Los pensionistas ya pueden reclamar a Hacienda hasta 4.000 € que les deben
Una sentencia del Tribunal ha llevado a que algunos pensionistas tengan derecho a reclamar a Hacienda 4.000 euros
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Una reciente sentencia del Tribunal Supremo ha abierto la puerta a que miles de pensionistas puedan solicitar a Hacienda la devolución de hasta 4.000 euros que pagaron de más en el IRPF por un error tributario cometido entre los años 1967 y 1978.
Los pensionistas ya pueden reclamar a Hacienda hasta 4.000 €
Se trata de los jubilados que cotizaron a las antiguas mutualidades laborales de sectores como el comercio, la construcción o la metalurgia, que tributaron al 100% por la parte de su pensión correspondiente a esas aportaciones cuando deberían haberse beneficiado de una deducción del 25%.
Según el fallo del Alto Tribunal, la Agencia Tributaria realizó cobros indebidos a estos pensionistas al no aplicarles la deducción prevista en el artículo 59 bis de la Ley del IRPF de 1978, que establecía que las prestaciones procedentes de las mutualidades laborales se reducirían en un 25% por las cotizaciones realizadas entre el 1 de enero de 1967 y el 31 de diciembre de 1978. Esta norma se mantuvo vigente hasta la reforma fiscal de 1988, pero Hacienda no la aplicó correctamente a estos colectivos.
La sentencia del Supremo se refiere específicamente al caso de un jubilado de la Mutualidad Laboral de Banca, pero ha sentado jurisprudencia para otros sectores que se encontraban en una situación similar. De hecho la Agencia Tributaria ya ha reconocido el derecho a la devolución a pensionistas del comercio, la construcción o la metalurgia, y está pendiente de resolver otros casos como el de la hostelería.
La cuantía de la devolución dependerá de cada caso individual, pero se estima que oscila entre los 3.000 y los 4.000 euros por contribuyente. Los afectados pueden reclamar el dinero correspondiente a los últimos cuatro años no prescritos, es decir, desde el año 2019 hasta el 2023.
Cómo solicitar la devolución a la Agencia Tributaria
Para para poder reclamar el dinero que se les debe, deben presentar una solicitud ante Hacienda adjuntando un certificado de la mutualidad donde consten las cotizaciones realizadas entre 1967 y 1978 y una copia de las declaraciones del IRPF de los años reclamados.
Si el pensionista ha fallecido, sus herederos también pueden solicitar la devolución siempre que no hayan transcurrido más de cuatro años desde su muerte. En ese caso, deben aportar además el certificado de defunción y el documento que acredite su condición de herederos.
Se trata de una oportunidad única para recuperar un dinero que les pertenece por derecho a estos jubilados, que cotizaron durante años a unas mutualidades que les ofrecían unas prestaciones inferiores a las del régimen general de la Seguridad Social.
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