Subida de la pensión de viudedad en 2025: lo que vas a cobrar en enero
La pensión de viudedad subirá en 2025 un 2,8% con la nueva subida de las pensiones contributivas
Buenas noticias para los 9,3 millones de pensionistas que hay en España. A partir del próximo 1 de enero las pensiones contributivas subirán un 2,8 a falta de confirmación oficial por parte del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Esto también provocará un aumento en 2025 de la pensión de viudedad, que reciben las personas que han tenido vínculo matrimonial o de pareja de hecho con una persona fallecida.
Con los datos de la inflación relativos al mes de noviembre que se filtraron hace unos días ya está sobre la mesa la cifra de la subida de las pensiones programada para 2025. El próximo 13 de diciembre desde el Gobierno darán a conocer los datos oficiales en lo que respecta al aumento de las pensiones contributivas de jubilación, viudedad, orfandad, incapacidad permanente y en favor de familiares. Las 10,3 millones de pensionistas que se repartieron el último mes tendrán un aumento del 2,8% a partir del próximo 1 de enero.
Todo ello gracias a la variación del Índice de Precios de Consumo anual entre diciembre de 2023 y noviembre de 2024. Como dicta el artículo 58 de la Ley General de la Seguridad Social, este 2,8% es el cálculo que nace de la media de la inflación anual del último año. Así que a falta de confirmación oficial de los dato de noviembre (ya se ha filtrado que la inflación fue un 2,4%), las pensiones contributivas aumentan y esto beneficiará a 9,3 millones de personas, que lo conocerán en boca del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en la última semana de diciembre.
La pensión de viudedad en 2025
La pensión de viudedad será una de las pensiones contributivas que sufrirán un ligero aumento a partir del 1 de enero. Según los datos publicados por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, el pasado mes de noviembre se destinaron 2.114,9 millones a esta prestación que hace unos días han cobrado 2,4 millones de personas, siendo 1,5 (95,8% son mujeres) la que perciben como principal prestación.
De esta forma, a partir del 2025, la pensión de viudedad pasará de una media de 898 euros al mes, según los datos de noviembre, a los 923 euros que cobrarán de media los beneficiarios. Esto supone un aumento de 25 euros, que corresponde al aumento del 2,8% en lo que respecta a las pensiones contributivas.
La pensión de viudedad máxima y mínima
Además de la pensión media de viudedad, el próximo mes de enero llega con una subida en lo que respecta a las pensiones máximas, que subirán incluso por encima del Índice de Precios de Consumo. Así que además del 2,8%, habrá que añadir un aumento de 0,115 puntos porcentuales cada año que será así hasta el próximo año 2050. Esto supondrá un incremento del 3% por lo que la pensión máxima pasará de 3.175 euros mensuales a 3.264 euros, que supone una subida de 89 euros al mes.
Por lo que respecta a la pensión mínima, también subirá en 2025 de acuerdo al umbral mínimo de pobreza, que subirá un 4,26% hasta llegar a 11.944,88 euros. Esto beneficiará a alrededor de medio millón que reciben mensualmente una pensión de viudedad. Así que las pensiones mínimas quedarán establecidas en función de la condición familiar y edad de las personas que tengan acceso a esta prestación.
- Titular menor de 60 años sin cargas: 662,20 euros al mes.
- Titular entre 60 y 64 años: 817,70 euros al mes
- Titular de 65 años con una discapacidad superior al 65%: 874,10 euros al mes.
- Titular con cargas familiares: 1.127,20 euros al mes.
Así que esta será las pensiones mínimas en lo que se refiere a la prestación de viudedad a partir del próximo 1 de enero de 2025. Esto suponen buenas noticias para el medio millón de personas que, por los años de cotización del causante o beneficiario, no tiene la capacidad de disponer de una mayor cuantía en su pensión contributiva.
Una de las particularidades de la pensión de viudedad es que se puede compaginar con otro tipo de pensiones contributivas, como puede ser la de jubilación. Una ayuda que se destina a las personas que han mantenido una relación de matrimonio o pareja de hecho con la persona fallecida. Este derecho sólo se puede extinguir en determinados casos como puede ser por contraer un nuevo matrimonio o constituir una pareja de hecho (salvo las víctimas de violencia de genero, por la declaración en sentencia firme de culpabilidad en la muerte del causante, por el fallecimiento del pensionista o en el caso de comprobarse que no falleció la persona desaparecida.
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