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Revolución en la carretera: esto que has hecho siempre podría ser motivo de multa según la DGT

DGT coche
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Janire Manzanas
  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

Hay muchas infracciones que aparecen recogidas en el Reglamento General de Circulación que todos los conductores conocemos, por ejemplo el exceso de velocidad. Sin embargo, hay otras muchas que ignoramos y que pueden ser motivo de multa. Ahora, la DGT alerta de algo que la mayoría hemos hecho alguna vez y que está prohibido: guardar el hueco a un coche para que aparque.

¿Cuántas veces has buscado aparcamiento en la calle y te has encontrado con una persona sin vehículo situada en una plaza guardando el hueco a un coche? Se trata de una situación que suele generar conflicto y discusiones entre ambas partes.

La Ley de Tráfico y Seguridad Vial es muy clara al respecto: «Mientras exista refugio, una zona peatonal o algún otro espacio adecuado, los peatones no podrán permanecer detenidos en el arcén ni en la calzada, ni aunque sea a la espera de un vehículo, ya que para subirse tendrán que esperar guarecidos a que este se encuentre a su altura».

En base a esta norma, queda claro que esto es algo que no se puede hacer, a pesar de que es muy frecuente. Está prohibido guardar el hueco a un coche para que aparque, y si mientras tanto llega otro vehículo y quiere estacionar, puede hacerlo. Pero, ¿y si la persona que ocupa el aparcamiento no quiere apartarse?

La única solución es llamar a la policía ya que cruzar o invadir la calzado por un sitio que no es el adecuado supone una multa de 80 euros.

Y, ¿qué ocurre por sobrepasar la línea que delimita cada aparcamiento y estacionar ocupando dos plazas? Si una persona denuncia la situación, la grúa puede acudir a retirar el vehículo. Además, el propietario se enfrentará a una multa de entre 80 y 200 euros.

Multa por velocidad excesiva en una rotonda

La DGT,  en el último número (el nº 261) de su revista en formato digital Tráfico y Seguridad Vial, explica a los conductores cuál es la multa por circular a una velocidad excesiva en una rotonda: «El acceso a velocidad excesiva puede producir una colisión con otros vehículos que entran a velocidad reglamentaria. También puede ser un riesgo para los peatones que cruzan la calzada en la salida de la glorieta».

Los conductores que incurren en este tipo de infracción pueden hacer frente a una multa de hasta 500 euros y la pérdida de seis puntos en el carnet de conducir. Incluso pueden ser condenados a prisión.

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