Lo ha confirmado la Seguridad Social y es oficial: se concede la jubilación anticipada a los trabajadores co 40 años cotizados y cobrando el 100% de la pensión
Cuándo entra en vigor el poder jubilarse de forma anticipada y sin penalización
Los funcionarios expertos del INSS coinciden sobre la jubilación: «La pensión debe solicitarse en los 3 meses anteriores o posteriores al cese»
La Seguridad Social y los abogados laboralistas coinciden: estos son los mejores meses del año para jubilarse y esta es la razón

La jubilación anticipada puede dar un giro importante para miles de trabajadores que llevan prácticamente toda una vida cotizando. Hasta ahora, retirarse antes de alcanzar la edad ordinaria suponía tener que hacer frente una rebaja en la pensión, incluso cuando se tienen 40 años de cotizaciones. Se trata de personas que en muchos casos empezaron a trabajar muy jóvenes y que, pese a sumar cuatro décadas aportando a la Seguridad Social, podían terminar cobrando menos durante toda su jubilación por haber adelantado el retiro.
Pero ahora parece que llega un cambio y el primer paso ya se ha dado en el Congreso. El pasado 22 de septiembre, la Cámara Baja dio vía libre a la tramitación de la propuesta con 178 votos a favor, 33 en contra y 136 abstenciones. El objetivo es que quienes sumen 40 años cotizados puedan adelantar su jubilación sin que eso suponga cobrar menos. De momento, sin embargo, las condiciones siguen siendo las mismas que hasta ahora. La iniciativa tiene todavía recorrido parlamentario por delante y los coeficientes reductores continuarán aplicándose mientras no haya una nueva ley publicada en el BOE.
Jubilación anticipada con 40 años cotizados y el 100% de la pensión
Cuando alguien se quiere jubilar de forma anticipada, sabe que la Seguridad Social utiliza unos coeficientes reductores que varían según los meses que se adelante el retiro y el tiempo que haya cotizado cada trabajador. Es decir, que cuanto mayor sea el adelanto, mayor puede ser también la rebaja. Sin embargo, la propuesta ahor tramitada introduce una excepción muy concreta: los 40 años cotizados, de modo que los que lleguen a ese periodo podría jubilarse anticipadamente sin sufrir el recorte que corresponde por adelantar su retiro.
Eso es lo que se entiende en este caso por cobrar el 100% de la pensión. No significa que todas las personas con 40 años cotizados vayan a cobrar la pensión máxima. La cantidad seguirá dependiendo de la situación y de las cotizaciones de cada trabajador, pero parece que sí que se va a eliminar la penalización que actualmente se aplica por jubilarse antes, algo que muchos van a celebrar porque hasta la fecha incluso adelantar dos años la jubilación puede traducirse en una reducción considerable de la prestación que después se mantiene durante toda la vida del pensionista.
Quién podrá acogerse a esta jubilación anticipada
El cambio planteado afecta tanto a quienes se jubilan anticipadamente de manera voluntaria como a los trabajadores que lo hacen por circunstancias ajenas a su voluntad. En la jubilación anticipada voluntaria se puede adelantar el retiro hasta dos años respecto a la edad ordinaria, siempre que se cumplan los requisitos establecidos. Entre ellos está haber cotizado al menos 35 años. Para la jubilación anticipada involuntaria el margen es mayor. El retiro puede adelantarse hasta cuatro años y se exige un mínimo de 33 años cotizados, además de cumplir otras condiciones. Por ejemplo, el trabajador debe haber permanecido inscrito como demandante de empleo durante al menos seis meses antes de solicitar la jubilación.
La nueva propuesta no elimina estos requisitos. Lo que cambia es la penalización económica para quienes hayan llegado a los 40 años cotizados. Si la norma se aprueba tal y como está planteada, estos trabajadores quedarían fuera de los coeficientes reductores.
Qué ocurre con las personas que ya están jubiladas
Los que ya están jubilados también podrían beneficiarse ya que la medida no se quedaría únicamente en quienes se jubilen a partir de su entrada en vigor. También se ha pensado en aquellos pensionistas que se retiraron antes de tiempo después de haber cotizado 40 años y a los que se les aplicó una reducción en la pensión. En su caso, habría una opción para revisar la cantidad que cobran actualmente.
Para hacerlo tendrían que solicitar al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) un nuevo cálculo de su pensión. Si al eliminar la penalización la cantidad resultante fuera mayor, pasarían a percibir la nueva cuantía desde que presentaran la solicitud. Eso sí, no se devolverían las cantidades que se dejaron de cobrar durante los años anteriores. El cambio tendría efectos económicos a partir de la petición del pensionista y no desde la fecha en la que se jubiló.
Todo esto está recogido en la propuesta que se tramita en el Congreso. Por eso, quienes ya estén jubilados tampoco pueden solicitar todavía esta revisión al INSS. Habrá que esperar a que termine el proceso parlamentario y comprobar cómo queda finalmente redactada la norma.
Cuándo se podrá pedir la jubilación sin penalización
Aquí está la cuestión que puede generar más confusión. El Congreso ha aprobado que la propuesta siga adelante, pero no ha aprobado todavía definitivamente la nueva jubilación anticipada con 40 años cotizados. Ahora comienza una tramitación en la que los grupos parlamentarios pueden presentar enmiendas y modificar el texto. Después deberá superar las diferentes fases previstas antes de convertirse definitivamente en ley.
El texto establece que el cambio comenzaría a aplicarse cuando la ley se publique en el Boletín Oficial del Estado. Será ese momento, si la propuesta supera todo el recorrido parlamentario manteniendo esta medida, cuando los trabajadores con 40 años cotizados podrán acogerse realmente a la jubilación anticipada sin sufrir un recorte en su pensión por haber adelantado el retiro.