Un beso no consentido también es delito en Australia: Rubiales podrá ser juzgado en España
La ley australiana tipifica un beso no consentido como delito, requisito para que Rubiales pueda ser procesado en nuestro país, ya que se exige que el hecho sea penado también allí donde se produjo
Rubiales no podrá ser juzgado si el beso a Jenni Hermoso no es delito también en Australia
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La justicia australiana castigaría con hasta dos años de cárcel a Luis Rubiales. Todo ello suponiendo que quedase probado que no hubo consentimiento por parte de Jenni Hermoso al beso del presidente suspendido de la Real Federación Española de Fútbol. Así lo han podido confirmar dos fuentes de la justicia australiana en exclusiva a OKDIARIO. Ambas fuentes argumentan que, según la Ley de Delitos de 1900 de Nueva Gales del Sur, estado australiano donde se celebró la final del mundial de fútbol femenino, cualquier actividad sexual, incluido un beso sin consentimiento, está penado. Que el beso no consentido fuese delito en el sitio donde se produjo era una condición necesaria para que Rubiales pudiese ser juzgado en territorio español, donde el Código Penal castiga esa conducta con hasta cuatro años de cárcel en caso de considerarse agresión sexual, tipo penal por el que apuesta la Fiscalía.
«La Ley de Delitos de 1900 ha sido modificada en Nueva Gales del Sur para exigir que cualquier actividad sexual haya sido previamente consentida por ambas partes. La actividad sexual incluye cualquier contacto o beso inapropiados», afirma Jeffrey Choy, abogado de JCL Legal, un despacho situado en pleno centro de Sidney. Choy también aclara que el consentimiento «no se puede dar por sentado y debe obtenerse de forma positiva», así como que la mera sumisión no elimina el delito.
Vanya Hampel, directora de SCT Lawyers, despacho especializado en derecho penal de la capital de Nueva Gales del Sur, también pone el foco en el consentimiento. Suponiendo que la fiscalía española considere que este consentimiento no se hubiera producido, afirma, el acto se consideraría un «Incident Assault», con una pena máxima de dos años de prisión que, si el hecho fuera juzgado en Australia, se cumplirían tras celebrar el juicio en un tribunal local. Rubiales, por tanto, se expondría a cuatro años de cárcel en España tras el beso a Jenni Hermoso.
Delito cometido en el extranjero
En la tarde de ayer, la Fiscalía de la Audiencia Nacional anunció que en la querella contra el presidente suspendido de la RFEF, Luis Rubiales, se solicitará que el instructor de la causa se dirija a Australia, lugar donde se celebró la final y donde se produjo el hecho, para conocer si este hecho que se juzgará en España, tiene reproche penal en el país donde se celebró la final de la Copa del Mundo de fútbol femenino. Una cuestión no menor, ya que, según el abogado penalista José María de Pablo, al ser un delito cometido en el extranjero, hay una serie de requisitos que se tienen que cumplir para que el hecho pueda ser juzgado en España.
El primero de ellos, que se cumple, es que el autor no haya sido absuelto, indultado o condenado en el extranjero, y si lo hubiera sido, que no hubiera cumplido la condena. El segundo también se cumple: que la víctima o el fiscal interpongan una querella en España. Y el tercero, el clave, es el que faltaba, el requisito de doble incriminación: que el hecho también sea delito en el país en el que ocurrió, en este caso, en Australia. Según ha podido confirmar este periódico, este tercer requisito también se cumple.
Además, también según ha podido confirmar el abogado José María de Pablo a OKDIARIO, «si el hecho se juzga en España, en caso de ser condenado se aplicarían las penas que establece la justicia española, no la australiana». Es decir, Luis Rubiales se expondría a una pena de entre uno y cuatro años de prisión, una pena que podría ser sustituida por una multa.
Ahora, la Audiencia Nacional tiene dos meses de plazo para admitir o no la denuncia de la fiscalía a la que se ha sumado la futbolista Jenni Hermoso. Si esta fuese admitida a trámite, declararían, primero la futbolista en calidad de denunciante y más tarde el denunciado.
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