Es muy importante que sepas esto si cobras un subsidio del SEPE: va a cambiar todo
Información importante si estás cobrando el subsidio del SEPE
El escenario político respecto al subsidio de desempleo ha sido objeto de cambios significativos con la reciente aprobación de la reforma, que ha quedado plasmada en la publicación del BOE. Entre las principales modificaciones realizadas, destaca el incremento de la cuantía del subsidio a 570 euros mensuales, un aspecto clave resaltado por el Gobierno. Esta reforma, que regula minuciosamente el sistema asistencial de paro, será aplicada para los nuevos beneficiarios a partir del 1 de junio de este año 2024.
Cambios en el subsidio de desempleo
La estructura de las nuevas cuantías refleja una progresión decreciente a lo largo del tiempo: durante los primeros seis meses, se recibirá el 95% del IPREM, equivalente a 570 euros mensuales. A continuación se iniciará un nuevo período de seis meses con el 90% del IPREM , lo que equivale a 550 euros al mes, y posteriormente, el 80% del IPREM lo que equivale a 480 euros mensuales, hasta que se de por finalizado el subsidio. A pesar de estos cambios, el subsidio para las personas mayores de 52 años se va a mantener en 480 euros al mes, sustentado en la mayor duración del subsidio y las cotizaciones asociadas a la contingencia de jubilación.
La fecha de implementación de estas reformas está marcada para el próximo día 1 de junio de este año2024, a partir de la cual se aplicarán a los nuevos beneficiarios. Aquellos que ya perciban el subsidio van a seguir bajo las normativas anteriores hasta la extinción de sus prestaciones, aunque van a tener la posibilidad de compatibilizar el subsidio con prácticas o programas formativos desde el pasado 1 de enero de este año 2024. Además, a partir de junio de 2024, se van a aplicar los cambios en las sanciones según lo estipulado en el decreto.
La reforma también elimina el mes de espera para recibir el subsidio después de agotar la prestación por desempleo, así como incluye a colectivos previamente excluidos. Entre ellos se encuentran los menores de 45 años sin cargas familiares y aquellos que acrediten periodos cotizados de al menos tres meses, otorgándoles el derecho al subsidio por cotizaciones insuficientes. Asimismo, se otorga el subsidio por desempleo a trabajadores eventuales agrarios en todo el país, no solo en ciertas regiones como Andalucía y Extremadura.
Compatibilidad de subsidio y empleo
La reforma también va a permitir la compatibilidad del subsidio con un empleo, aunque el monto de la ayuda varía en función del trimestre en que se perciba y la jornada laboral. Este «complemento de apoyo al empleo» podrá percibirse durante un máximo de 180 días y se va a ajustar al periodo trimestral y a la jornada trabajada en cada momento.
Otra modificación importante es la reducción de la cotización para la jubilación del subsidio para mayores de 52 años. Esta reducción se va a ir aplicando progresivamente desde el 120% de la base mínima de cotización en el año 2024 hasta el 100% en el año 2028. Además, se modifica el cómputo de rentas familiares y se incorporan las parejas de hecho en este cálculo.
A pesar de las mejoras, la reforma implica la desaparición de diversos subsidios como la Renta Activa de Inserción, el subsidio extraordinario por desempleo, entre otros, que serán extinguidos para quienes estén vinculados a ellos a partir del 1 de junio de 2024. Sin embargo, se asegura que aquellos que tengan estos subsidios activos en esa fecha los podrán cobrar hasta su finalización, aplicando transiciones según lo establecido reglamentariamente.
Objetivos de la reforma
Este cambio en los subsidios de desempleo persigue varios objetivos para mejorar la situación de quienes se encuentran en esta condición. Uno de ellos es fortalecer la protección para quienes agoten su subsidio, ampliando el acceso al subsidio por agotamiento de la prestación por desempleo y permitiendo que menores de 45 años sin responsabilidades familiares puedan acceder a él. En caso de tener cargas familiares, se establece una duración unificada para este subsidio independientemente de la edad en que se agote la prestación.
Además, se busca mejorar la accesibilidad al sistema al eliminar el mes de espera después de agotar la prestación contributiva para solicitar el subsidio por agotamiento. Se extiende el plazo para solicitarlo hasta seis meses, evitando que la búsqueda de empleo entre en conflicto con los plazos estrictos para solicitar el subsidio.
La extensión del nivel asistencial de desempleo se prolongará hasta un máximo de 30 meses, dependiendo de la edad, las circunstancias familiares y la duración de la prestación agotada. La cuantía, asociada al IPREM, será del 95% (570 euros mensuales) durante los primeros seis meses; del 90% en los seis siguientes y del 80% durante el resto del período. Estas condiciones serán aplicables a los nuevos reconocimientos de este subsidio, no a los existentes. El subsidio para mayores de 52 años se mantiene en el 80% del IPREM.
Por último, la implementación de la reforma está programada para el 1 de junio de 2024. Los derechos reconocidos antes de esta fecha seguirán regidos por la normativa anterior hasta su extinción.
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