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Los abogados laboralistas expertos coinciden: «Tu antigüedad es la del primer contrato, no cuando te contrataron en la empresa definitiva o te hicieron indefinido»

Cuando llevamos varios años trabajando en una empresa es fácil dar por hecho que nuestra antigüedad está más que reconocida. Sin embargo, basta con mirar una nómina para comprobar la fecha que realmente está teniendo en cuenta la compañía y puede que no sea la que esperábamos. Esto ocurre especialmente cuando antes de conseguir un contrato indefinido hemos pasado por varios contratos temporales, hemos trabajado a través de una ETT o se ha producido una subrogación.

Precisamente sobre este asunto ha advertido la cuenta especializada en información laboral @empleadoinformado en TikTok. «Tu antigüedad en la empresa es tu bien más preciado», explica en uno de sus vídeos. Y no es una cuestión menor ya que la fecha reconocida puede influir en la indemnización que nos corresponda ante determinados despidos y también en algunos complementos salariales establecidos por convenio.

Los abogados laboralistas expertos coinciden: «Tu antigüedad es la del primer contrato»

El primer motivo que señala @empleadoinformado tiene que ver con el despido. «Si te despiden, tu indemnización se calcula en base a tu salario y tu antigüedad. A más antigüedad, más indemnización, explica. El Estatuto de los Trabajadores permite comprobar su importancia, por ejemplo, en el despido improcedente. Su artículo 56 establece actualmente una indemnización de 33 días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos inferiores al año y con un máximo de 24 mensualidades. Por tanto, que la fecha reconocida sea varios años posterior puede acabar teniendo consecuencias en el cálculo.

Pero no sólo debemos acordarnos de la antigüedad cuando llega un despido. La cuenta señala otro motivo: algunos convenios colectivos contemplan complementos relacionados con el tiempo que el trabajador lleva en la empresa, como los conocidos trienios. Eso no significa que todos los empleados tengan derecho automáticamente a cobrarlos. El artículo 25 del Estatuto de los Trabajadores establece que esta promoción económica se determinará mediante convenio colectivo o contrato individual.

Para saber qué fecha nos reconoce la empresa, @empleadoinformado recomienda empezar por revisar la nómina y localizar el apartado en el que aparece la antigüedad. Después habrá que compararla con nuestra trayectoria laboral. «Tienes que asegurarte de que coincida con la del primer contrato»», advierten desde la cuenta. Entre los casos que mencionan están los trabajadores que han pasado de contratos temporales a indefinidos. Que posteriormente nos hagan indefinidos no supone necesariamente que todo el tiempo trabajado anteriormente desaparezca a efectos de antigüedad.

Aquí entra en juego la denominada doctrina de la unidad esencial del vínculo, aplicada por el Tribunal Supremo. Cuando existe continuidad en la relación laboral, la antigüedad puede retrotraerse al comienzo de la prestación de servicios aunque durante ese periodo se hayan sucedido diferentes contratos. Además, una interrupción entre contratos no implica necesariamente que se pierda toda la antigüedad anterior. Los tribunales analizan las circunstancias concretas y la trayectoria laboral en su conjunto para determinar si se mantiene esa unidad del vínculo.

Qué pasa si has trabajado mediante una ETT o existe una subrogación

El vídeo también pone el foco en quienes comenzaron trabajando mediante una empresa de trabajo temporal antes de incorporarse directamente a la compañía. «Tu antigüedad es la del primer contrato, no cuando te contrataron en la empresa definitiva o te hicieron indefinido», señala @empleadoinformado. Sin embargo, conviene matizar esta afirmación. Haber trabajado anteriormente mediante una ETT no significa por sí solo que en todos los casos deba reconocerse automáticamente aquella primera fecha. Habrá que estudiar si existe continuidad en la prestación de servicios y las circunstancias concretas de la relación laboral.

También puede haber dudas cuando se produce una subrogación. El artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores establece que el cambio de titularidad de una empresa, centro de trabajo o unidad productiva autónoma no extingue por sí mismo la relación laboral. El nuevo empresario queda subrogado en los derechos y obligaciones laborales y de Seguridad Social del anterior. Por eso, si después de una subrogación aparece en la nómina únicamente la fecha en la que entró la nueva empresa, conviene comprobar si la antigüedad anterior se está respetando.

La fecha de la nómina que conviene revisar

El consejo de @empleadoinformado es, en definitiva, fijarse en un dato al que muchas veces apenas prestamos atención. Basta con buscar la antigüedad que aparece en la nómina y comprobar si coincide con el momento desde el que realmente venimos prestando nuestros servicios. Una fecha diferente no significa automáticamente que la empresa esté actuando mal, ya que cada relación laboral puede tener circunstancias distintas. Pero tampoco debemos dar por hecho que nuestra antigüedad comienza cuando nos hicieron indefinidos, cuando dejamos una ETT para incorporarnos a la empresa o cuando se produjo una subrogación.

@empleado_informado Una fecha de antigüedad incorrecta puede hacer que cobres menos de lo que te corresponde. Te enseño dónde verla y qué debes comprobar. #IndemnizaciónLaboral #AntigüedadLaboral #Trabajo #Laboral ♬ sonido original – Empleado Informado