Carnet de conducir DGT

La lista de medicamentos por los que te pueden quitar el carnet de conducir: la DGT lo confirma

Medicamentos y DGT

nLa Dirección General de Tráfico (DGT) ha implementado nuevas restricciones en el proceso de renovación del carnet de conducir para 2025, con el objetivo de mejorar la seguridad vial. Estas restricciones se centran en una serie de enfermedades y medicamentos que pueden afectar la capacidad de conducción, tal y como alerta la DGT. Las enfermedades se dividen en nueve categorías principales: respiratorias, digestivas, neurológicas, vasculares, oncológicas, psiquiátricas, endocrinas, cardíacas y degenerativas.

Además, el uso de ciertos medicamentos también podría impedir la renovación. Por ejemplo, medicamentos para la diabetes, tratamientos psiquiátricos y medicación para la apnea del sueño requieren un certificado médico que acredite la aptitud para conducir. La DGT justifica estas restricciones basándose en estudios que demuestran un mayor riesgo de accidentes asociados con estas condiciones y tratamientos.

La DGT no renueva el carnet de conducir si tomas estos medicamentos

La DGT ha endurecido recientemente los criterios médicos necesarios para renovar el carnet. Entre los factores que ahora se tienen en cuenta de forma más estricta, se encuentra el uso de ciertos medicamentos de consumo habitual que pueden comprometer la capacidad para conducir de forma segura. Esta decisión busca prevenir accidentes relacionados con estados alterados de alerta, reflejos y concentración provocados por fármacos.

Uno de los grupos más vigilados es el de los medicamentos utilizados en el tratamiento de la diabetes, especialmente aquellos que contienen insulina, ya que los riesgos asociados a los episodios de hipoglucemia representan un factor de preocupación. Una bajada brusca de glucosa en sangre puede provocar mareos, desorientación, visión borrosa e incluso desmayos, todos ellos altamente peligrosos al volante.

Los medicamentos relacionados con trastornos de salud mental también están bajo el radar de la DGT. Personas con diagnósticos como ansiedad, depresión, trastorno bipolar o esquizofrenia suelen recibir medicamentos como ansiolíticos, antidepresivos o antipsicóticos.

Estos medicamentos, aunque fundamentales para el bienestar del paciente, pueden reducir la capacidad de reacción, causar somnolencia o alterar la percepción, lo que eleva el riesgo de provocar accidentes, según la DGT. Para renovar el carnet, será imprescindible contar con la evaluación favorable de un especialista, que deberá certificar que el tratamiento no interfiere con la conducción segura.

Otro caso que requiere especial atención es el de quienes sufren apnea del sueño. Este trastorno, caracterizado por interrupciones repetidas de la respiración durante el descanso nocturno, conlleva una notable disminución de la calidad del sueño.

Como consecuencia, el el conductor puede sufrir fatiga, disminución del estado de alerta y somnolencia diurna, un cóctel peligroso al ponerse al volante. Aquellos en tratamiento con dispositivos como la CPAP (presión positiva continua) deberán demostrar, mediante informes médicos, que su capacidad para conducir no se ve comprometida.

Enfermedades que pueden afectar a la conducción

Las patologías que afectan al sistema nervioso pueden interferir significativamente con la coordinación motora, la percepción y los reflejos, factores esenciales para la conducción. Entre las enfermedades neurológicas que más preocupan a la DGT se encuentra la epilepsia.

Dependiendo de la frecuencia y tipo de crisis, la renovación del carnet se puede conceder por un periodo que oscile entre uno y diez años. Sin embargo, si el conductor ha sufrido una crisis reciente o pérdida de conciencia en el último año, la renovación será denegada. En el caso de un accidente isquémico transitorio, la DGT permite una ampliación de hasta un año, siempre que exista un informe médico favorable.

Los trastornos psiquiátricos, por su parte, también juegan un papel fundamental en la seguridad vial, ya que pueden afectar la capacidad de concentración, toma de decisiones y estabilidad emocional.

Trastornos como la demencia, la ansiedad, la depresión severa, el trastorno obsesivo-compulsivo (TOC), el TDAH, y la adicción al alcohol o sustancias pueden afectar gravemente la seguridad del conductor. En estos casos, la DGT exige un informe médico que certifique que el tratamiento no compromete la capacidad del conductor.

Las enfermedades cardiovasculares, como arritmias graves o infartos agudos de miocardio, también influyen en la renovación del carnet. Tras un infarto, por ejemplo, se debe esperar un mínimo de seis meses de recuperación antes de solicitar la renovación. Los conductores con marcapasos o desfibriladores automáticos también deben someterse a controles médicos periódicos.

Además, las patologías endocrinas, como el hipotiroidismo o la diabetes insulinodependiente, pueden afectar la estabilidad emocional y metabólica, lo que influye en la capacidad para conducir. En estos casos, la renovación dependerá del control de la enfermedad y se podrá realizar por un período de entre uno y cinco años, según el caso. Por otro lado, las enfermedades renales, como el trasplante renal o la nefropatía con diálisis, requieren un informe médico que certifique que la persona está apta para conducir.

Finalmente, las enfermedades degenerativas, como el Alzheimer, Parkinson o ELA, tienen un impacto profundo en la capacidad cognitiva y motora, lo que puede llevar a la DGT a denegar la renovación del carnet de manera definitiva.

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