Hacienda

El BOE lo confirma. Este es el plazo de prescripción de tu deuda

El BOE confirma el plazo de prescripción de tu deuda, un dinero que se debe a la administración y afecta directamente a tu negocio en caso de ser autónomo

Hacienda: estos son los pasos que da la Agencia Tributaria para cobrarse una deuda

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Gemma Meca
  • Gemma Meca
  • Licenciada en Historia, máster en Periodismo y Comunicación Digital. Redactora en Ok Diario. Cuento historias, soy amante de los astros, sigo a la luna, los TT de Twitter y las tendencias en moda. Experta en noticias de consumo, lifestyle, recetas y Lotería de Navidad.

El BOE confirma el plazo de prescripción de tu deuda, un dinero que se debe a la administración y afecta directamente a tu negocio en caso de ser autónomo. Los empresarios y autónomos españoles son los que más pagan de toda Europa. El estado se queda con una parte de lo que se factura, además de pasar cuentas una vez al año con una declaración de la renta que puede acabar siendo la que sea el determinante después de pago tras pago para generar una deuda. Este es el plazo de prescripción según el BOE.

Hay un plazo de prescripción de tu deuda según el BOE

Los autónomos que tengan una deuda con Hacienda, así como cualquier persona física que no pague lo que le corresponde en impuestos puede enfrentarse a un problema mayor. A medida que pase el tiempo, la cantidad de dinero puede ir en aumento provocando una serie de inconvenientes que pueden perjudicar seriamente a la persona.

Pueden embargar los bienes y el dinero de la cuenta corriente, consiguiendo así un dinero que llegará a las arcas públicas de una forma o de otra, siempre y cuando que la deuda no llegue a un determinado periodo de tiempo sin que se hay hecho nada para subsanarla o cobrarla.

Ese periodo de tiempo es de un total de 4 años. Es decir, si la pasada renta nos salió a pagar y no lo hemos hecho. Esa deuda terminará en 2027, a partir de entonces ya no podrás ser reclamada. Pero cuidado, porque eso quiere decir que tendremos que guardar toda la documentación en caso de que nos la reclame la administración.

El BOE establece este periodo de tiempo para que la persona pueda pagar la deuda o la administración cobrarla. En caso de que no suceda las consecuencias son el final de esta deuda. Aunque eso sí, como autónomo, la deuda puede impedir que la persona siga con su trabajo o también como trabajador.

La administración puede ir embargando una cierta cantidad de dinero, poco a poco. Hasta llegar a la cifra que debe cobrar. Es una de las formas de la administración de hacerse con el dinero que se le debe. Hacienda siempre tiene la razón y rara vez deja por cobrar una deuda que le pertenece, así que será mejor que se pague la deuda lo más rápidamente posible, para evitar cualquier problema mayor.

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