Lastra dice que el Código Penal es de hace 200 años pero ¡se aprobó en 1995 con el PSOE!
Adriana Lastra, portavoz del PSOE en el Congreso, ha afirmado que nuestro Código Penal «tiene 200 años». La dirigente socialista ha hecho el ridículo ya que el Código Penal vigente se aprobó en 1995, con Felipe González como presidente del Gobierno y con Juan Alberto Belloch como ministro de Justicia. Lastra demuestra así el escaso conocimiento que tiene de su partido a pesar de que actualmente es la portavoz en la Cámara Baja.
«Pedro Sánchez durante el discurso de investidura afirmó que había que reformar el delito de sedición porque es verdad que tenemos un Código Penal que tiene 200 años y que, por lo tanto, hay que modernizar y renovar esos delitos y hacerlos acorde a la sociedad del Siglo XXI», ha asegurado la dirigente socialista este viernes durante una entrevista a Espejo Público de Antena 3.
El Código Penal fue aprobado en noviembre de 1995 en el Congreso de los Diputados con el voto de la mayoría de la Cámara Baja. Entró en vigor en mayo de 1996. Está regulado en la Ley Orgánica 10/1995 y sigue presente la firma de Felipe González, el ex presidente socialista, y la del Rey Emérito Juan Carlos I. Apenas un cuarto de siglo tiene esta normativa a la que Adriana Lastra le atribuye 200 años.
La formación académica y el nivel de estudios de la diputada del PSOE es toda una incógnita, tal y como consta su perfil publicado en la página web del Congreso. Tampoco se le conoce ningún trabajo más allá de la política aunque sí que ha ocupado varios cargos internos hasta llegar a la Portavocía en la Cámara Baja.
Reforma de la sedición
Lastra incurría en el disparate mientras hablaba de la intención del Gobierno de Pedro Sánchez de reformar el delito de sedición en el Código Penal para contentar a los partidos separatistas de cara a los próximos Presupuestos Generales del Estado. Oriol Junqueras, ex vicepresidente de la Generalitat, y el resto de dirigentes catalanes del 1-O fueron condenados por sedición y malversación en el Tribunal Supremo.
El delito de sedición está regulado en los artículos 544 y 545 del Código Penal. «Son reos de sedición los que, sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las Leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales», recoge esta normativa. Las penas alcanzan hasta los quince años de prisión e incluyen también la inhabilitación absoluta para las autoridades públicas.
Indultos a los golpistas
Además de esto, el Gobierno de Sánchez tramitará a partir de la semana que viene el indulto a los golpistas condenados por el 1-O. Así lo anunció el ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, en respuesta a una pregunta de la portavoz de JxCAT en el Congreso, Laura Borràs, durante última sesión de control al Gobierno. El titular de Justicia aseguró a la diputada separatista que su tramitación «es lo que toca».
Campo, por indicación del presidente Pedro Sánchez, trabaja contrarreloj para presentar en las próximas semanas, en el Consejo de Ministros, una propuesta de reforma de este delito que anularía parte de la sentencia de Oriol Junqueras y el resto de ex miembros del Govern sentenciados por el golpe del 1-O.