Es oficial y ya está en vigor: la Seguridad Social confirma la jubilación anticipada en España con 40 años cotizados sin recorte de la pensión
Tener 40 años cotizados puede servir para una jubilación anticipada sin perder pensión
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Aquellos trabajadores que empezaron a trabajar muy jóvenes y acumulan 40 años de cotización, se preparan para un posible cambio en la jubilación anticipada. En la actualidad aunque se haya cotizado durante cuatro décadas, si se opta por el retiro antes de llegar a la alcanzar edad ordinaria se puede sufrir una reducción en la pensión. Y esa rebaja no desaparece al cumplir posteriormente la edad legal de jubilación, sino que acompaña al pensionista para siempre. Algo que como decimos, puede que cambie en breve tal y como ya ha confirmado la Seguridad Social.
Recientemente el Congreso ha dado un paso para cambiar esta situación. En concreto, el Pleno aprobó el pasado 22 de septiembre la toma en consideración de una proposición de ley que plantea eliminar los coeficientes reductores cuando el trabajador tenga, al menos, 40 años cotizados. La iniciativa obtuvo 178 votos a favor, 33 en contra y 136 abstenciones. Eso sí, todavía debe superar la tramitación parlamentaria antes de convertirse en ley.
La Seguridad Social confirma la jubilación anticipada en España con 40 años cotizados
En la actualidad, adelantar la jubilación tiene consecuencias sobre la cantidad que finalmente se cobra. La Seguridad Social aplica unos coeficientes reductores cuyo porcentaje depende de factores como los meses que se adelante el retiro y los años que haya cotizado el trabajador. Pero la reforma que ha iniciado su recorrido en el Congreso quiere introducir una excepción para las carreras laborales especialmente largas. De este modo, si una persona acredita 40 años de cotización, dejarían de aplicársele esos coeficientes. pudiendo acceder a la jubilación anticipada sin que el hecho de adelantar el retiro redujera su pensión por esta causa.
No supone, sin embargo, que cualquier persona que alcance los 40 años cotizados pueda dejar de trabajar inmediatamente. Los requisitos para acceder a la jubilación anticipada seguirían existiendo. El cambio se centra en la cantidad que se cobra una vez reconocido el derecho a jubilarse antes de tiempo. La medida alcanzaría tanto a quienes se jubilan anticipadamente de manera voluntaria como a aquellos que tienen que hacerlo por circunstancias ajenas a su voluntad.
Jubilación voluntaria e involuntaria
En la jubilación anticipada voluntaria se puede adelantar el retiro hasta dos años respecto a la edad ordinaria, siempre que se cumplan las condiciones exigidas. Entre ellas se encuentra haber cotizado un mínimo de 35 años. Si la reforma sale adelante tal y como está planteada, quien llegue a los 40 años de cotización conservaría estos requisitos, pero no sufriría el recorte asociado al adelanto. Distinto es el caso de la jubilación anticipada por una causa no imputable al trabajador. Aquí el retiro puede adelantarse hasta cuatro años. Se exige, con carácter general, haber cotizado al menos 33 años y estar inscrito como demandante de empleo durante los seis meses anteriores a solicitar la jubilación.
Los que ya están jubilados también podrían beneficiarse
El texto no se olvida de quienes se jubilaron anticipadamente en años anteriores y actualmente cobran menos debido a estos coeficientes. Este es uno de los puntos que puede tener mayor repercusión si finalmente la reforma acaba aprobándose. Las personas que se encuentren en esa situación y acrediten 40 años cotizados podrían pedir al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) una revisión de su pensión. El organismo tendría que volver a calcularla conforme a las nuevas reglas.
Si de esa revisión resultara una cantidad superior, el pensionista pasaría a cobrar el nuevo importe. Hay, sin embargo, un detalle importante y es que según el texto planteado, los efectos económicos comenzarían desde la fecha en la que se solicitara la revisión. No se contempla que se abonen automáticamente todas las cantidades dejadas de percibir desde el momento de la jubilación. De aprobarse, por tanto, el cambio no afectaría únicamente a quienes estén pensando ahora en jubilarse. También abriría una vía para revisar determinadas pensiones que ya se están cobrando.
Cuándo se podrá pedir la jubilación sin penalización
La eliminación de los coeficientes reductores para quienes sumen 40 años cotizados todavía no puede solicitarse a la Seguridad Social. Lo que aprobó el Congreso el 22 de septiembre fue la toma en consideración de la proposición de ley. Es decir que los diputados dieron luz verde a que la iniciativa siga adelante y sea debatida, pero eso no equivale a que el cambio haya entrado ya en vigor. Durante la tramitación podrán presentarse enmiendas y el contenido puede sufrir modificaciones. Después tendrá que continuar el procedimiento parlamentario correspondiente hasta su aprobación definitiva.
Mientras tanto, siguen vigentes las reglas actuales, de modo que una persona que solicite ahora la jubilación anticipada puede seguir viendo reducida su pensión aunque haya cotizado durante 40 años. El propio texto fija además el momento a partir del cual comenzaría a aplicarse el cambio: la ley entraría en vigor cuando se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Hasta que eso ocurra, los trabajadores que estén valorando adelantar su jubilación deben hacer los cálculos conforme a la normativa que está actualmente en vigor.