Varapalo judicial a Adara Molinero por su pelea callejera con Marta Peñate
'Socialité' contó hace tres años que Adara Molinero y Marta Peñate habían protagonizado una brutal pelea en el centro de Madrid
Adara demandó a Telecinco por "inventar dicho incidente", pero su querella ha sido desestimada
Ocurría en 2021. Socialité se hacía eco de que Adara Molinero y Marta Peñate, ex concursantes de Gran Hermano y enemigas públicas, habían protagonizado una brutal pelea en pleno centro de Madrid en la que llegaron incluso a las manos. Así lo atestiguaba el programa el 31 de enero de ese mismo año. Según un testigo presencial, que aparecía con el rostro oculto y la voz distorsionada, fue Adara quien comenzó a gritar y a insultar a Marta, e incluso llegó empujarla en la Gran Vía al encontrarse de forma casual con ella. Por su parte, según se comentó Socialité, Peñate estuvo tranquila en todo momento.
Ante la emisión de esta información, Adara Molinero demandó a Telecinco por «intromisión ilegítima en sus derechos al honor y a la intimidad» por, según ella, inventar dicho incidente. Además, pedía el pago de una indemnización por daños y perjuicios. Sin embargo, esta querella ha sido finalmente desestimada al considerar acreditada, a través de la declaración del único testigo interviniente en el proceso, «la realidad del incidente narrado».
Según consta en la sentencia, en el curso de dicho incidente «la actora se dirigió insultando y de forma amenazante a la codemandada, deteniéndose solo cuando su acompañante le retiró, de suerte que la narración de las codemandadas se ajustó a lo ocurrido, no se utilizaron frases injuriosas no amparadas por la libertad de expresión y el hecho provocado por la actora se produjo en la vía pública, siendo la demandante un personaje público».
Aunque Adara Molinero discrepó asegurando que el testigo de los hechos no era «creíble», entre otras cosas porque «fue contactado por la codemandada más de un año después del incidente» y, a pesar de ello, «recordaba el suceso y las frases proferidas, y se contradijo con la codemandada en relación con la existencia de amenazas de muerte»; lo cierto es que el tribunal destaca que «no se aprecia motivo alguno para dudar de la veracidad de la declaración» de este y señala que «el hecho de que exista alguna imprecisión en relación con las expresiones proferidas no priva a su testimonio del suficiente valor probatorio».
Además, la justicia alude a que las declaraciones emitidas tanto en el programa como a través de sus redes sociales no sobrepasan los límites del derecho a la libertad de expresión y no constituyen intromisión ilegítima en los derechos al honor y a la intimidad de la demandante, al ser Adara Molinero «una persona conocida en el ámbito de los reality shows y los programas que se nutren de este tipo de entretenimiento, en los que ha participado lucrándose de ello».
Por ello, la justicia considera que «es notorio que, en este ámbito, el hecho relatado tenía un interés informativo específico, y que el grado de exposición buscado voluntariamente por la demandante hace disminuir proporcionalmente la protección a su derecho al honor». Además, se condena a Adara Molinero a pagar las costas del proceso.