Comunidad Valenciana
TRIBUNALES

La Audiencia de Valencia absuelve a dos funcionarios por acceder a datos de Rocío Carrasco

Sostiene que los datos a que tuvieron acceso los funcionarios carecen de la condición de datos secretos

La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el TSJ valenciano

Rocío Carrasco, abatida pero dispuesta a llegar hasta el final

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia ha absuelto a dos funcionarios de la Generalitat Valenciana a los que se acusaba de los delitos de encubrimiento y revelación de secreto por acceder a los datos del sistema Viogen (fichero informático de tratamientos de los casos de violencia de género) de Rocío Carrasco y Antonio David Flores.

La sentencia no es firme y puede ser recurrida en apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) en el plazo de los 10 días siguientes a su notificación. El Tribunal, declara de oficio las costas causadas.

Los hechos que han dado lugar a esta causa tuvieron su origen el 22 de marzo de 2021 por acceder supuestamente ambos acusados al sistema Viogen y consultar los datos de Rocío Carrasco y de Antonio David Flores.

En la citada sentencia, a la que ha tenido acceso OKDIARIO, el Tribunal sostiene que los «supuestamente agraviados» son quienes «han hecho llegar a los medios de comunicación, con notable profusión, sus identidades, filiaciones, así como la condición de denunciante por malos tratos de ella y de autor de él». Y que pese a que esos datos son «eminentemente personales», «bajo el prisma del bien jurídico protegido, han quedado fuera de la tutela penal desde el momento en que sus titulares los han hecho público sin ningún recato, amen de haber renunciado a perseguir la conducta de los acusados tras el ofrecimiento judicial de acciones».

Además, considera que los datos que tuvieron acceso los dos acusados carecen de la condición de datos sensibles y señala también que la Fiscalía no ha citado precepto legal o reglamentario que les prohibiera expresamente acceder a los mismos en el citado sistema Viogen por el hecho de no figurar entre los casos abiertos o seguidos en la oficina en que esos 2 funcionarios trabajaban.