Economía
Crisis sanitaria

Fase 1 de la desescalada: así abrirán los comercios el 11 de mayo

El comercio minorista podrá retomar la actividad en todas las zonas que entren en la fase 1 de la desescalada el próximo lunes 11 de mayo. La medida, anunciada este sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) contempla una serie de requisitos y rigurosas normas de higiene y seguridad para empleados y clientes. En esta guía te explicamos qué locales y en qué condiciones podrán abrir.

¿Pueden abrir todos los locales?

No. Sólo podrán ofrecer servicios al público los establecimientos y locales comerciales minoristas y los de actividades de servicios profesionales
que tengan una superficie igual o inferior a 400 metros cuadrados. Los establecimientos que superen esa superficie o se encuentren dentro de los centros o parques comerciales tendrán que seguir cerrados.

¿Hay límite de aforo?

Sí. El aforo tendrá que reducirse al 30%. Además, los clientes deberán mantener una distancia de dos metros. Si no es posible, sólo podrá acceder una persona al interior del local. Además, los establecimientos deben establecer sistemas que permitan el recuento y control del aforo. Las personas mayores de 65 años tendrán atención preferente.

¿Cuáles son las medidas de higiene para el público?

El cliente estará sólo el tiempo estrictamente necesario en el local. Los establecimientos deberán poner a disposición de los usuarios geles hidroalcohólicos y marcar las distancias de seguridad si atienden a más de una persona a la vez.

Además, se prohíbe el uso de los aseos por parte de los clientes, salvo en caso de que fuera «estrictamente necesario».

Tampoco se podrán ofrecer productos de prueba como cosméticos o productos de perfumería, mientras que los probadores deberán utilizarse por una única persona y limpiarse y desinfectarse después de su uso.

En el caso de que un cliente se pruebe una prenda que posteriormente no adquiera, ésta se deberá higienizar, al igual que todas las prendas que se devuelvan.

Medias de higiene para los empleados 

El vendedor y el cliente mantendrán una distancia de seguridad de un metro siempre y cuando existan elementos de protección entre ambos. En el caso de que eso no ocurra, la distancia se ampliará a dos metros.

Todos los trabajadores tendrán a su disposición geles hidroalcohólicos, desinfectantes o agua y jabón para lavarse las manos, y dispondrán de equipos de seguridad si no pueden mantener la distancia de seguridad interpersonal entre ellos.

El fichaje con huella dactilar se sustituirá por cualquier otro sistema de control horario; si finalmente se mantiene, tendrá que desinfectarse antes y después de cada uso.

Los turnos, la disposición de los puestos de trabajo y el resto de condiciones laborales se cambiarán para garantizar la distancia de seguridad interpersonal entre empleados.

Los mercadillos podrán abrir

Los mercadillos podrán abrir previa autorización del ayuntamiento correspondiente. Tendrán preferencia los que vendan productos alimentarios y de primera necesidad, evitando en todo momento que los consumidores manipulen los productos.

Los puestos habituales se limitará al 25% con una afluencia inferior a un tercio del aforo. Sin embargo, los ayuntamientos podrán ampliar la superficie que habilita para ellos.