Es oficial y está confirmado por el Gobierno: se concede el IMV a los adultos que hayan encontrado trabajo aunque sus rentas suban más de 6.000 euros
Desde su creación en 2020, el IMV ha sufrido un incremento de casi el 60%
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Desde el 29 de mayo de 2020, que fue aprobado por el Consejo de Ministros, el Ingreso Mínimo Vital (IMV) ha ido subiendo cada año, sumando una cuantía acumulada de un 60% para un beneficiario individual, impulsada por las revalorizaciones anuales ligadas a las pensiones y por medidas excepcionales de protección frente a la inflación.
De una cuantía base inicial de 461,50 euros este 2026, ha subido hasta los 733,60 euros. Las condiciones para cobrar esta prestación económica se han ido relajando en los últimos años, facilitando su acceso. Entre las medidas que han hecho accesible el ingreso está la concesión de esta a personas cuyos ingresos superen los 6.000 euros anuales.
Cómo funciona el IMV
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) revisa la cuantía del IMV anualmente, basándose en el incremento de rentas del año anterior; aplica una escala por tramos de exención.
SI la cuantía de los ingresos percibidos no supera los 6.000 euros, el IMV no se verá reducido. Si en cambio, sí que se supera la cantidad, se aplica una exención del 50% sobre el exceso en el tramo general. Es decir, sólo la mitad del dinero que supere los 6.000 euros computará para rebajar la prestación. En casos donde la unidad de convivencia percibe los complementos por discapacidad o monoparentalidad, la exención sobre la cantidad que supere los 6.000 euros asciende al 55%.
Requisitos para solicitar el IMV
La gestión para poder acceder a la prestación de la Seguridad Social se realiza de manera telemática mediante los canales oficiales habilitados por la administración.
Los requisitos solicitados para acceder al IMV dependen del solicitante y su unidad de convivencia. En primer lugar, se debe acreditar residencia legal y continuada en España durante al menos el último año anterior a la solicitud y tener entre 23 y 65 años (a partir de los 18 años si tienes menores a cargo).
En cuanto a ingresos, la renta mensual media debe ser inferior a la cuantía del IMV. Una persona sola, el límite son 733,60 euros al mes. Por otro lado, se tiene en cuenta el patrimonio neto, sin contar la vivienda habitual. Para una persona sola, el límite de patrimonio máximo permitido es de 22.008 euros.
Las personas que viven con familiares deben llevar un mínimo de seis meses de convivencia antes de la solicitud. En caso de vivir solo, los menores de 30 años deben demostrar que llevan viviendo solos durante los 3 años anteriores. Los mayores de 30 tan sólo deben acreditar el último año.