El Supremo tumba el recurso de Cerdán y le mantiene en la cárcel para que no destruya pruebas
Concluye que no hay motivos que justifiquen su puesta en libertad y que sigue el riesgo de destrucción de pruebas
Como ha revelado OKDIARIO, disfruta de privilegios en prisión: celda individual, visitas íntimas y trato preferente del director
El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado íntegramente el recurso de reforma interpuesto por Santos Cerdán, ex secretario de Organización del PSOE, contra el auto del pasado 18 de septiembre en el que el juez acordó que no había lugar a modificar la situación de prisión provisional, comunicada y sin fianza que le fue impuesta el pasado 30 de junio.
Así lo ha acordado este viernes el magistrado instructor del caso Koldo, Leopoldo Puente Segura, dictaminando que no hay motivos que justifiquen su puesta en libertad y que sigue el riesgo de destrucción de pruebas.
Santos Cerdán está imputado en la causa de presuntos amaños de obra pública a cambio de mordidas. El magistrado explica en el auto, de 10 páginas, que lo que trata de conjurarse con la situación de prisión provisional, comunicada y sin fianza, es «el riesgo» de que Santos Cerdán «pudiera alterar, ocultar o destruir fuentes de prueba relevantes para el enjuiciamiento».
Y subraya que los indicios apuntan a que Cerdán, en tanto que «pudiera ser la persona que negociaba con los pagadores y recibía después los cobros, distribuyéndolos luego entre sus colaboradores, es la persona, de entre todas las investigadas hasta este momento, que habría de tener cabal conocimiento del proceso completo y quien, en consecuencia, podría dificultar seriamente el devenir de la investigación, ocultando, destruyendo o alterando pruebas relevantes en los términos en los que se deja referido tanto en el auto que acordaba la prisión provisional como en el que ahora se recurre».
El magistrado señala que si esos elementos, esas pruebas relevantes estuvieran ya en la investigación, entonces la medida cautelar carecería de soporte legítimo, pero señala que «todavía no lo están, aunque se trabaja intensamente en su eventual hallazgo».
El instructor del caso Koldo explica en el auto que la investigación determinará el papel de Servinabar: «Será la investigación la que determine si en las obras posteriores, a las que el recurrente ahora se refiere, puede identificarse o no alguna participación de Servinabar, 2000, o si ésta permaneció por entero ajena a la adjudicación y ejecución de aquellas, por más que el método empleado en las adjudicaciones pudiera ser el mismo que el efectivamente utilizado con anterioridad en aquellas en las que Servinabar 2000 sí participó, precisamente formando U.T.E. con Acciona Construcción».
Además, considera que pensar que los audios están manipulados es una especulación.
La dimisión fue «coherente»
La defensa de Santos Cerdán también alegaba que la investigación de este caso provocó la renuncia de su cliente de su condición de diputado. A este respecto, el magistrado responde que la decisión de renunciar a la condición de miembro del Congreso es «coherente con la conveniencia de evitar que quien aparece judicialmente investigado por la posible comisión de graves delitos continúe paralelamente desarrollando tan alta función», pero que resulta, sin embargo, ajena a este instructor.
El recurrente argumentaba que dicha renuncia habría provocado que «el Gobierno no consiga sacar adelante la mayoría de las votaciones» en el Congreso de los Diputados, y considera que la investigación habría afectado a la inmunidad parlamentaria, insistiendo en que ésta habría sido violentada «de forma clara en este procedimiento y que de este atropello de su aforamiento es de donde nace la imputación que lo lleva a prisión provisional».
Puente responde a ello que la eventual incidencia que la renuncia «pudiera haber tenido o no en la suerte de las iniciativas del Gobierno» en la Cámara Baja, es cuestión que no le compete a él valorar.
Recientemente, el Tribunal Constitucional también ha inadmitido, por unanimidad, el recurso de amparo interpuesto por Santos Cerdán contra los autos que acordaron y confirmaron su prisión provisional. La decisión se adoptó «por falta de especial trascendencia constitucional».
Como ha revelado OKDIARIO este viernes, el ex secretario de Organización del PSOE disfruta de privilegios en la prisión de Soto del Real (Madrid), como celda individual, visitas íntimas y trato preferente del director, según sus compañeros de la cárcel.
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