Actualidad

Analizamos la sentencia

Miedo, acoso, lesiones y un año de cárcel: las claves del triunfo de Clara Chía sobre Jordi Martín

El Juzgado de lo Penal número 14 de Barcelona ha condenado a un año de prisión al paparazzi por acoso y lesiones a la novia de Piqué

Clara Chía dejó de ir al gimnasio, se escondió en el maletero de un coche y tuvo pavor a Jordi Martín

Clara Chía respira mucho más tranquila con su triunfo en los juzgados ante Jordi Martín. La novia de Gerard Piqué ha batallado durante un año para demostrar que fue acosada y lesionada por el paparazzi y los juzgados le han dado la razón. El juzgado de lo penal número 14 de Barcelona ha condenado al fotógrafo a un año de prisión, seis meses por cada delito. Además, le impone una orden de alejamiento a una distancia mínima de 1.000 metros por un periodo de u año y seis meses, así como el pago de una multa de 10.000 euros por daños morales. Del mismo modo, le obliga a abonar 3.130 euros más para cubrir así los gastos sanitarios que precisó la joven catalana.

La sentencia se queda lejos de la petición de la acusación particular, que solicitaba cinco años de cárcel y 70.000 euros. Por el contrario, la Fiscalía abogó por la absolución de Martín. Consideran probado el «acoso continuado». Un comportamiento que se llevó a cabo mediante «un aluvión de actos de vigilancia, persecución, referencias en las redes sociales, y demás descritos, solamente puede ser calificado como de actitud intimidatoria, generando el consiguiente amedrentamiento y desasosiego en la destinataria de tales actos».

Clara Chía por las calles de Barcelona / Gtres

La Justicia considera hecho probado que Clara Chía tenía razón en su demanda ante Jordí Martín y así lo explica el texto jurídico: «Desde el día 20 de agosto de 2022, y hasta el mes de mayo del año 2023, el Sr. Jordi Martín, fotoperiodista y reportero, ha seguido y vigilado de forma insistente y reiterada a la Sra. Clara Chía Martí quien hasta entonces era una persona anónima para el público en general, como consecuencia de haber iniciado ella una relación de pareja con una persona muy conocida, el Sr. Gerard Piqué tanto por su actividad profesional, de futbolista y empresario, como por su relación de pareja anterior con una cantante internacionalmente conocida, con la intención no solo de dar a conocer de quien se trataba, sino de alterar de forma relevante sus hábitos de vida, y de afectar a su indemnidad psíquica».

Una de las grandes preguntas es cómo ha considerado la Justicia que se han dado los delitos mencionados. En las líneas de la sentencia se encuentra la respuesta, y es que el propio Jordi Martín ha reconocido parte de los mismos: «Los hechos probados, han resultado cumplidamente acreditados en la vista oral, principalmente por la declaración de la víctima, por las distintas fuentes de corroboración que la misma ha tenido a través de testigos, de las periciales, y de la documental, e incluso del reconocimiento parcial de los mismos que ha hecho el propio acusado».

El juzgado de Barcelona se ampara en la intimidad que tiene un personaje a priori anónimo como Clara Chía y lo compara con el caso de su propia pareja: El Sr. Piqué, pese a ser una persona con cierto alcance público, tanto en su etapa profesional como futbolista, como por sus actividades profesionales posteriores, no se conoce, o al menos no se ha acreditado, que haya ofrecido entrevistas, o de algún modo distinto, haya dado a conocer detalles de su vida privada con su anterior pareja, y con sus hijos, lo que implica que siempre haya mantenido un reducto personal de intimidad también amplio».

Eso no implica que la catalana no fuera conocedora de que su perfil mediático se iba a multiplicar al salir con una persona famosa. Sin embargo, Jordi Martín «debía haberse quedado en actos de naturaleza social y en compañía de su pareja, y lo que no tuviera que ver con ello, supuso un exceso,y de ahí que entendamos que su conducta no puede venir amparada bajo el supuesto ejercicio del derecho a la información, y de ahí que exista el delito», reza la sentencia.

El punto más álgido de la sentencia llega cuando el magistrado expone cómo Jordi Martín acosó a Clara Chía:»Hizo una persecución permanente, llegando a invadir espacios privados, la boda de una amiga, el aparcamiento de la empresa, siguiéndolos a ella y su pareja por Barcelona e incluso más allá si decidían ir a pasar el fin de semana fuera. Estos seguimientos y persecuciones, no eran a distancia, sino justo lo contrario, haciéndose notar, grabando a lado de la persona, buscando el pleno contacto físico, en una actitud provocadora y agresiva, en espera de una reacción por su parte o su pareja, que hiciera más vendible la imagen captada por él».

Piqué y Clara Chía. (Foto: Gtres)

Y continúa: «Modificó sus hábitos de conducta, dejó de ir de ocio con las amigas, dejó de ir al gimnasio, necesitó, por la angustia y miedo que sufre, ir acompañada en todomomento, de su pareja u otras personas, al trabajo, y a otras actividades, incluso escondiéndose en maleteros de amigos para evitar al acusado. La relación con la familia se vio deteriorada, por tales limitaciones, y dejó de poder ir sola por la callecomo hasta entonces había hecho con normalidad.».

La actitud de Clara Chía en el juicio contra Jordi Martín

He aquí un punto cuando menos interesante de la sentencia y es el comportamiento gestual y dialéctico de Clara Chía. La novia de Piqué convenció al juez con siete puntos del carácter que resume así la sentencia.

1. Se ha mostrado segura a las preguntas de las partes.
2. Ha sido lo suficientemente concreta en la exposición, añadiendo
pequeños detalles que nos revelan que fue una situación real.
3. Ha tenido la suficiente claridad expositiva.
4. Su lenguaje gestual fue de plena convicción.
5. Ha tenido seriedad expositiva y expresividad descriptiva.
6. No ha incurrido en contradicciones relevantes y esenciales, no han
existido lagunas, y no se ha tratado de una declaración fragmentada.
7. Ha dado en definitiva un relato íntegro y real.

Clara Chía en un coche (Foto: Gtres).

En cuanto al apartado de lesiones, la Justicia se apoya en varios informes psicológicos. En uno de ellos (junio 2023) se esgrime una «sintomatología ansioso depresiva, y que eso ha afectado a su capacidad funcional, salidas al exterior, inseguridad, afectación laboral, ansiedad, depresión, tristeza, apatía, con altos niveles de angustia, e incluso ideas autolesivas».

Es importante destacar que a Jordi Marti le cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que deberá interponerse en el plazo de diez días desde su notificación. El tiempo corre en su contra, pero el paparazzi ya ha anunciado que buscará demostrar su verdad pese al fallo del juzgado de Barcelona.

Lo último en Actualidad

Últimas noticias