La ley Montero rebaja 4 años la pena al violador de una joven con discapacidad en Zaragoza
El violador tenía 45 años cuando abusó de una joven de 22 años con 48% de discapacidad intelectual
El TS ha fijado la pena en 9 años de cárcel
El Tribunal Supremo (TS) ha rebajado la pena a un violador que fue condenado en Zaragoza a 13 años de cárcel por la violación a una joven de 22 años con una discapacidad del 48%, conocido como el caso Palomar, gracias a la Ley Montero. La chica sufrió un desgarro vaginal que casi acaba con su vida.
Se trata del ecuatoriano William Oswaldo Valverde López, el último beneficiado en Aragón de la Ley del solo sí es sí. A Valderde la Audiencia Provincial de Zaragoza lo condenó a 13 años de prisión por la violación de la joven socorrida en el parque Palomar.
La condena se falló cuando todavía la Ley del sólo sí es sí de la ex ministra Irene Montero no estaba vigente, y por la que un delito como el que cometió estaba penado entre doce o quince años. Ahora los delitos de esta naturaleza, tras la entrada en vigor de la ley Montero, están fijados entre siete y quince años de cárcel.
Con este último caso de violación del caso Palomar en Zaragoza, son ya treinta beneficiados por las revisiones en las tres provincias de la comunidad.
La violación se produjo el 3 de julio de 2020, y logró que decenas de ciudadanos salieran a la calle en solidaridad con la víctima hasta llegar a las puertas del Ayuntamiento de Zaragoza como repulsa.
La víctima aseguró que fue violada en la pensión Laborra de la calle Duquesa Villahermosa, mientras que el condenado aseguró que las relaciones sexuales fueron consentidas. Finalmente la Justicia lo condenó a 13 años, por un delito de agresión sexual con el subtipo agravado por discapacidad.
El violador tenía 45 cuando abusó de la joven de 22. Fue por la noche en una pensión. Ambos se conocía, y Valverde engañó a la joven para que quedara con él, tras haberla visto ese mismo día con una amiga de 12 años en el parque de las Delicias.
En la pensión, el agresor se desnudó y obligó a la muchacha a hacer lo mismo, pero al no querer la joven, la empujó y la violó con «virulencia e intensidad», hasta provocarle ocho lesiones distintas en zona genital y extragenital, por lo que necesitó tratamiento quirúrgico.
Después, el violador acompañó a la víctima para que cogiera el autobús. La joven sangraba hasta el punto de mancharse el pantalón. La joven se subió a la línea 22 en dirección a la Lombarda. La víctima bajó en la última parada. Fue ahí cuando una empleada de una terraza en el parque Palomar la socorrió (motivo por el cual el caso de la violación tomó nombre en Zaragoza). La camarera llamó a la Policía Nacional y a una ambulancia, para trasladarla al hospital y poderle intervenir de urgencia.
El fallo de la Audiencia Provincial de 13 años de cárcel fue refrendado por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA), cuando la defensa del acusado recurrió el fallo. Pero ahora la Sala de lo Penal del TS, en aplicación de la Ley del sólo sí es sí, en vigor desde octubre de 2022, ha tenido fijarla en nueve años, al imponerse «la aplicación retroactiva de la nueva legislación».
Zaragoza, la violación del caso Palomar y beneficiados
Recientemente conocíamos que finalmente el Tribunal Supremo también ha reducido en cuatro años la condena de prisión de un hombre marroquí que penetró a una joven por la fuerza en el bar donde trabajaba de camarero, en connivencia con un amigo, en Alcorcón (Madrid).
Desde la Ley Montero: 1233 reducciones de pena y 126 excarcelaciones
A falta de conocer los datos totales incluidos en este mes de diciembre, como los relatados en este artículo correspondiente al mes de diciembre, los datos obtenidos en el último recuento de noviembre son escalofriantes.
Las cifras proporcionadas por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) desde la entrada en vigor de la ley en octubre de 2022, sitúan en 1.233 las reducciones de pena y 126 las excarcelaciones, teniendo en cuenta las reducciones del Tribunal Supremo, La Audiencia Nacional, los Tribunales Superiores de Justicia (TSJ) y las Audiencias Provinciales.
El porcentaje de los casos que acaban siendo beneficiados en la revisión por la aplicación de la norma, se eleva a 31,4%.