He sufrido varias lesiones en un accidente que yo no provoqué
El pasado mes de octubre me dieron un golpe cuando circulaba por el interior de una rotonda. El golpe fue fuerte y sufrí varias lesiones por las que tuve que estar 10 días de baja sin poder ir a trabajar. ¿Me corresponde indemnización? ¿Cómo reclamo? Fernando P.R. (Zaragoza)
Cuando se produce un accidente de tráfico, se podrá reclamar una indemnización tanto por daños personales sufridos, por ejemplo, secuelas del accidente, días de hospitalización o días impeditivos y no impeditivos, como por los gastos que se derivan del accidente de tráfico, es decir, daños del vehículo, medicación, rehabilitación privada, etcétera.
Mucha gente desconoce que, desde la entrada en vigor de la reforma del Código Penal (julio 2015) la vía para reclamar la indemnización por accidente de tráfico es la civil, pues se suprimieron los juicios de faltas. Además, debemos tener en cuenta que, desde enero del año 2016, con la entrada en vigor de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, se modificaron los pasos a dar para reclamar la correspondiente indemnización, siendo estos los siguientes:
- Reclamar a la asegurada del vehículo que hubiera causado el accidente de tráfico. En esta reclamación se incluirán los partes médicos que hubiera facilitado el centro de salud al que se acudió tras el siniestro.
- Los servicios médicos de la compañía aseguradora se pondrán en contacto con el lesionado para que acuda a una valoración por sus expertos de las lesiones sufridas. Es posible que el propio seguro envíe un médico a valorar las lesiones sufridas si fuera imposible acudir al centro de salud indicado. El lesionado está obligado a permitir ser valorado por los servicios médicos de la compañía asegurada a la que reclama la indemnización por las lesiones sufridas en un accidente de circulación.
- En un plazo máximo de tres meses, la aseguradora ofrecerá una oferta motivada de indemnización por las lesiones, además del informe médico emitido por los servicios a los que acudió el lesionado a petición de la compañía aseguradora.
En el caso de que esa oferta no se considere adecuada, el afectado tiene varias opciones para solicitar una mayor indemnización.
En caso de disconformidad con la oferta motivada, las partes podrán intentar llegar a un acuerdo mediante el procedimiento de mediación. Se trata, por tanto, de una alternativa a la vía judicial civil.
Si no se está de acuerdo con la indemnización ofrecida, es posible acudir a los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses y solicitar un informe de valoración de lesiones, que será abonado por la compañía aseguradora. Si este informe se considera más ventajoso que el anterior emitido por la aseguradora, el afectado tiene la opción de renegociar la indemnización o iniciar un procedimiento judicial en vía civil si esa negociación no diera el resultado esperado.
En caso de no estar conforme con el resultado del informe del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, se podrá acudir a un perito privado y solicitar un tercer informe, que pagará el afectado, y acudir con él a la vía judicial, si se considera favorable para los intereses del lesionado.
No obstante, si le ha quedado alguna duda, ahora por ser lector de OKDIARIO, desde Legálitas le ofrecemos la posibilidad de hacer una consulta gratuita a un abogado experto en accidentes de tráfico. Pulse en este enlace para realizar su consulta, dejándonos sus datos para que podamos llamarle, o contacte con nosotros en el teléfono 91 558 97 64
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