¿Tu empresa te puede obligar a ir a trabajar con una alerta roja por el tiempo?
Muchos se plantean qué pasa en caso de no acudir a trabajar por darse estas circunstancias
El paso de la DANA por España ha dejado carreteras colapsadas y más de 100 fallecidos. Sin embargo, este fenómeno ha tenido un mayor impacto en la Comunidad Valenciana, donde ha dejado a su paso una lista de daños que todavía son incalculables.
Ante esta situación, muchos se cuestionan si se podría haber evitado poner en riesgo a las personas si algunas empresas hubiesen cesado su actividad mientras la alerta de la Aemet estaba activa. Con este contexto, muchos se preguntan cuál es la responsabilidad de las empresas que han expuesto a sus empleados a esta situación, así como qué consecuencias puede tener para los trabajadores no acudir a su puesto de trabajo en el caso de que se declare la alerta roja o amarilla por unas circunstancias similares.
¿Se puede faltar al trabajo por alerta roja?
Durante esta semana la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha insistido en la «responsabilidad de todas las empresas» para que no exijan a sus empleados acudir a sus puestos de trabajo en las zonas afectadas por la DANA, y ha recordado que «existe la obligación de proteger la vida de los trabajadores y las trabajadoras». Un derecho a la protección frente a los riesgos laborales que está recogido en el artículo 14 de la Ley de prevención del riesgo.
De igual forma, el artículo 21 de la ley de Prevención de Riesgos Laborales también reconoce a los trabajadores que estén o puedan estar expuestos a un riesgo grave e inminente, el derecho a una protección eficaz en materia de seguridad en el trabajo, además de «el derecho a negarse a trabajar si las condiciones de trabajo son peligrosas con riesgo grave para los trabajadores».
Las obligaciones del empresario
El artículo 21 de esta ley de Prevención de Riesgos es el que recoge que hacer ante estas situaciones tanto de alerta roja como amarilla ante la llegada de una DANA. En estos casos, el empresario tiene la obligación de:
- Informar cuanto antes a los trabajadores afectados acerca de la existencia de este riesgo y comunicar a los empleados las medidas adoptadas por la empresa.
- Avisar de que en caso de peligro grave los trabajadores pueden cesar su actividad laboral o incluso abandonar su puesto de trabajo. En caso de que el peligro persista, no se puede obligar a los empleados a regresar al trabajo.
- Disponer lo necesario para que el trabajador que no pueda ponerse en contacto con su superior jerárquico, ante una situación de peligro conozca los medios que están a su disposición y pueda evitar las consecuencias de dicho peligro.
Los derechos del trabajador
Igualmente, en el artículo 21 de la ley de Prevención de Riesgos también se establece cuáles son los derechos de los trabajadores ante estas situaciones de peligro, cuando se ha activado la alerta roja o amarilla como consecuencia de una DANA. En este caso, este artículo aclara que los trabajadores pueden abandonar el lugar de trabajo sin sufrir ninguna represalia por ello. Estos son los puntos más destacados:
- Interrumpir su actividad y abandonar el lugar de trabajo, cuando esta actividad tenga un riesgo grave para la vida.
- Cuando el empresario no adopte las medidas necesarias para proteger a los trabajadores, los representantes legales de estos pueden acordar por mayoría paralizar la actividad.
- Los trabajadores o sus representantes no podrán sufrir perjuicio alguno derivado de la adopción de las medidas a que se refieren los apartados anteriores.
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