El BOE lo hace oficial: los jubilados pueden recuperar el 100% de su pensión al dejar de trabajar
La jubilación flexible mejorada entró en vigor el pasado agosto y permite recuperar el 100% de la pensión
La Seguridad Social ha hecho un pronunciamiento reciente sobre la jubilación flexible mejorada, que da la opción de recibir una parte de la nómina mientras que realiza una actividad laboral por cuenta ajena o propia. El Boletín Oficial del Estado también confirma que los jubilados podrán recuperar hasta el 100% de las cantidades correspondientes una vez dejen de trabajar. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre la jubilación flexible mejorada de la Seguridad Social.
El año 2027 llega con varios cambios en materia de pensiones y el más importante tiene que ver con un nuevo retraso en la edad de jubilación. Conforme dicta la Ley 27/2011 aprobada en su día por el Gobierno de Zapatero, los que no cumplan con un mínimo de 38 años y seis meses cotizados durante su vida laboral tendrán que esperar hasta los 67 años para recibir el 100% de la pensión. Esta es la norma más importante que cambia desde el 1 de enero, además de los nuevos requisitos para acogerse a la jubilación anticipada o la nueva subida de las pensiones contributivas prevista para el próximo año.
En los últimos años, desde el Gobierno también se vienen aprobando normas para fomentar que los trabajadores sigan cotizando en la Seguridad Social y por ello han bonificado a los españoles que sigan manteniendo su actividad laboral, incluso siendo ya beneficiarios de una pensión contributiva de jubilación. Esto lo permite la jubilación flexible mejorada, establecida en el Real Decreto 416/2026 y que fue renovada el pasado 8 de agosto de 2026. Esta modalidad de la Seguridad Social permite a los jubilados cobrar una parte de la pensión mientras desarrollan una actividad laboral por cuenta propia o ajena.
Los jubilados pueden recuperar el 100% de la pensión
«La jubilación flexible mejorada ya es una realidad. Más opciones para compatibilizar trabajo y pensión, con nuevos incentivos económicos y más flexibilidad para quienes quieran seguir en activo tras la jubilación», anunció en su día la Seguridad Social con un mensaje en las redes sociales donde informó sobre las buenas nuevas en materia de jubilación.
Y es que esta jubilación flexible mejorada permite trabajar a estos jubilados con una jornada parcial de entre el 33% y el 80%. En los últimos meses se ha incluido dentro de esta terna a los trabajadores autónomos, que podrán recibir el 25% de su pensión independientemente de las horas realizadas en la jornada.
Otra de las novedades tiene que ver con un aumento de los incentivos para los jubilados que vuelvan a trabajar seis meses después de haber accedido a la pensión, que podrá subir hasta un 25% mientras que trabaja de forma parcial. Además, la Seguridad Social también entregará la pensión íntegra al trabajador cuando finalice esta actividad laboral.
«Desde ahora, quienes compatibilicen su pensión con un trabajo por cuenta ajena podrán trabajar entre un 33% y un 80% de la jornada, percibiendo una pensión acorde con esa jornada, además de su salario. Junto a ello, se mejoran los incentivos económicos que reciben», informaron sobre esta modalidad de jubilación desde la Seguridad Social. «Si la jornada se sitúa entre el 33% y el 54%, el importe de la pensión se incrementa en un 15%. Y si la jornada se sitúa entre el 55% y el 80%, ese incremento será del 25%. También ampliamos las posibilidades para quienes quieran desarrollar una actividad por cuenta propia», informó el secretario de Estado de la Seguridad Social, Borja Suárez Corujo.
«En este caso, las personas jubiladas que no hayan estado dadas de alta como autónomas en los tres años anteriores a su jubilación podrán compatibilizar esa actividad por cuenta propia con el cobro del 25% de su pensión. Y cuando finalicen su actividad, recuperarán el 100% de la pensión», informaron sobre las buenas nuevas para los trabajadores autónomos que se acojan a esta modalidad.
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