La Audiencia Nacional tumbará la maniobra de Trapero para ser juzgado en Barcelona
La Fiscalía de la Audiencia Nacional tumbará la propuesta de Trapero para trasladar su causa a la Audiencia Provincial de Barcelonas porque "no es el momento procesal oportuno".
La Fiscalía de la Audiencia Nacional tumbará el escrito presentado por la abogada del ex mayor de los Mossos, Josep Lluís Trapero, donde solicitaba que la causa fuese trasladada a la Audiencia Provincial de Barcelona, porque no se ha entregado en el momento procesal oportuno.
Fuentes judiciales consultadas por OKDIARIO explican que la letrada tuvo la oportunidad de plantear esta cuestión en el escrito de defensa, donde la abogada Olga Tubau tuvo la posibilidad de formular las peticiones oportunas y calificaciones alternativas y, en cambio, no lo hizo. Concluyen que la actual propuesta está formulada «fuera de plazo» y, por tanto, el juicio donde se juzgará a Trapero y a la ex cúpula de Interior de la Generalitat será en la Audiencia Nacional a partir del próximo 20 de enero.
Sedición o rebelión
La letrada a solicitado al Ministerio Fiscal que se pronuncie sobre el delito por el que será juzgado el ex jefe de los Mossos d`Esquadra: sedición o rebelión. Sin embargo, los fiscales ya se han pronunciado al respecto en su escrito de conclusiones provisionales y no se volverán a pronunciar hasta «el día de las conclusiones definitivas que es el momento procesal oportuno», explican las mismas fuentes.
La Fiscalía en su escrito de conclusiones provisionales acusa a Trapero de un delito de rebelión por facilitar la celebración del 1-O y por no frenar «el asedio» a la Consellería de Economía para quien solicita 11 años de cárcel como «mando subalterno».
También atribuyen el delito de rebelión a los jefes políticos de la policía autonómica Pere Soler y César Puig, para quienes solicita penas de 4 años de prisión. Y, por último, a la intendente Teresa Laplana le acusa sólo de sedición por los incidentes en la Consellería y pide para ella 4 años de prisión.
Usa la sentencia del 1-O
En el escrito presentado por la defensa de Trapero se expone que en el caso de que el mayor de los Mossos sea juzgado por un delito de sedición, la Audiencia Nacional no es el tribunal competente para juzgar al ex jefe de la policía autonómica porque durante los sucesos del 20 y 21 de septiembre y del 1 de octubre de 2017 no perseguía «atentar contra la forma de Gobierno» y «subvertir el orden constitucional».
Para ello, utiliza la sentencia dictada por el Tribunal Supremo sobre el juicio del procés que condenó a los independentistas catalanes por un delito de sedición y donde el alto tribunal manifestó que los imputado –ya juzgados– «no perseguían proclamar la República y romper con la Constitución y el Estado, sino convencer al Gobierno de España para que negociara con el Govern la convocatoria pactada de un referéndum».
Fuentes judiciales consultadas por este periódico insisten en que, aunque durante la fase previa al inicio del juicio oral se haya dictado una sentencia por el Tribunal Supremo, «esto no afecta a la causa que se va a juzgar».