Importante si cobras el Ingreso Mínimo Vital: anuncio confirmado de la Seguridad Social
El Gobierno ha anunciado una nueva ayuda de 700 euros
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La nueva ayuda de 400 euros que casi nadie conoce: sólo piden estos requisitos
El Gobierno ofrece diversas ayudas, entre ellas, el Ingreso Mínimo Vital (IMV), para quienes se encuentran en situaciones de gran vulnerabilidad y tienen dificultades para cubrir gastos esenciales. Desde su implementación en junio de 2020 hasta agosto de 2024, el IMV ha beneficiado a 886.255 hogares, brindando protección a 2.634.246 personas, de las cuales el 43,5% son menores de edad. Según el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), la cuantía media del IMV es de 479,2 euros, habiéndose destinado más de 11.777 millones de euros para esta prestación.
Además del IMV, existe otra ayuda que puede llegar a los 700 euros mensuales, o 784 euros si se tienen menores a cargo. Esta prestación es compatible con otros subsidios, siempre que no cubran los mismos gastos. Los solicitantes deben cumplir ciertos requisitos, como tener ingresos familiares por debajo de un umbral específico y haber residido en España de manera continua durante al menos un año. La solicitud se puede realizar a través de la sede electrónica de la Seguridad Social con un certificado digital o Cl@ve, o bien por correo electrónico.
La nueva ayuda de 700 euros de la Seguridad Social
El Gobierno de ha anunciado una nueva ayuda de hasta 700 euros mensuales para cubrir necesidades básicas como el alquiler, la alimentación y los servicios esenciales. Sin embargo, es necesario cumplir ciertos requisitos para acceder a esta prestación.
En primer lugar, los solicitantes deben encontrarse en una situación de vulnerabilidad económica, con ingresos familiares por debajo de un umbral que varía en función del número de miembros de la unidad familiar. Generalmente, los ingresos deben ser al menos 10 euros inferiores a la cantidad garantizada por el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Además, es indispensable demostrar residencia legal en España durante al menos un año y estar registrados en los servicios sociales locales, lo que asegura una evaluación precisa de la situación económica.
Para solicitar la ayuda, hay dos opciones: a través de la sede electrónica de la Seguridad Social con certificado digital o sistema Cl@ve, o enviando la solicitud por correo electrónico. Esta ayuda es compatible con el IMV y, si hay menores a cargo, puede aumentar hasta los 784 euros. Sin embargo, no se puede usar para cubrir los mismos gastos que otras ayudas, como por ejemplo para pagar el alquiler si ya se recibe el Bono Alquiler Joven.
Ingreso Mínimo Vital (IMV)
El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación que busca reducir el riesgo de pobreza y exclusión social, destinada a personas que viven solas o en una unidad de convivencia y carecen de ingresos suficientes para cubrir necesidades básicas. Este derecho, que forma parte del sistema de protección de la Seguridad Social, garantiza un nivel mínimo de ingresos y busca mejorar las oportunidades de inclusión social y laboral de sus beneficiarios.
Requisitos
El Ingreso Mínimo Vital (IMV) puede ser solicitado por diversas personas que cumplen con ciertos criterios establecidos por la Seguridad Social. Entre los beneficiarios se incluyen quienes forman parte de una unidad de convivencia, siempre que tengan al menos 23 años y capacidad jurídica propia. También pueden solicitarlo las personas que no forman parte de una unidad de convivencia pero comparten domicilio con esta, siempre que no estén casadas, no sean pareja de hecho y no pertenezcan a otra unidad.
Las personas entre 23 y 29 años deben haber vivido de forma independiente los dos años anteriores, mientras que los mayores de 30 años deben haber residido fuera del domicilio de sus progenitores en el último año, salvo casos excepcionales como el fallecimiento de estos. Además, se consideran beneficiarios a las mujeres víctimas de violencia de género, trata o explotación sexual, personas sin hogar, y jóvenes de entre 18 y 22 años que provengan de centros de protección de menores o que sean huérfanos absolutos y vivan solos.
Asimismo, los requisitos para recibir el IMV incluyen tener residencia en España, habiendo vivido ininterrumpidamente en el país durante al menos un año, salvo para ciertos casos excepcionales como víctimas de violencia de género o menores que se integran a una unidad de convivencia. También es necesario estar en una situación de vulnerabilidad económica, con ingresos mensuales que no superen los límites establecidos según la unidad familiar, y no exceder ciertos niveles de patrimonio.
Solicitud
El trámite se puede realizarse online a través de dos vías: sin certificado digital, completando un formulario en el sitio web de la Seguridad Social, o con certificado digital o Cl@ve, mediante un formulario PDF en el que se adjuntan los documentos requeridos.
Cuantía
Las cuantías del IMV varían según la composición de la unidad de convivencia. A mayor número de miembros, especialmente menores, más alta es la renta garantizada. Por ejemplo, un adulto solo recibe 604,21 euros al mes, mientras que un adulto con un menor recibe 785,48 euros. La cantidad sigue aumentando conforme se añaden más miembros, alcanzando los 1.329,27 euros al mes para unidades con un adulto y cuatro menores o más, o para familias con tres adultos y varios menores.
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