PSOE y Sumar equiparan la amnistía del 1-O a las de Francia tras dos guerras de independencia colonial
PSOE y Sumar apelan a unas amnistías aplicadas tras un proceso violento de autodeterminación
El tribunal del 1-O avisa que la amnistía es «ilegal» pero teme que Pumpido la «constitucionalice»
Puigdemont asegura que «personas del PSOE» le ofrecieron el indulto si se entregaba
PSOE y Sumar han puesto en marcha la maquinaria para buscar encaje constitucional a la amnistía al independentismo por el 1-O que reclama Junts, los del ex presidente fugado Carles Puigdemont, para apoyar la investidura de Pedro Sánchez. El PSOE, dispuesto a conceder esa amnistía para seguir en Moncloa, está dejando que sea Sumar quien busque fórmulas para colar una medida que el Tribunal Supremo entiende «ilegal». Y apelan a unos precedentes europeos: las amnistías aplicadas por Francia tras los procesos de autodeterminación de Argelia y Nueva Caledonia, colonias francesas. Todo pese a que la ONU ha rechazado tajantemente el estatus de colonia para el caso catalán.
«Tiene encaje constitucional». Así defendía la amnistía hace unos días el protavoz de Sumar, Ernest Urtasun, al entender que ya ha sido aplicada en otros países europeos para «superar los efectos penales de un conflicto político para devolverlo a la política». El mismo argumento que planteaban las fuerzas independentistas en el texto de la Proposición de Ley Orgánica de Amnistía y Resolución del Conflicto Político entre Cataluña y el Estado español, que fue presentada en el Congreso de los Diputados en 2021. Instaba a olvidar de un plumazo todos los delitos cometidos por el independentismo desde 2013. No llegó a salir de la Mesa de la Cámara Baja: PP, Vox y PSOE tumbaron la propuesta.
En aquella iniciativa conjunta de Junts y ERC, el separatismo planteaba los antecedentes en Francia de leyes de amnistía para delitos políticos en el marco de los procesos de descolonización y autodeterminación que se dieron en la segunda mitad del siglo XX en Argelia y Nueva Caledonia. En el primero de los casos, tras una cruenta guerra que dejó cerca de medio millón de muertos entre 1954 y 1962. Aquella amnistía se produjo en el marco de los llamados Acuerdos de Evián, firmados en 1962 y que ponían fin a ese conflicto bélico, instando a las partes a poner en libertad a los presos de ambos bandos y promover la amnistía general. En ese acuerdo quedaron selladas también las bases del referéndum de autodeterminación que derivaría en la independencia de Argelia
La segunda de esas amnistías francesas en las que la izquierda ve un precedente para ajustar la que se pretende otorgar a Pugidemont fue la de Nueva Caledonia. También citada en la proposición de ley llevada por el separatismo al Congreso. En aquella ocasión, París dio por perdonados una serie de incidentes violentos de aspiración independentista en el territorio del Pacífico sur, que tras dos referéndums pactados sigue aún hoy vinculado al estado francés.
Los dos ejemplos que han asumido Sumar y el PSOE para justificar legalmente la amnistía han estado relacionados, por tanto, con dos procesos de descolonización -uno culminado y otro aún latente-. Una vía que la ONU dejó cerrada en los años del despertar separatista catalán, cuando en 2015 zanjó la vía de autodeterminación: «Cuando se habla de autodeterminación, hay algunas áreas que han sido reconocidas por las Naciones Unidas como territorios no autónomos. Pero Cataluña no está en esa categoría», advirtió el entonces secretario general de la ONU, Ban Ki Moon. Cataluña, según entiende el derecho internacional, no es una colonia de España, sino una parte de su territorio de pleno derecho.
Leyes del siglo XIX
Sin embargo, desde Sumar ya han advertido que la amnistía reclamada por los de Puigdemont «tiene encaje legal y puede salir adelante». Una conclusión que se extrae del análisis de un grupo de expertos formado por 20 juristas, cuya identidad permanece en secreto, y al que los de Yolanda Díaz han encargado retorcer la Constitución para encontrar una brecha en la que colar esa amnistía a delitos cometidos en el marco del 1-O. Entre ellos, el de malversación, un tipo de corrupción que el Gobierno de Pedro Sánchez ya rebajó para contentar a sus socios separatistas.
En esa búsqueda de agujeros legales por los que llevar la amnistía a buen puerto, Sumar también cita una ley vigente desde el siglo XIX: la de Enjuiciamiento Criminal. Según ha señalado Jaume Asens, el hombre al que Yolanda Díaz ha encargado el cortejo a Puigdemont, el artículo 666.4 de dicha ley cita la «amnistía como causa de extinción de responsabilidad penal». Una «prueba de su constitucionalidad». Sin embargo, dicho artículo no desarrolla la amnistía como tal, sino que simplemente establece un procedimiento para plantearlo antes del inicio de un juicio.
Sin encaje en la Constitución
La amnistía, al igual que ocurrió en su día con los indultos a los golpistas del 1-O, no tiene encaje legal posible. Así lo entiende el tribunal juzgador, el Supremo, tal y como recogió OKDIARIO en cuanto esta posibilidad volvió a la mesa de negociaciones para que Sánchez siga en Moncloa. Son, explicaban, unas exigencias «inviables» para los fiscales y magistrados que investigaron la consulta ilegal.
Fuentes judiciales consultadas por OKDIARIO aseguraban que la concesión de la amnistía a Puigdemont es ilegal. No hay debate entre las distintas fuentes consultadas. Sin embargo, temen que Cándido Conde-Pumpido, al que Sánchez colocó al frente del Tribunal Constitucional, pueda bendecirlo alegando que no está recogido en la Constitución.
La única amnistía que se ha concedido en España fue en 1977. Pero, añaden, se concedió ante una situación excepcional: en una transición de dictadura a una democracia en la que se optó por olvidar los delitos cometidos por los combatientes, aunque fuesen muy graves, para dar paso a un nuevo régimen. Pero, no cabe la posibilidad de su concesión en función de «las conveniencias políticas o coyunturales del momento» como ocurre en la actualidad.