La Audiencia de Sevilla no cree la séptima versión de Carcaño y da carpetazo a la causa contra su hermano
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La Audiencia de Sevilla no cree a Miguel Carcaño, que en su séptima y última versión señalaba a su hermano Francisco Javier Delgado como verdadero autor del asesinato de Marta del Castillo. Aunque quizá haya dicho por fin la verdad, tal y como creen los padres de la sevillana asesinada en enero de 2009, el tribunal considera que su «cuya credibilidad está totalmente destruida» y que su declaración es «absurda».
La Audiencia sí reconoce la presentación de documentación falsa para obtener la hipoteca de León XIII, lugar del crimen, pero los hechos estarían prescritos. Y la discusión a raíz de dicho préstamo que habría desencadenado en la pelea que acabó con la vida de Marta no ha quedado acreditada.
Así, la Audiencia de Sevilla ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por los padres de la víctima contra el auto del Juzgado de Instrucción nº 4 de Sevilla que ratifica su decisión previa de archivar las actuaciones incoadas contra Francisco Javier Delgado, toda vez que dichas diligencias fueron inicialmente archivadas en 2013 y reabiertas en 2020 a petición de la familia de Marta.
En este auto emitido el pasado 16 de febrero, adelantado por Diario de Sevilla y recogido por Europa Press, la Sección Tercera de la Audiencia respalda «la razonabilidad del auto (del juzgado) impugnado, en el que se acuerda el sobreseimiento provisional de las actuaciones tras valorar la nula credibilidad de la declaración de Miguel Carcaño y la ausencia de otros elementos probatorios que permitan atribuir a su hermano, Francisco Javier Delgado, intervención en la muerte de Marta del Castillo».
Con relación a Carcaño, condenado a 21 años y tres meses de cárcel, la Audiencia señala especialmente las «distintas narraciones que ha efectuado de la forma como ocurrieron los hechos, haciendo imputaciones caprichosas y contradictorias a otras personas a las que un día señalaba como autoras de la muerte de la menor y, otro, las exculpaba de forma irresponsable».
Carcaño «carece de credibilidad»
«La única prueba que, con los datos de los que se dispone, permite atribuir la muerte de Marta del Castillo a la acción de Francisco Javier D. M. es la declaración de su hermano, y ésta por los motivos ya indicados carece de credibilidad para sustentar dicha imputación», insiste la Audiencia.
Según dicha instancia, «ni el hecho de la posible discusión por motivos económicos o delictivos derivados de la obtención fraudulenta de una hipoteca permite inferir que se produjera la disputa indicada por Miguel Carcaño el día en el que se produjo la muerte de la menor, ni tampoco las datos que pueden derivarse de las pruebas periciales propuestas por la acusación particular pueden sustentar la pretensión que da lugar a estas actuaciones, pues la determinación de la hora en la que se utilizó el tensiómetro no determina que Francisco Javier estuviera en la vivienda de Leon XIII, ni tampoco un nuevo examen de los móviles aportaría datos relevantes sobre la participación de él en la muerte de Marta del Castillo», resume la Audiencia.
En ese marco, la Audiencia avala la decisión de denegar la petición de que declarasen de nuevo Miguel Carcaño y su hermano, así como un careo entre ambos, pues «la experiencia demuestra la inutilidad de dicha prueba para el esclarecimiento de los hechos».
Versión «absurda»
«La mera declaración de Miguel Carcaño no permite sostener la reapertura de la causa, y más cuando la misma, como bien se encarga de exponer el instructor, es ilógica, absurda y no está apoyada en dato objetivo alguno. En quien concurren motivos sobrados de incredibilidad subjetiva no cabe apoyar por más tiempo una imputación de delito como la efectuada, visto su quehacer en la larga investigación que ha provocado, en la que ha facilitado al menos siete versiones», determina la Sección Tercera de la Audiencia.
Es más, dicha instancia recuerda que la última versión de los hechos aportada por Carcaño, según la cual fue su hermano quien mató a la joven en el marco de una discusión por la hipoteca de su piso de la calle León XIII, «ha motivado una obligada investigación para diluir las lógicas expectativas abiertas en los familiares de la víctima, que debe concluirse, pues no se aportan datos objetivos que corroboren su versión y más cuando sus manifestaciones valoradas con inmediación resultan increíbles».
Por eso, la Audiencia acuerda desestimar el recurso de apelación de la familia, contra el auto emitido en mayo de 2021 por el Juzgado de Instrucción nº 4 desestimando ya su recurso inicial de reforma contra el auto del juzgado de abril de ese año en el que resolvía ya archivar estas actuaciones, reabiertas en 2020 ante la nueva documentación aportada por la familia de la víctima, según la cual para conseguir una hipoteca de 108.000 euros respecto a la vivienda de la calle León XIII donde fue cometido el crimen, fueron «falsificados» documentos como «nóminas, la vida laboral o declaraciones de la renta».
La hipoteca
Merced a ello, la familia de Marta del Castillo atisba un «posible fraude de falsificación de documentos» que a su juicio daría veracidad a la séptima versión de los hechos manifestada por Miguel Carcaño, con la que aseguraba que fue su hermano quien mató a la joven en el marco de una discusión por dicha hipoteca.
A la hora de decidir el nuevo archivo de estas actuaciones, ya sobreseídas en 2013 y reabiertas como se ha dicho en 2020, el juez instructor determinaba que «la trascendencia penal de estos hechos, en lo relativo a la presentación de una documentación falsa para obtener un préstamo hipotecario, es evidente, aunque también lo es que estos hechos estarían prescritos», toda vez que tal «trascendencia penal no alcanza a ir más allá de este extremo, sin poder determinar que de todo ello se siguiese un ulterior enfrentamiento entre los hermanos, ni menos aún que este enfrentamiento se hubiese materializado el día de la muerte de Marta del Castillo, que sería lo que podría valorarse como un dato relevante a los efectos» de esta línea de investigación.
«Por más que los datos aportados permitan comprender el modo de vida de los dos hermanos previo a los hechos, no alcanzan a establecer dato relevante para este procedimiento», insistía el juez, concluyendo que «las indagaciones no han aportado elemento alguno que lleve a comprobar el lugar de ubicación del cuerpo de la víctima, ni a establecer la posible participación de terceros en los hechos investigados, sin que la mera declaración de Miguel Carcaño, cuya credibilidad está totalmente destruida por los diversos cambios que ha venido dando en sus versiones, en las que ha hecho gala del mayor desprecio hacia el sufrimiento de la familia y hacia la verdad, pueda mantener por sí mismas las actuaciones».
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