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Nueva ayuda confirmada en España: la lista de requisitos para cobrar 570 euros más al mes

Toma nota de la nueva ayuda que ha publicado el SEPE

La Seguridad Social va a regalar 500 euros a todos los que cumplan este requisito

Nueva ayuda confirmada en España: la lista de requisitos para cobrar 570 euros más al mes
Ayudas.
Gemma Meca
  • Gemma Meca
  • Licenciada en Historia, máster en Periodismo y Comunicación Digital. Redactora en Ok Diario. Cuento historias, soy amante de los astros, sigo a la luna, los TT de Twitter y las tendencias en moda. Experta en noticias de consumo, lifestyle, recetas y Lotería de Navidad.

Hay una nueva ayuda que empieza a ponerse en marcha y supondrá que se pueda cobrar 570 euros al mes si se cumplen una serie de requisitos. Las ayudas se multiplican en nuestro país. España parece que va apostando claramente por una serie de elementos que son los que marcan las pautas de este gobierno, en concreto ha aumentado unas ayudas a una población que pasa por dificultades económicas y que puede acabar siendo lo que marque una diferencia importante. En determinados elementos que nos acompañarán.

Estos requisitos que acabarán siendo los que nos permitan cobrar 570 euros al mes, quizás nos interesen más de lo que nos imaginaríamos. Habrá llegado el momento de empezar a crear determinados cambios que serán los que marcarán un antes y un después. Son tiempos de ver llegar algunas situaciones del todo inestables que pueden afectarnos a todos. Un bache de salud, que hoy en día, no tiene edad o una serie de detalles que pueden ser fundamentales acabarán siendo los que marquen un antes y un después, de la mano de determinadas situaciones que debemos conocer.

Confirmada la nueva ayuda en España

España amplia su cobertura para los más vulnerables, siendo uno de los países que no duda en apostar claramente con una serie de elementos que serán fundamentales y que quizás hasta ahora no hubiéramos tenido en cuenta la importancia que sufren.

Esta nueva ayuda se da como respuesta a un colectivo que es cada vez más numeroso y que necesita disponer de este dinero a final de mes. Una mínima ayuda que debe permitir hacer realidad algunos cambios que hasta el momento quizás no habíamos tenido en cuenta.

Una situación cambiante que podría acabar siendo la que nos haga reaccionar de comino a una serie de elementos que deben ser los que nos acompañen en estos momentos de nuestro día a día. Los que tengan más de 45 años y se queden sin trabajo podrán cobrar una ayuda más allá del paro.

Es decir, los parados de larga duración que no tengan hijos a cargo, un colectivo que cada vez está más presente, dado el descenso de la natalidad al que toda España se enfrenta puede acabar siendo el que marque un antes y un después en este día a día que tenemos por delante.

Podrás cobrar este dinero si cumples estos requisitos

Hasta la fecha sólo podrían cobrar esta ayuda los mayores de 52 años o los mayores de 45 con hijos, pero ahora se ampliará a todos. Para cubrir una necesidad que va siendo cada vez mayor. No hay empresas para toda la vida, es imposible con la carga impositiva que deben pagar y con los cambios rápidos a los que nos enfrentamos.

En unos 10 años todo ha cambiado y lo ha hecho de tal forma que vemos llegar algunas novedades destacadas que debemos tener en cuenta y que quizás hasta ahora no hubiéramos tenido en cuenta. Este gobierno aumenta las ayudas con este tipo de requisitos que cumplen más personas.

El SEPE ha publicado una lista de las novedades que han entrado en vigor este 1 de noviembre y que todos debemos conocer.

  • Se suprime el mes de espera para la solicitud de los subsidios de desempleo.
  • Se elimina la parcialidad en los subsidios de cotización insuficiente y en los de agotamiento de prestación contributiva cuando nace de un contrato a tiempo parcial en los últimos 180 días.
  • Se amplía a 6 meses el plazo de solicitud de los subsidios de desempleo.
  • Desaparece el concepto de “días consumidos”. El nacimiento del derecho será el día de la solicitud, con carácter general.
  • Se suprime el doble requisito de carencia de rentas, propias y de la unidad familiar.
  • Se reduce a un trimestre el periodo de reconocimiento. Es decir, el subsidio se aprueba por un período trimestral tras el que hay que realizar una solicitud de prórroga del subsidio.
  • Se exigirá una declaración responsable de rentas e ingresos a la persona solicitante y la obligación de presentar anualmente la declaración del IRPF.
  • Complemento de apoyo al empleo: las personas que perciben el subsidio podrán compatibilizarlo temporalmente hasta un máximo de 180 días.
  • Se establece la compatibilidad de las prestaciones por desempleo con las becas y ayudas que se obtengan por asistencia a acciones de formación profesional o en el trabajo.
  • Se unifica la protección por desempleo de las personas trabajadoras eventuales agrarios con el resto de las personas trabajadoras y se simplifica el acceso y la gestión.
  • Se amplía la cobertura del subsidio de agotamiento para menores de 45 años sin el requisito de cargas familiares a aquellas personas que hayan agotado una prestación contributiva de al menos 360 días.

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