dichas sociedades laborales o cooperativas, deben reunir todos los requisitos para ser beneficiarias de la prestación contributiva por desempleo, excepto el de encontrarse en situación legal de desempleo.
- Las personas beneficiarias de la prestación por cese de actividad necesitan tener pendiente de percibir como mínimo seis meses.
- No haber cobrado el pago único, en cualquiera de sus modalidades, en los cuatro años inmediatamente anteriores.
- Iniciar la actividad en el plazo máximo de un mes desde la resolución que conceda el pago único, y siempre en fecha posterior a la solicitud. Sin embargo, una vez realizada la solicitud, se puede iniciar la actividad y darse de alta en la Seguridad Social antes de la resolución del pago.
- Si se ha impugnado ante la jurisdicción social el cese de la relación laboral que ha dado lugar a la prestación por desempleo, cuya capitalización se pretende, la solicitud del pago único debe ser posterior a la resolución del procedimiento.
- Quienes en los 24 meses anteriores a la solicitud del pago único hayan compatibilizado el trabajo por cuenta propia con la prestación por desempleo de nivel contributivo, no tendrán derecho a obtener el pago único para constituirse como trabajadores o trabajadoras por cuenta propia o como personas trabajadoras autónomas socias de una sociedad mercantil.
- Si la cooperativa prevé en sus estatutos la posibilidad de que los socios o socias tengan que superar un periodo de prueba, haber superado dicho periodo. Aunque el derecho al pago único de la prestación se podrá aprobar, la persona solicitante únicamente lo percibirá cuando presente ante el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) el acuerdo del consejo rector de haber superado dicho periodo de prueba.
La solicitud puede realizarse a través de la sede electrónica del SEPE, en la propia oficina de prestaciones con cita previa, en cualquier oficina de registro público, o por correo administrativo. La rigurosidad en el cumplimiento de los requisitos es esencial para asegurar el acceso al pago único de la prestación por desempleo, ofreciendo así a los beneficiarios la oportunidad de emprender nuevas iniciativas con los fondos recibidos.
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