Baleares obligada a acoger a cuatro menas de Canarias, que ya están en las Islas
Los tribunales no aceptan la petición de la Abogacía de la Comunidad Autónoma para frenar el traslado
Tras el rechazo judicial se ha hecho efectiva la resolución y trasladado a las Islas a los cuatro menas
Baleares obligada a acoger a cuatro menas de Canarias tras rechazar el juez aplicar medidas cautelares solicitadas por la Abogacía de la Comunidad Autónoma para frenar su traslado.
El portavoz del Ejecutivo, Antoni Costa, ha subrayado en la rueda de prensa posterior al Consell de Govern que, tras este rechazo, se han hecho efectivas las resoluciones de traslado de estos cuatro menores que ya están en las Islas.
Actualmente, el sistema de protección y tutela del archipiélago atiende a en torno 688 menores extranjeros no acompañados (menas), una cifra «muy superior» a la capacidad ordinaria asignada.
De hecho, el Real Decreto 743/2025, de 26 de agosto, que fijaba la capacidad ordinaria del sistema de protección de cada comunidad autónoma, asignaba a Baleares una capacidad de acogida de 406 menores. No se ha tenido en cuenta que la sobreocupación del 1.000% de las plazas ordinarias previstas.
El Govern tiene recurridas, como parte de su estrategia judicial contra el reparto de menores, las resoluciones de traslado de estos cuatro menores aprobadas en los últimos meses por la Delegación del Gobierno de España en Canarias.
Además, había solicitado su suspensión cautelar ante los tribunales de instancia de Gran Canaria y de Santa Cruz de Tenerife con el fin de paralizar los traslados hasta que exista un pronunciamiento sobre los recursos.
No obstante, los tribunales han rechazado la aplicación de medidas cautelares al considerar que el traslado no tiene efectos irreversibles y, en consecuencia, las autoridades locales han reclamado hacer efectivas las resoluciones con la advertencia de activar a la Fiscalía si no se atendía el traslado.
En consecuencia, los cuatro menores han sido acogidos por los servicios de protección de menores en Baleares a la espera de que los tribunales se pronuncien sobre los distintos recursos del Ejecutivo autonómico.
La Abogacía de la CAIB interpuso también un recurso contra el real decreto-ley de modificación de la Ley de Extranjería ante el Tribunal Constitucional; contra el Real Decreto 658/2025, de 22 de julio, que fijaba las medidas en situación de contingencia, ante el Tribunal Supremo; contra el Real Decreto 743/2025, de 26 de agosto, sobre la capacidad ordinaria de las comunidades, también ante el Tribunal Supremo; así como contra el rechazo a la declaración de contingencia a efectos de paralizar el reparto.
Todos estos recursos han sido admitidos a trámite y se encuentran pendientes de pronunciamiento judicial.
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