La juez Lamela responde a los ex consellers fugados que no hay «persecución política»

Carmen Lamela
La juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela.

La juez Carmen Lamela ha negado este lunes que exista una «persecución política» a los miembros del Govern cesado e investigados por rebelión, tal y como afirmaba la defensa de los ex consellers huidos Antoni Comín y Meritxell Serret al recurrir las órdenes europeas de detención y entrega que dictó contra ellos.

En el auto en el que rechaza este recurso, la titular del Juzgado Central de Instrucción número 3 de la Audiencia Nacional destaca que a ninguno de ellos se les persigue «ni por sus ideas ni por defender la independencia de Cataluña sino por tratar de cambiar totalmente, al margen de las vías legales, la forma de Gobierno».

Añade que, precisamente «para obtener su propósito», se aprovecharon de su condición de consejeros para promover y utilizar «la fuerza intimidatoria y violenta de los sectores independentistas» a los que «llamaron a la insurrección».

Para ello, recuerda la magistrada, todos ellos «participaron decisivamente en los actos que desembocaron en la celebración de un referéndum independentista para lograr en España la secesión de la comunidad autónoma de Cataluña y su constitución en república independiente».

«Delitos nuevos»

Además de poner en duda la imparcialidad política de esta causa, la defensa de Comín y Serret, ejercida por el abogado Gonzalo Boye, criticó en su recurso que la juez hubiera añadido «delitos nuevos», como el de desobediencia y prevaricación, para pedir la detención y entrega de sus patrocinados a Bélgica.

A este respecto, Lamela aclara que la Fiscalía, al interponer la querella contra los responsables del Gobierno catalán, calificó los hechos de rebelión, que absorbería los de sedición, desobediencia y prevaricación.

«Y no son otros delitos los que se recogen en la resolución recurrida y en la OEDE (orden europea de detención y entrega) librada a la las autoridades belgas», subraya el auto.

La juez observa además que el letrado no puede representar como abogado a estos dos huidos porque no le han designado expresamente en este procedimiento y, por tanto, no consta que ejerza su defensa.

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