La Audiencia Nacional aplica la Ley de Amnistía de Sánchez a doce CDR procesados por terrorismo
La decisión llega tres meses después de que el TJUE avalara el perdón de estos delitos de terrorismo
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La Audiencia Nacional ha aplicado la Ley de Amnistía a los doce miembros de los autodenominados Comités de Defensa de la República (CDR), que fueron procesados por terrorismo debido a la planificación de tomar acciones violentas contra edificios en Cataluña en respuesta a la sentencia del procés en 2019.
En un auto, el tribunal amnistía a los doce investigados, que aún no habían sido juzgados, tres meses después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) avalara el perdón de los delitos de terrorismo cuando no comporten vulneraciones graves de los derechos humanos.
Los magistrados de la Sala de lo Penal declaran el sobreseimiento libre de las actuaciones contra los doce miembros de los CDR «por extinción de su responsabilidad penal». La Audiencia Nacional les procesó por pertenencia al Equipo de Respuesta Táctica (ERT), una célula integrada por un núcleo radicalizado compuesto por individuos procedentes de diferentes CDR.
La Audiencia Nacional dejó en suspenso el proceso contra los CDR en septiembre de 2024, cuando estaban a punto de ser juzgados, y elevó una cuestión prejudicial ante la justicia europea para que se pronunciara sobre si la amnistía de este caso contravenía el derecho comunitario y, en concreto, la directiva europea antiterrorista.
En una sentencia del pasado mes de julio, el TJUE falló que la amnistía de ese tipo de delitos «no menoscaba» la directiva europea antiterrorista ni vulnera la normativa comunitaria, pero dejó en manos de la Audiencia Nacional la decisión sobre si el caso de los CDR debía quedar excluido de la ley.
En su auto, la Sección Tercera de la Audiencia Nacional se remite a la sentencia de la justicia europea y concluye que, en consecuencia, deben incluirse en la Ley de Amnistía los hechos investigados en la causa contra los doce CDR, que fueron detenidos en 2019, semanas antes de la sentencia del procés, en el marco de la llamada Operación Judas desplegada por la Guardia Civil.
Esos hechos, añade el auto, «aunque calificados provisionalmente de un posible delito de terrorismo, no suponen graves violaciones intencionadas de derechos humanos», de acuerdo con el derecho comunitario y el internacional humanitario.
Los doce integrantes de los CDR fueron procesados por presuntamente pertenecer a una facción radicalizada de estos grupos –el autodenominado Equipo de Respuesta Táctica (ERT)– que supuestamente estaba planeando sabotajes o acciones violentas en sedes oficiales de Cataluña en respuesta a la sentencia del procés.
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