La Audiencia Nacional rechaza el último recurso de los Pujol: serán juzgados por organización criminal
La Audiencia Nacional ha confirmado el auto de procesamiento del magistrado de la Audiencia Nacional, José de la Mata, contra los Pujol, y ha ratificado que se puede juzgar al ex presidente de la Generalitat Jordi Pujol, a su mujer, Marta Ferrusola, y a sus siete hijos por delitos de organización criminal o asociación ilícita, blanqueo de capitales, delito contra la Hacienda Pública y falsedad documental. Sin embargo, el auto no ha entrado a valorar el hecho de que Ferrusola, como publicó en exclusiva OKDIARIO, tiene un informe forense que impide que sea juzgada debido a la enfermedad degenerativa que sufre.
La Fiscalía aún no ha presentado su escrito de acusación, por lo que, una vez resuelto este recurso, se espera que lo haga en breve. Pero aunque no ha presentado la calificación fiscal, sí que ha decidido que aunque no pueda juzgar a Ferrosla, sí que le pedirá el patrimonio con la aplicación del decomiso autónomo, tal y como publicó en exclusiva OKDIARIO.
Ratificación
La Sección Tercera de la Sala de lo Penal ratifica íntegramente el auto de De la Mata para todos los imputados en este procedimiento, a excepción del empresario Carlos Sumarroca Coixet, para quien se acuerda el archivo de la causa, y de Mercé Gironés, ex mujer de Jordi Pujol Ferrusola, a quien se le retiran dos delitos contra la hacienda pública.
Además de ratificar la decisión del instructor, la Sala también avala la competencia de la Audiencia Nacional pues, según explican en el auto, los actos nucleares se realizaron en el extranjero, fundamentalmente en Andorra, mediante el movimiento de fondos en efectivo de diversas cuentas abiertas en el extranjero, de las que eran titulares varios miembros de la familia Pujol, cuentas que, además, según el auto recurrido, fueron puestas a nombre de fundaciones controladas por dicha familia.
Los Pujol
La Sala, al igual que ya hiciera el magistrado instructor, describe los hechos que se les imputan como «una serie de actuaciones, prolongadas en el tiempo, de todos los miembros de la familia investigados, que el auto sustenta en los correspondientes elementos indiciarios extraídos de la labor instructor, determinando también, con igual engarce en las actuaciones, los respectivos papeles asumidos por cada miembro, en el plano provisional propio de esta fase procesal».
Los magistrados añaden en su escrito «que nos encontramos ante una asociación ilícita inicialmente, y una organización criminal con posterioridad, y no ante meros partícipes a título lucrativo, como en el recurso se califica a los restantes miembros de la familia, respecto de la actuación presuntamente lícita de Jordi Pujol Ferrusola».
El tribunal indica que el auto de De la Mata describe, enlazándolas con los indicios obtenidos, «una serie de actuaciones de la organización, presuntamente formada por los recurrentes, destinadas a orientar en determinada dirección diversas resoluciones administrativas, aprovechando el cargo del Sr. Pujol Soley al frente de la administración autonómica catalana, fruto de lo cual se obtenían importantes rendimientos económicos, que eran ingresados en cuentas bancarias en el extranjero y sometidos a diversos movimientos y transmisiones, para ocultar su origen ilícito».
Respecto a la calificación de los hechos como asociación ilícita u organización criminal, los jueces dicen que, el auto del instructor, relata una actuación claramente concertada de todos los integrantes de la familia Pujol consistente en la apertura y cierre simultáneo de cuentas bancarias en el extranjero, así como de movimientos de fondos entre ellas, que indiciariamente obedece a una estrategia orientada a ocultar su origen y que el auto conecta con operaciones ilícitas determinadas que tuvieron como consecuencia determinadas resoluciones de la administración autonómica catalana.
El tribunal deja también sentará en el banquillo a los empresarios investigados en esta causa, a excepción del constructor Carlos Sumarroca, para quien archiva la causa al no haberse acreditado indicios de su participación en los hechos que se le imputaban junto a su hijo.